MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1777/2009

Registro Nº 1528/2009

Bs. As., 16/12/2009

VISTO el Expediente Nº 1.306.708/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 109/110 obra un Acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por la parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS, por la parte empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen: "Otorgar una suma fija no remunerativa por única vez de DOS MIL CUARENTA PESOS ($ 2040.-) para los conductores y un valor proporcional para el resto de las categorías de trabajadores de las empresas de transporte público de pasajeros por automotor beneficiarias del CCP conforme Decreto Nº 98/07, la que será abonada en la oportunidad que se dispongan los recursos económicos financieros de manera exclusiva provenientes del Poder Ejecutivo Nacional en concepto de subsidios".

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en esta Cartera de Estado.

Que el ámbito de aplicación de los presentes textos convencionales se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este

Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por la parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS, por la parte empresarial, obrantes a fojas 109/110 del Expediente Nº 1.306.708/08, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 109/110 del Expediente Nº 1.306.708/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.306.708/08

Buenos Aires, 23 de diciembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en las RESOLUCIONES ST Nº 1776/09 y 1777/09, se ha tomado razón de la aclaración dispuesta en el artículo 1º, quedando registrado con el número 1507/09, y del acuerdo obrante a fojas 109/110, el que se registra con el número 1528/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

Expediente Nº 1338859/09

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 10 hs. del día 20 de octubre del año 2009, comparecen ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección de Negociación colectiva, ante la presencia del licenciado ADRIAN CANETO, por una parte la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) RICARDO CHEIK ALI, JORGE KIENER, JUAN CARLOS DITLER Y DANIEL DOMÍNGUEZ; y por la representación de la FEDERACION ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS (FATAP), los Sres. Juan Carlos ROMERO, Marcelo LISCHET, con el patrocinio letrado del Dr. Gustavo LARREA.

Iniciada la audiencia, las partes manifiestan que vienen a solicitar la intervención de esta autoridad a los fines de homologar el Acta Acuerdo Complementaria a la realizada en fecha 23 de setiembre de los corrientes según expediente Nº 1338859/09, en lo que respecta al acápite 6 del mismo, por lo que acuerdan: "Otorgar una suma fija no remunerativa por única vez de PESOS DOS MIL CUARENTA ($ 2040) para los conductores y un valor proporcional para el resto de las categorías de trabajadores de las empresas de transporte público de pasajeros por automotor beneficiarias del CCP conforme decreto 98/07, la que será abonada en la oportunidad que se dispongan los recursos económicos financieros de manera exclusiva provenientes del Poder Ejecutivo Nacional en concepto de subsidios".

Finalmente, las partes ratifican el resto de las cláusulas del expediente de marras, manifestando en este acto que la presente deberá incorporarse formando parte de la totalidad de aquélla.

En este Acto el funcionario actuante y de acuerdo a lo solicitado, procede a dar por finalizado este acto, firmando las partes de plena conformidad y previa ratificación, tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.