COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución Nş 301/2010

Bs. As., 14/6/2010

VISTO el Expediente Nş S01:0134680/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 3 de abril de 2009 se suscribió el Convenio Marco de Asistencia Técnica con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES que fuera aprobado por Resolución Nş 212 de fecha 3 de abril de 2009 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.

Que el referido convenio tiene como objeto la prestación de cursos de capacitación, trabajos de investigación y asistencia técnica, a ser ejecutados por la Facultad.

Que en ese marco, ante la necesidad de actualizar los sistemas de información existentes en la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y con la finalidad de procurar un tratamiento informático integral que contribuya a una gestión eficaz y eficiente de esta Entidad, se requirió a la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES la elaboración de una propuesta técnica y económica para la implementación y puesta en funcionamiento de un sistema informático modulado e integral para la gestión de control, fiscalización, atención a los usuarios, gestión administrativa y jurídica.

Que a resultas de ello, el día 7 de agosto de 2009 se firmó el Convenio denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, que fuera aprobado mediante Resolución Nş 346 de fecha 23 de junio de 2009 de esta Entidad, publicada en el Boletín Oficial del día 26 de agosto de 2009.

Que posteriormente la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS se expidió en los términos que da cuenta su nota N.I.G.ADM. Nş 3665 de fecha 7 de septiembre de 2009, a través de la cual informó la existencia de restricciones presupuestarias para comprometer la ejecución integral del "PROGRAMA DE TRABAJO".

Que en razón a lo expuesto se arbitraron las medidas tendientes a adecuar los compromisos originarios en cuanto a la cantidad de etapas necesarias para la ejecución del aludido Programa, reestableciendo los montos correspondientes a cada una de ellas.

Que en el marco de la metodología informática adoptada y en función a que cada una de las etapas constituye una totalidad consistente en sí misma, el día 5 de octubre de 2009 se aprobó mediante Resolución Nş 532 de esta Comisión la ADDENDA del Convenio denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" con las readecuaciones antes señaladas de los compromisos asumidos originariamente y que fuera suscripto por la Facultad el día 6 de octubre de 2009.

Que la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, por Nota I.G.ADM. Nş 4608 del día 22 de octubre de 2009, procedió a informar que mediante Decisión Administrativa Nş 350 del día 7 de octubre del 2009 se aprobó un adicional de crédito presupuestario para ser aplicado al "PROGRAMA DE TRABAJO".

Que como consecuencia de haberse superado en parte las restricciones presupuestarias, el Area Sistemas solicitó redimensionar los trabajos acordados para el año 2009, de acuerdo a su planificación originaria en concordancia con las etapas previstas inicialmente para dicho ejercicio y su correspondiente cronograma de pagos.

Que en razón a ello mediante Resolución Nş 590 de fecha 12 de noviembre de 2009 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se aprobó la SEGUNDA ADDENDA, que fuera signada con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES el día 19 de noviembre de 2009.

Que a través de la misma se volvió a la ejecución de las tareas conforme a la planificación de las etapas previstas para el Ejercicio 2009 antes de celebrarse la primer addenda, ratificándose la intención de culminar el desarrollo integral del Programa, ejecutando las Etapas 5 y 6 descriptas en el Anexo 2 una vez superadas todas las restricciones presupuestarias existentes.

Que la Subgerencia de Contabilidad Presupuesto y Recaudaciones de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, mediante Nota de fecha 18 de mayo de 2010 informó que mediante Decisión Administrativa Nş 285 del día 12 de mayo de 2010 se aprobó la modificación presupuestaria mediante la que se incrementó la partida 3.4.6, del presente Ejercicio Financiero, existiendo disponibilidad presupuestaria para afrontar el gasto que demande la implementación de la Etapa Nş 5 del "Programa de Trabajo".

Que el Area Sistemas ha tomado intervención en el sentido de entender conveniente adoptar los procedimientos tendientes a redimensionar los trabajos previstos de acuerdo a la planificación establecida, considerando que ante la existencia de crédito presupuestario corresponde tramitar el inicio de la Etapa Nş 5 conforme se estableció en el Convenio de fecha 7 de agosto de 2009, antes de suscribirse sus respectivas addendas.

Que en ese sentido se procedió a confeccionar un proyecto de TERCER ADDENDA del convenio del "Programa de Trabajo" a través del cual se acuerda la ejecución de la Etapa Nş 5, previéndose asimismo la adecuación de la enumeración de las Etapas referenciadas en el Punto "Composición de las Etapas" del Anexo 2 de el "Programa de Trabajo" con la numeración dada en el "Cronograma de Desembolsos de Pagos" del Anexo 3 de dicho Programa.

Que la aludida Facultad, con fecha 4 de junio de 2010, procedió a informar que no existían reparos que oponer a la ADDENDA proyectada.

Que en consecuencia, corresponde aprobar la TERCER ADDENDA, del convenio suscripto entre esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES el día 7 de agosto de 2009.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta Comisión ha tomado la intervención que le compete.

Que el Interventor de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE es competente para entender en la presente cuestión en orden a las facultades acordadas por el Decreto Nş 1388 del 29 de noviembre de 1996 y el Decreto Nş 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1ş — Apruébase la TERCER ADDENDA del Convenio denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" suscripto entre esta Comisión y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES con fecha 7 de agosto de 2009, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2ş — Notifíquese a la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, al AREA INFORMATICA y a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.

ARTICULO 3ş — Comuníquese, Publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ANTONIO EDUARDO SICARO, Interventor, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

ANEXO I

TERCER ADDENDA DEL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES Y LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE DE FECHA 7 DE AGOSTO DE 2009 DENOMINADO "PROGRAMA DE TRABAJO"

En Buenos Aires, a los días del mes de junio del año 2010, se reúnen la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, en adelante "LA FACULTAD", representada en este acto por el señor Secretario de Extensión Universitaria Dr. Emiliano B YACOBITTI, D.N.I. 24.935.785 (conforme la Resolución del Consejo Directivo Nş 2947 de fecha 26 de agosto de 2008), por una parte, y por la otra, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, en adelante "LA CNRT", representada en este acto por el señor Interventor Dr. Antonio Eduardo SICARO D.N.I. Nş 10.255.460 (conforme ‘Decreto PEN Nş 65/2008), acuerdan celebrar la presente ADDENDA, al convenio suscripto por las partes, el día siete de agosto de 2009, denominado "Programa de Trabajo", que tiene como objeto desarrollar e implementar un sistema de gestión integral, conforme la propuesta de diagnóstico y factibilidad nominada como "Modernización y Migración de los sistemas de Información, en adelante "EL PROGRAMA" que fuera modificado por las Addendas de fecha 6 de octubre de 2009 en adelante "PRIMER ADDENDA" y del 19 de noviembre del año 2009, de ahora en más "SEGUNDA ADDENDA".

I - MANIFIESTO:

"LA CNRT" señala por la presente, que mediante el informe de la Subgerencia de Contabilidad Presupuesto y Recaudaciones de fecha 18 de mayo de 2010 recaído en el expediente EXPS01: 0134680/2008, se ha comunicado que se publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa Nş 285 de fecha 12 de mayo de 2010, a través de la cual se aprobó un adicional del crédito presupuestario para afrontar la Etapa 5 de "EL PROGRAMA". Como consecuencia de ello y teniendo en cuenta que las partes sobre la base de la Nota del Area Sistemas de "LA CNRT", de fecha 28 de octubre de 2009, concordaron mediante la SEGUNDA ADDENDA" en volver a la ejecución originaria de las etapas previstas, es que se decide en esta ocasión ejecutar durante el ejercicio 2010 la Etapa Nş 5 prevista en el "EL PROGRAMA" originario.

En otro orden y tal como se ha venido sosteniendo en las anteriores ADDENDAS, las partes ratifican que el valor total de "EL PROGRAMA" asciende a pesos dos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos ochenta y seis ($ 2.781.886) el que se mantendrá hasta tanto exista la disponibilidad presupuestaria para su compromiso. En otro orden, se reitera en el marco de la metodología informática adoptada, que cada una de las etapas constituyen una totalidad consistente en sí misma (Programación tipo RAD). Finalmente se procede a señalar que resulta necesario adecuar la numeración de las Etapas referenciadas en el punto "Composición de las Etapas" del ANEXO 2 de "EL PROGRAMA" a los fines que concuerde con la numeración de las Etapas aludidas en el —CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGO— del ANEXO 3 del referido Programa.

II ALCANCE:

Conforme a la declaración precedentemente efectuada, las partes concuerdan en adecuar la numeración de las Etapas referenciadas en el punto "Composición de las Etapas" del ANEXO 2 de "EL PROGRAMA" de manera que la Etapa 0, la Etapa 1, la Etapa 2, la Etapa 3, la Etapa 4 y la Etapa 5, se denominen retroactivamente a la fecha de "EL PROGRAMA" Etapa 1, Etapa 2, Etapa 3, Etapa 4, Etapa 5 y Etapa 6, respectivamente, concordando con la numeración dada a las Etapas en el Cronograma de Desembolsos de Pagos del Anexo 3.

Asimismo se conviene en modificar el ANEXO 3 —CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGOS— de "EL PROGRAMA", que fuera modificado por "LA PRIMER ADDENDA" y "LA SEGUNDA ADDENDA", el que quedará redactado de la siguiente forma:

ANEXO 3 - CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGOS

Las tareas correspondientes al Inicio y las Etapas 1 a 5 serán ejecutadas durante los años 2009 y 2010, por un monto total de pesos dos millones quinientos tres mil seiscientos noventa y siete ($ 2.503.697).

AÑO 2009

Durante este ejercicio fiscal se ejecutarán trabajos equivalentes a un importe de pesos un millón ciento setenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho ($ 1.174.848) los que serán abonados por "LA CNRT" mediante tres desembolsos: el primero de ellos, al inicio de las tareas y en concepto de anticipo por un importe de pesos quinientos cincuenta y seis mil trescientos setenta y seis ($ 556.376) y el segundo y tercer desembolso a través de dos cuotas iguales de pesos trescientos nueve mil doscientos treinta y seis (309.236), abonados en forma sucesiva con la recepción y conformación de los "Entregables" correspondientes a las Etapas 1 y 2 descriptas en el Anexo 2 del presente Convenio bajo el título "composición de las Etapas".

AÑO 2010

En este período fiscal se realizarán los trabajos equivalentes a la suma de pesos un millón trescientos veintiocho mil ochocientos cuarenta y nueve ($ 1.328.849), los que serán pagados a través de tres desembolsos. El primero de ellos por un importe de pesos cuatrocientos sesenta y nueve mil ciento treinta y uno ($ 469.131) abonados por "LA CNRT" previa recepción y conformación de la Etapa 3, el segundo desembolso por la suma de pesos cuatrocientos veinte mil novecientos veintiuno ($ 420.921) abonados por "LA CNRT" con la recepción y conformación de la Etapa 4 y el tercer desembolso, también previa recepción y conformación de la Etapa 5, por un importe de pesos cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos noventa y siete ($ 438.797)

Todo lo señalado según el siguiente detalle:

ANEXO 3

CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGO

MES

MONTO

   

ANTICIPO INICIO DE TAREAS

FIN ETAPA 1

FIN ETAPA 2

556.376

309.236

309.236

TOTAL 2009

1.174.848

MES

MONTO

FIN ETAPA 3

FIN ETAPA 4

FIN ETAPA 5

469.131

420.921

438.797

TOTAL 2010

1.328.849

TOTAL 2009 /2010

2.503.697

III - INTENCION:

Las Partes ratifican la voluntad de culminar el desarrollo integral de "EL PROGRAMA" ejecutando la Etapas Nş 6, descripta en su Anexo 2 y por un valor de pesos doscientos treinta mil ciento cincuenta y cinco, una vez superadas las restricciones presupuestarias existentes.

IV - DOMICILOS

Las partes reiteran los domicilios denunciados en la Cláusula DECIMA de "EL PROGRAMA", así "LA CNRT" constituye domicilio a todos los efectos legales en Maipú 88 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y "LA FACULTAD" constituye domicilio legal en la calle Viamonte 430 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde serán válidas las notificaciones judiciales y en la Av. Córdoba 2122 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en donde serán válidas las comunicaciones extrajudiciales vinculadas con el desarrollo y aplicación de la presente addenda.

En prueba de conformidad y aceptación de la presente addenda, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

e. 30/06/2010 Nş 71510/10 v. 30/06/2010