MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución N° 324/2010

Bs. As., 10/9/2010

VISTO el Expediente N° S01:0248913/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 73 de fecha 22 de enero de 2003 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y 462 de fecha 5 de noviembre de 2003 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 73 de fecha 22 de enero de 2003 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION se creó la COMISION NACIONAL ASESORA DE TRAZABILIDAD DE ANIMALES EN PIE Y CADENA AGROALIMENTARIA con la misión de proponer el "Sistema de Trazabilidad de Animales en Pie y las Cadenas Agroalimentarias" que, a su consideración, resulte más apto para ser adoptado en todo el territorio de nuestro país.

Que, asimismo, la citada Comisión tiene como misiones y funciones colaborar en la elaboración de propuestas estratégicas y la anticipación de nuevos requisitos de trazabilidad y rastreo de productos y el seguimiento de la implementación de sistemas de trazabilidad, armonizar el trabajo de las distintas Subcomisiones de acuerdo a la línea de trabajo propuesta por la Comisión, proponer las necesidades de recursos y proponer auditorías a los sistemas de trazabilidad / rastreo de productos que se encuentren implementados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Nº 462 de fecha 5 de noviembre de 2003 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 2º de la Resolución Nº 73/03, sustituido por el Artículo 3º de la Resolución Nº 462 de fecha 5 de noviembre de 2003 establece que la mencionada Comisión se integra con UN (1) representante de la COORDINADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, UN (1) representante del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, UN (1) representante del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, UN (1) representante de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, UN (1) representante de la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, UN (1) representante de CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS, UN (1) representante de la FEDERACION AGRARIA ARGENTINA, UN (1) representante de la CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA y UN (1) representante de la INDUSTRIA FRIGORIFICA, electo por consenso entre las Cámaras que nuclean al Sector y DOS (2) representantes, respectivamente, por las Regiones Central, de Nuevo Cuyo, del Noroeste Argentino, del Noreste Argentino y de la Patagonia designados por los Gobiernos Provinciales y se encuentra presidida por el ahora Señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca atento lo previsto en el Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y sus modificatorios y complementarios.

Que por la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010 se crean la Dirección Nacional de Producción Ganadera y la Dirección Nacional de Transformación y Comercialización de Productos Pecuarios, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE GANADERIA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que atento las funciones atribuidas a las citadas direcciones nacionales, corresponde incluir UN (1) representante de cada una de las mismas como integrantes de la COMISION NACIONAL ASESORA DE TRAZABILIDAD DE ANIMALES EN PIE Y CADENA AGROALIMENTARIA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente medida en el marco de las funciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Sustitúyese el Artículo 2º de la Resolución Nº 73 de fecha 22 de enero de 2003 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, el que quedará redactado de la siguiente forma: "ARTICULO 2º.- Dicha comisión estará presidida por el Señor Secretario de Agricultura, GanaderIA y Pesca o el funcionario que éste designe; e integrada por UN (1) representante de la Dirección Nacional de Producción Ganadera, UN (1) representante de la Dirección Nacional de Transformación y Comercialización de Productos Pecuarios, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE GANADERIA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, UN (1) representante de la COORDINADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, UN (1) representante del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, UN (1) representante del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, UN (1) representante de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, UN (1) representante de la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, UN (1) representante de CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS, UN (1) representante de la FEDERACION AGRARIA ARGENTINA, UN (1) representante de la CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA y UN (1) representante de la INDUSTRIA FRIGORIFICA, electo por consenso entre las Cámaras que nuclean al Sector. Los Gobiernos Provinciales designarán DOS (2) representantes, respectivamente, por las Regiones Central, de Nuevo Cuyo, del Noroeste Argentino, del Noreste Argentino y de la Patagonia".

ARTICULO 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sr. JULIAN ANDRES DOMINGUEZ, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

e. 17/09/2010 Nº 108795/10 v. 17/09/2010