CONVENIOS

Decreto 1410/2010

Apruébase el Modelo de Convenio de Donación del Fondo de Desarrollo Institucional para la ejecución del "Proyecto de Mejora de las Comunicaciones a los Interesados. Transparencia y Responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas".

Bs. As., 30/9/2010

VISTO el Expediente Nş S01:0164823/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Convenio de Donación del Fondo de Desarrollo Institucional propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Convenio de Donación del Fondo de Desarrollo Institucional, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) se compromete a otorgar a la REPUBLICA ARGENTINA, una donación por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MIL (U$S 300.000) destinado al financiamiento del "Proyecto de Mejora de las Comunicaciones a los Interesados. Transparencia y Responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas".

Que el referido proyecto tiene por objetivo mejorar la capacidad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para brindar servicios oportunos y de mejor calidad al público y a los medios, a través del aumento de la transparencia y responsabilidad.

Que resulta necesario establecer que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS tiene a su cargo la ejecución del financiamiento otorgado mediante el presente Modelo de Convenio de Donación del Fondo de Desarrollo Institucional, como la Unidad Ejecutora del "Proyecto de Mejora de las Comunicaciones a los Interesados. Transparencia y Responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas".

Que las condiciones generales y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Convenio de Donación propuesto para ser suscripto, son las usuales que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los propósitos y objetivos a los que están destinadas las mismas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 40 de la Ley Nş 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1ş — Apruébase el Modelo de Convenio de Donación del Fondo de Desarrollo Institucional para la ejecución del "Proyecto de Mejora de las Comunicaciones a los Interesados. Transparencia y Responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas" a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MIL (U$S 300.000), que consta de UN (1) Anexo, cuya copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma español forman parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Asimismo, se adjunta como Anexo II una copia autenticada en idioma español de las "Condiciones Estándar para las donaciones que concede el Banco Mundial con cargo a diversos Fondos" de fecha 1 de julio de 2008, integradas por SIETE (7) Artículos y UN (1) Apéndice y como Anexo III la versión en idioma español de las "Normas: Contrataciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF" y de las "Normas: Selección y Contratación de Consultores por Prestatarios del Banco Mundial", ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2004, versiones revisadas en octubre de 2006.

Art. 2ş — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Convenio correspondiente a la donación conforme al modelo aprobado por el Artículo 1ş del presente decreto; y a convenir y suscribir modificaciones al mismo, siempre que no constituyan cambios sustanciales al destino y objeto de los fondos de la donación, ni modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 3ş — Desígnase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como Organismo Ejecutor del "Proyecto de Mejora de las Comunicaciones a los Interesados. Transparencia y Responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas", quedando facultado el señor Ministro de esa cartera para celebrar los actos y contratos necesarios para la correcta implementación del citado proyecto.

Art. 4ş — Comuníquese a la COMISION BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 5ş — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

———

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar