Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Pesca
ARANCELES
Resolución 410/2010
Apruébanse los montos, en concepto de
aranceles por retribución, que percibe el Servicio Nacional de Sanidad
y Calidad Agroalimentaria.
Bs. As., 18/10/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0267205/2010 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 16 del 2 de
febrero de 2010 del citado Ministerio, 623 del 25 de octubre de 1999 de
la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 91 del 19
de septiembre de 2002 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, 135 del 20
de febrero de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, 3 del 7 de mayo de
1992, 13 del 20 de septiembre de 1993 y 20 del 21 de diciembre de 1993
todas del entonces Consejo de Administración del ex SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 84 del 26 de marzo de 2003 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado en el Visto, el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, da cuenta de
la necesidad de ordenar, agrupar por rubros y corregir valores vigentes
de los aranceles que el citado Organismo percibe como contraprestación
de los servicios realizados a terceros.
Que las adecuaciones parciales a los valores arancelarios establecidos
en la Resolución Nº 135 del 20 de febrero de 2009 de la ex SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCION, no permite compensar los actuales costos de los servicios
previstos por la posterior Resolución Nº 16 del 2 de febrero de 2010
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que en este sentido, se hace necesario actualizar los aranceles
correspondientes a los registros y actividades que la Dirección
Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA tiene a su cargo.
Que las mayores exigencias del mercado nacional e internacional
conducen a incrementar los controles de los productos, implementando
acciones y estudios más exhaustivos y costosos para el mencionado
Servicio Nacional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente establecer los nuevos
aranceles de los servicios prestados por la Dirección Nacional de
Sanidad Animal del citado Servicio Nacional, en función del
significativo incremento del costo de los insumos y demás recursos
afectados para el suministro de los servicios pertinentes.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de
conformidad con las facultades conferidas por la Ley de Ministerios
(texto ordenado por Decreto Nº 438/92), y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébanse los
montos arancelarios que por retribución percibe el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
correspondientes a los servicios prestados a terceros por la Dirección
Nacional de Sanidad Animal del citado Servicio Nacional que se
consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 2º — Abróganse las
Resoluciones Nros. 16 del 2 de febrero de 2010 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, 623 del 25 de octubre de 1999 de la ex
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 91 del 19 de
septiembre de 2002 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION y 135 del 20 de
febrero de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, 3 del 7 de mayo de
1992, 13 del 20 de septiembre de 1993 y 20 del 21 de diciembre de 1993
todas del entonces Consejo de Administración del ex SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 84 el 26 de marzo de 2003 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Art. 3º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Julián A. Domínguez.
ANEXO
(1) El plazo de ingreso al mismo será
de CINCO (5) días después de iniciada la muestra. Los gastos de
movilidad y viáticos que demande el cumplimiento del servicio por parte
del funcionario actuante, estarán a cargo del organizador del evento
teniendo en cuenta los valores fijados a tal efecto por las normas
vigentes.
(2) Se exceptúan aquellos movimientos entre establecimientos pecuarios
sin cambio de titularidad y aquellos movimientos de exportación de
animales en pie.
(3) Incluye los movimientos de pelos, lanas, cerdas, fardos, heno,
rollos, guano, cueros, cama de pollo y otros determinados por el SENASA
- Certificado General Sanitario.
(Por art. 1° de la Resolución
N° 277/2010 se sustituye el
Código 02225. Vigencia: el
día de su publicación en el Boletín Oficial)