MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1674/2010

Registro Nº 1650/2010

Bs. As., 4/11/2010

VISTO el Expediente N° 84.528/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 84.528/10 obra agregado el Acuerdo, celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA), la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL SAN LUIS por el sector gremial y la empresa PROCTER & GAMBLE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo las partes convienen condiciones salariales para los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 804/06 "E", del cual resultan ser signatarias.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que a fojas 3 y a fojas 45 de autos las partes ratifican en todos sus términos el acuerdo en análisis.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo, se remitirán los obrados a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA), la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL SAN LUIS y la empresa PROCTER & GAMBLE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, obrante a fojas 1/2 del Expediente Nº 84.528/10, conforme lo establecido en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 1/2 del Expediente Nº 84.528/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Empresa Nº 804/06 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 84.528/10

Buenos Aires, 8 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1674/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1650/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACUERDO SALARIAL EN EL CONVENIO COLECTIVO 804/06 "E"

En la ciudad de Villa Mercedes, a los 1 días del mes de setiembre de 2010, entre la FEDERACION ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA) Personería Gremial 156 representada por Carlos West Ocampo LE 4.635.778, por Aníbal Héctor Gómez DNI 11.731.770, Secretario General ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, ATSA Filial San Luis, Personería Gremial 863, Gabriel lbar Toro DNI 16.778.536, Miguel Gastón Moreno Taylor DNI 25.870.386 Delegados del Personal y en calidad de apoderados y miembros paritarios designados a tal efecto, fijando domicilio en calle Pringles 84 Villa Mercedes, provincia de San Luis, por una parte y por la otra PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L., representada por Abigail Naomi Bittar DNI. 26.598.264, Gerente de Recursos Humanos, Andrés Miranda Borja DNI 94.327.900, Gerente de Operaciones y Luis Enrique Gamalerio DNI 17.698.692 Apoderados y Paritarios de Procter & Gamble Argentina SRL., todos ellos con domicilio en Ex Ruta 7 Km. 0,700 Villa Mercedes, provincia de San Luis, cuyas representaciones responden a las facultades del poder que con carácter de copia se acompañan, se presentan ante esta Autoridad administrativa, expresan:

Consideraciones Preliminares.

• Las partes oportunamente han celebrado el Convenio Colectivo de Trabajo el que se encuentra homologado bajo el Número de registro 804/06 "E".

Acuerdan:

PRIMERA: Las partes ratifican la plena vigencia de todas las cláusulas del Convenio Colectivo de Trabajo 804/06 "E", con excepción de las que se modifican en el presente acuerdo, Art. 11.5 (Anexo I)

SEGUNDA: Asignación No Remunerativa: Se acuerda que la empresa abonará a todos los beneficiarios del Convenio Colectivo, el pago de una "Asignación No Remunerativa" de pesos novecientos ($ 900.-), que tendrá vigencia únicamente por los meses de septiembre, octubre, noviembre 2010, y de pesos novecientos cincuenta ($ 950.-), que tendrá vigencia únicamente por el mes de febrero 2011. Las asignaciones no remunerativas acordadas no forman parte de los salarios básicos, y tampoco serán consideradas para el cálculo de aportes y contribuciones al régimen de la Seguridad Social.

TERCERA: Nueva Escala Salarial Convencional: Las partes acuerdan un incremento de los salarios básicos de todos los trabajadores encuadrados en el presente Convenio Colectivo de Trabajo 804/06 "E", que se establecen en el Anexo I del presente acuerdo, quedando así compuesta la Nueva Escala Salarial Convencional, y que tendrá vigencia a partir del mes de diciembre de 2010

CUARTA:, Las partes manifiestan que han participado en el presente acuerdo, los delegados del personal en los términos establecidos en la legislación vigente y se comprometen a presentar este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación e incorporación al Convenio de Trabajo 804/06 "E".

A tal efecto, se obligan a comparecer a la audiencia de ratificación que designe el Ministerio de Trabajo como paso previo a dicha homologación, conjuntamente con los delegados del personal.

ACUERDO SALARIAL 2010 EN EL CONVENIO COLECTIVO 804/06 "E"

"ANEXO I"

Nueva Escala Vigencia: 01/12/2010