MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1759/2010

Registro Nº 1701/2010

Bs. As., 11/11/2010

VISTO el Expediente Nº 1.386.048/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD y la empresa VIA PUBLICA CLAN SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acta acuerdo traído a estudio incrementa los sueldos básicos mensuales del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/90.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado acuerdo suscripto entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD y la empresa VIA PUBLICA CLAN SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.386.048/10, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.386.048/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese; dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.386.048/10

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1759/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1701/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los — del mes de abril de 2010, los Sres. VICENTE ALVAREZ PORTAS, Secretario General, OSVALDO SORRENTINO, Secretario Adjunto, y JUAN CARLOS MONTENEGRO, Secretario gremial, con el patrocinio del Dr. JORGE BARADIARAN, Tº 37 Fº 639 C.P.A.C.F., y los delegados de personal RAUL SOSA, RUBEN SANCHEZ y el delegado paritario CARLOS AUBRUCIS, constituyendo domicilio en la calle Tte. Gral. Perón 2385 C.A.B.A., en representación del SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD (SUP), por una parte, y la empresa VIA PUBLICA CLAN S.A. con domicilio en la calle Coronel Francisco Uzal 3621 Olivos Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. MARIANO BIANCHI en su calidad de apoderado y patrocinado por la Dra. ANA ESTELA RIMOLDI.

1. Que las partes acuerdan una recomposición salarial para los trabajadores de dicha empresa encuadrados en el C.C.T. 122/90 a partir del 1º de junio de 2010 y del 1º de agosto de 2010 según las escalas salariales que se adjuntan como anexo I del presente, que a partir del presente reemplazan a las anteriormente convenidas.

2. Se deja establecido que la vigencia del presente acuerdo lo será hasta el 31 de diciembre del 2010.

3. Que, los nuevos básicos de convenios adicionales no podrán absorber ningún complemento y/o adicional de cualquier índole que la empresa se encuentre liquidando a la fecha del presente acuerdo a su personal, como "a cuenta de futuros aumentos", o cualquiera que fuera la denominación o modalidad.

4. La retribución básica de convenio fijada en el Anexo I, será considerada como un pago a cuenta y absorberá hasta su concurrencia cualquier incremento que se produzca o fije por medio de convenios colectivos o Acuerdos salariales entre el sindicato Unico de la Publicidad y la Cámara Argentina de Publicidad en la Vía Pública.

5. Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

En el lugar y fecha, antes indicados, se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.