MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1756/2010

Registro N° 1704/2010

Bs. As., 11/11/2010

VISTO el Expediente Nº 1.381.655/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS (U.O. y E.P.) por el sector sindical y la empresa ALLOYS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por la parte empleadora, el que luce a fojas 8 del Expediente Nº 1.381.655/10 y ha sido debidamente ratificado a fojas 9 de las mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita se establece una suma fija de PESOS TRESCIENTOS ($ 300.-) para los meses de abril y mayo de 2010, de naturaleza no remunerativa, en los términos, conforme los lineamientos allí establecidos y a cuenta del aumento salarial que se acuerde en las paritarias de la actividad.

Que en consecuencia, el acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo cuya homologación se solicita.

Que respecto a su ámbito personal y territorial de aplicación, se establece para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante que laboren para la empresa ALLOYS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que en definitiva el ámbito de aplicación se corresponde con la representatividad de la entidad sindical celebrante, emergente de su personería gremial y la actividad de la parte empleadora.

Que en cuanto a su ámbito temporal, se fija la vigencia del mismo de conformidad con loestablecido por las partes al respecto.

Que corresponde señalar que las partes han acreditado fehacientemente la representación invocada.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS (U.O. y E.P.) por el sector sindical y la empresa ALLOYS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por la parte empleadora, el que luce a fojas 8 del Expediente Nº 1.381.655/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004)

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 8 del Expediente Nº 1.381.655/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.381.655/10

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1756/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1704/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintiún días de mes de abril de 2010, se reúnen en la Empresa Alloys S.R.L. con domicilio en la calle Río Cuarto Nº 1227 de esta capital, en representación del establecimiento el Sr. Quesada Antonio Enrique, por la Unión Obreros y Empleados Plásticos Rojas Fabian y por la Comisión Interna Núñez Eduardo y Molina Gonzalo ambas partes establecen los siguientes puntos:

Que el régimen salarial instituido en el C.C.T. 419/05 tiene vigencia hasta el 31/05/2010, razón por la cual tenemos conocimientos que se realizan activas gestiones entre la Cámara Argentina de la industria Plástica y la U.OyE.P. para culminar en la firma de un nuevo acuerdo salarial.

Interin ello suceda el Sindicato Plástico juntamente con la Comisión Interna de la empresa motivada por el aumento del costo de vida, que es de dominio público han solicitado a la empresa el pago de una suma no remunerativa para todo el personal comprendido en la misma, razón por la cual se han mantenido reuniones, arribando las partes al siguiente acuerdo:

1) Las partes pactan una suma fija de $ 300 (pesos trescientos) para los meses de abril y mayo de 2010 y/o hasta tanto se resuelvan las negociaciones paritarias del mes de mayo del corriente año.

2) El importe acordado tendrá carácter de "no remunerativo" y será abonado en concepto de pago a cuenta del aumento que se acuerde en las paritarias de mayo 2010. Para el caso que el aumento negociado fuera inferior a dicho monto, el remanente seguirá teniendo carácter "no remunerativo".

3) Ambas partes solicitan la homologación del MTESS conforme Art. 4 de la Ley 14.250.

4) En prueba de conformidad, se firman 4 (cuatro) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto previa lectura y ratificación de su contenido en el lugar y la fecha y fecha precedentemente señalados.