MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 461/2010

Registro Nº 1721/2010

Bs. As., 12/11/2010

VISTO el Expediente Nº 1.389.497/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la UNION FERROVIARIA y la empresa TECNICAS FERROVIARIAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 4/6 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 702/05 "E", el que fuera suscripto entre las partes ut supra individualizadas.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la UNION FERROVIARIA y la empresa TECNICAS FERROVIARIAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.389.497/10, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.389.497/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.389.497/10

Buenos Aires, 18 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 461/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1721/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACUERDO SALARIAL AÑO 2010

UNION FERROVIARIA - TECNICAS FERROVIARIAS ARGENTINAS SA

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 6 días del mes de mayo de 2010, se reúnen por una parte los Señores José Angel Pedraza en su carácter de Secretario General, Eduardo Raúl Fuertes en su carácter de Secretario de Educación, Cultura y Capacitación Tecnológica, Juan Gabriel Ramírez y Verónica López en carácter de Delegados del Personal y el Dr. Emiliano Del Sordo en su carácter de Asesor Letrado, por la UNION FERROVIARIA (el Sindicato) con domicilio en la Av. Independencia 2880 de esta Ciudad y el Señor Miguel Angel Luis Jiménez en su carácter de Presidente y el Dr. Raúl José Campilongo en calidad de Apoderado por TECNICAS FERROVIARIAS ARGENTINAS SA (la Empresa) con domicilio en Av. Elvira R. de Dellepiane s/n Esq. Juan Lavaisse - Dársena Sur, Puerto de Buenos Aires de esta Ciudad.

1.- Los comparecientes se reconocen recíprocamente, por su representación y representatividad como únicas partes legitimadas para la negociación de este acuerdo colectivo articulado al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 702/05 E.

2.- Las cuestiones derivadas de la aplicación o interpretación de este acuerdo serán consideradas mediante negociaciones directas entre las Entidades signatarias del Convenio Colectivo aludido.

3.- Las partes, luego de tratativas, han decidido arribar a la siguiente recomposición salarial: "Se le reconocerá a todo el personal dependiente de la Empresa que se encuentre encuadrado dentro del CCT Nº 702/05 E, un aumento en los básicos del once y medio por ciento (11,5%) a partir del 01/03/10 y un aumento en los básicos del diez por ciento (10%) a partir del 01/07/10, acumulativos".

4.- Las partes acuerdan fijar las escalas de básicos y bonificaciones para cada una de las categorías correspondientes al CCT Nº 702/05 E conforme planillas Anexo "A" y "B", formando parte del presente.

Las partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de La Nación la homologación de la presente, como así también el dictado de los nuevos topes indemnizatorios dentro del marco paritario del CCT Nº 702/05 E (Expte. 1.224.292/07).

Leída y ratificada la presente, las partes firman tres (3) ejemplares de conformidad.

ANEXO "A"

TECNICAS FERROVIARIAS ARGENTINAS SA

Escala Salarial a partir del 01/03/10 - Aumento 11,5%

NIVEL

BASICO

PRESENTISMO

PRODUCTIVIDAD

SUBTOTAL

ANTIG./AÑO

1

2.313,70

809,80

694,11

3.817,61

46,27

2

2.089,94

731,48

626,98

3.448,41

44,93

3

2.034,01

711,90

610,20

3.356,11

44,60

4

1.832,63

641,42

549,79

3.023,83

43,39

5

1.799,06

629,67

539,72

2.968,46

43,19

6

1.689,40

591,29

506,82

2.787,52

42,53

7

1.671,51

585,03

501,45

2.757,99

42,42

8

1.539,49

538,82

461,85

2.540,16

41,63

9

1.458,93

510,63

437,68

2.407,24

41,15

10

1.351,52

473,03

405,46

2.230,02

40,50

ANEXO "B"

TECNICAS FERROVIARIAS ARGENTINAS SA

Escala Salarial a partir del 01/07/10 - Aumento 10%

NIVEL

BASICO

PRESENTISMO

PRODUCTIVIDAD

SUBTOTAL

ANTIG./AÑO

1

2.545,07

890,77

763,52

4.199,37

50,90

2

2.298,93

804,63

689,68

3.793,24

49,42

3

2.237,41

783,09

671,22

3.691,73

49,06

4

2.015,89

705,56

604,77

3.326,22

47,73

5

1.978,97

692,64

593,69

3.265,29

47,50

6

1.858,34

650,42

557,50

3.066,26

46,78

7

1.838,66

643,53

551,60

3.033,79

46,66

8

1.693,44

592,70

508,03

2.794,17

45,79

9

1.604,82

561,69

481,45

2.647,96

45,26

10

1.486,67

520,34

446,00

2.453,01

44,55