COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 10/2010
Establécese que durante el mes de enero de 2011 se suspenden los plazos procesales en todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral del 18.8.77.
Bs. As., 15/12/2010
VISTO y CONSIDERANDO:
Que algunas jurisdicciones adheridas han dispuesto la suspensión de los plazos procesales durante el mes de enero de 2011;
Que, con la finalidad de promover la armonización de la normativa procedimental en tal aspecto, resulta conveniente adoptar una decisión en el mismo sentido;
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
Artículo 1º — Suspéndense durante el mes de enero de 2011 los plazos procesales en todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral del 18.8.77.
Art. 2º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Alicia Cozzarín de Evangelista. — Mario A. Salinardi.