MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 521/2010

Registro Nº 15/2011

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Expediente Nº 1.424.993/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.424.993/10 obran el Acuerdo y los Anexos celebrados entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (SGBATOS), por la parte sindical, y la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA S.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 "E", conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el mentado Acuerdo y Anexos los agentes negociadores convienen incrementos y beneficios salariales con vigencia a partir del 1 de enero de 2011, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo y anexos.

Que los Delegados del Personal han tomado la intervención que les compete en los términos del Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo y anexos de referencia, se proceda a elaborar, por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárense homologados el Acuerdo y los Anexos celebrados entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (SGBATOS), por la parte sindical, y la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA S.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 "E", obrantes a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.424.993/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo y los Anexos obrantes a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.424.993/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Anexos homologados y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.424.993/10

Buenos Aires, 5 de enero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 521/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 15/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 15 días del mes de diciembre de 2010, se reúnen en representación de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA S.A.), el Sr. Carlos Humberto Ben, en su carácter de Presidente del Directorio y el Dr. Luis Aversano, como Director de Recursos Humanos, y en representación del Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS), el Sr. José Luis Lingeri, como Secretario General, el Sr. Carlos Ríos como Secretario Adjunto y los Señores Gustavo Roldán (Vicente López) y Jorge Rodríguez (Avellaneda), en su carácter de delegados del personal, por lo que manifiestan:

1) Que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 798/06 E en su artículo 7, párrafo 2 establece "revisar las condiciones económicas anualmente" con el fin de mantener el nivel salarial de la actividad.

2) Que en virtud del análisis efectuado entre las partes, y habiendo sido homologado a través de la Disposición DNRT Nº 342 del año 2010, corresponde revisar con vigencia enero 2011, las remuneraciones de las escalas salariales de los trabajadores de la Empresa que se encuentran encuadrados en el CCT 798/06 E, por lo que las partes acuerdan incrementarlas en un 10,00% (diez por ciento) a partir del 1-1-11, para todas las escalas de funciones y grados, conforme lo establece el Art. 52 "Remuneraciones para las distintas escalas de funciones" del citado CCT.

3) Se fija a partir del 1-1-11 el "adicional por antigüedad", en la suma de $ 33,00 (treinta y tres pesos) por cada año de servicio, comprendido en el Art. 54 "adicionales", inciso 4 y que figura como anexo C del CCT 798/06 E; cuyo alcance es para todos los trabajadores/as comprendidos en dicho convenio.

4) Que en virtud del análisis efectuado dentro del marco de la actualización anual de los valores acordados en paritarias, que fueron homologados por Dis. DNRT Nº 342/10, las partes, comparten la necesidad de actualizar la asignación para el personal ex combatiente de Malvinas en reconocimiento por su valorable participación en el teatro del operaciones Atlántico Sur. Por ello las partes acuerdan la suma de $ 976 mensuales no remunerativos a liquidarse juntamente con el recibo mensual de haberes con vigencia 1/1/11.

5) Dentro del marco de la actualización de valores acordados en paritarias, corresponde actualizar los adicionales y beneficios del CCT 798/06 contemplados en los artículos 54 y 57 respectivamente, que se incluyen como anexo a la presente.

6) En el marco de la Res. 67/06 del MTEySS, actualizada por la Res. 212/07 de la SsRT y posteriores, se acuerda otorgar una recomposición salarial de un 10% con vigencia 1/1/11 en las categorías A1, A2 y A3 por lo que se acompaña el Anexo de remuneraciones correspondiente. Se fija en $ 220,00 por cada trabajador el aporte complementario contemplado en la mencionada Resolución.

7) Las partes acuerdan hacer un pago especial, en diciembre 2010, por única vez, no remunerativo, con carácter excepcional de $ 500,00 para cada trabajador comprendido en el Convenio Colectivo.

8) Las partes se comprometen a reunirse en junio 2011 para revisar los puntos acordados en la presente.

9) Se acuerda realizar las presentaciones necesarias para la homologación de la presente acta en sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ACTA ACUERDO

Readecuación Funcionamiento de la Junta de Calificación y Mérito - Año 2011

En el año 2007 se creó la Junta Permanente de Aplicación de Escalas, Calificación y Mérito, con el objetivo de conformar un grupo de análisis, debate y puesta en marcha de los cambios necesarios para orientar en los años futuros, la forma y proceso de decisiones relativos a la consideración de ajustes salariales individuales, estudios de salarios y sistemas de turnos, aplicación de escalas y determinación de los elementos necesarios para conformar el plan de carrera del personal.

Todo esto en un contexto de creación también de AySA S.A., su adecuación a la nueva cultura de empresa, lo que hizo necesario amplios debates para poder llegar a resolver diversas cuestiones que se arrastraban en materia de encuadramiento de escalas y salarios y niveles.

Se creó el Reglamento de la Junta, que fue homologado como Anexo I por Resolución

SsRL. Nº 197/07 del 25/9/07.

En el art. 1º de dicho Reglamento, se expresa que estará constituida por 8 miembros, cuatro de ellos por AySA y cuatro por el SGBATOS, los que tendrán una duración de 2 años en el cargo, dada la gran carga de trabajo que había.

A su vez; por Acta 001 del 31/3/08 de la Junta de Calificación y Mérito, se designaron 4 titulares y 2 suplentes por cada parte.

Dado que en el próximo mes de marzo 2011, comenzará a reunirse nuevamente la Junta, las partes resuelven adecuar el número de miembros, orientado a un tratamiento de rutina de mantenimiento de los temas, no siendo necesario como al principio tener tantos miembros.

Por tal motivo las partes resuelven designar solamente 3 titulares por cada parte, a partir de las sesiones a realizarse en el año 2011.

Las reuniones se realizarán cada 15 días y en caso de necesitarse un análisis especial, se podrá convocar una reunión al efecto.

En Buenos Aires a los 16 días de diciembre de 2010.

ANEXO REMUNERACIONES - ENERO 2011

ANEXO

REMUNERACIONES MENSUALES REFERENCIALES PARA Res. 67/06 y MODIFICATORIAS

Categoría/ Indice

1

2

3

4

5

A1

2.766

2.846

2.925

3.005

3.084

A2

3.163

3.229

3.322

3.402

3.481

A3

3.561

3.640

3.720

3.799

3.958

VIGENCIA 1/1/2011

ANEXO - ADICIONALES y BENEFICIOS - CCT Nº 798/06 "E"

Vigencia: 1/1/2011