MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución Nº 78/2011

Bs. As., 18/3/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0354557/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que a través del expediente citado en el Visto se llevó a cabo la Licitación Pública Nº 32/2010 para la contratación de los trabajos de refacción de la planta ubicada en el segundo subsuelo del edificio sito en la calle Balcarce Nº 186 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo obra civil, instalaciones sanitarias, termomecánicas, montacargas, redes de electricidad, voz y datos, autorizada por la Resolución Nº 733 de fecha 5 de noviembre de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con encuadre en el Artículo 9º de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, por el sistema de Ajuste Alzado conforme al Artículo 5º del mismo cuerpo legal, con un Presupuesto Oficial de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON VEINTE CENTAVOS ($ 4.228.460,20) Impuesto al Valor Agregado incluido.

Que a través de la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se efectuó el llamado a Licitación Pública Nacional Nº 32/2010.

Que con fecha 22 de diciembre de 2010 se procedió con la presencia de un funcionario de la Escribanía General del Gobierno de la Nación a la apertura de las DOS (2) propuestas recibidas, las que se mencionan según el orden de apertura de las mismas: 1) ZOLMACO SOCIEDAD ANONIMA, quien presentó una oferta por la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 5.093.955,89) Impuesto al Valor Agregado incluido y 2) TALA CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA quien cotizó por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL DOCE ($ 5.200.012) Impuesto al Valor Agregado incluido.

Que conforme las facultades conferidas por la resolución citada en el primer considerando, la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS designó a fojas 1041 a los miembros integrantes de la Comisión Evaluadora de Propuestas.

Que la citada Comisión, luego de un estudio pormenorizado de las propuestas presentadas, emitió el Dictamen de Evaluación Nº 4 de fecha 14 de enero de 2011 por el que consideró que la propuesta de ZOLMACO SOCIEDAD ANONIMA resultó ser la más conveniente en términos económicos y demás condiciones de la oferta, y sugirió la adjudicación de su oferta.

Que el citado Dictamen de Evaluación fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación y notificado fehacientemente a todos los proponentes no habiéndose deducido impugnaciones dentro del plazo legal previsto a tal efecto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto resolutivo se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1961 de fecha 9 de diciembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Adjudícase a la firma ZOLMACO SOCIEDAD ANONIMA la Licitación Pública Nacional Nº 32/2010 por los trabajos de refacción de la planta ubicada en el segundo subsuelo del edificio sito en la calle Balcarce Nº 186 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo obra civil, instalaciones sanitarias, termomecánicas, montacargas, redes de electricidad, voz y datos por la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 5.093.955,89) Impuesto al Valor Agregado incluido, bajo el régimen del Artículo 9º de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, por el sistema de Ajuste Alzado conforme al Artículo 5º del mismo cuerpo legal.

ARTICULO 2º — Apruébase el modelo de contrato que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución y autorízase al señor Director General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a suscribir el mismo.

ARTICULO 3º — Notifíquese a todos los proponentes de acuerdo con lo establecido en los Artículos 40, 41 y 43 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.

ARTICULO 4º — El gasto que demande la contratación de que se trata se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al Ejercicio Financiero 2011 y de la siguiente forma: Programa 26 - Subprograma 0 - Proyecto 3 - Actividad 0 - Obra 51 - Ubicación Geográfica 2 - Partida 4.2.1. - Subparcial 0 - Fuente de Financiamiento 11 - Moneda 1 - Servicio Administrativo Financiero 357 - Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Programa 26 - Subprograma 0 - Proyecto 0 - Actividad 6 - Obra 0 - Ubicación Geográfica 2 - Partida 4.3.2. - Subparcial 0 - Fuente de Financiamiento 11 - Moneda 1 - Servicio Administrativo Financiero 357 - Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — AMADO BOUDOU, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

ANEXO

Entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, representado en este acto por el señor Director General de Administración, Contador Público Don ____________________, con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 250, Piso 7º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "EL COMITENTE" por una parte y por la otra la firma ZOLMACO SOCIEDAD ANONIMA, inscripta en el Registro de la Inspección General de Justicia, organismo dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS bajo el Número ___ del Libro ____ de SOCIEDADES POR ACCIONES, representada en este acto por el señor__________________, de nacionalidad argentina, quien acredita su identidad con Documento Nacional de Identidad Nº __________________, en su carácter de _____________, en adelante "EL CONTRATISTA", con domicilio especial en ___________________ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se celebra el siguiente contrato.

ARTICULO 1º: Objeto del Contrato: "EL CONTRATISTA", se obliga a realizar los trabajos de refacción de la planta ubicada en el segundo subsuelo del edificio sito en la calle Balcarce Nº 186 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo obra civil, instalaciones sanitarias, termomecánicas, montacargas, redes de electricidad, voz y datos, cotizados según su OFERTA, adjudicada por la Resolución Nº __________ de fecha ____ de ________________ de 2011 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, recaída en la Licitación Pública Nacional Nº 32/2010, que corre por el Expediente Nº S01:0354557/2010 del Registro del citado Ministerio, en un todo de acuerdo con la documentación a que se refiere el artículo siguiente.

ARTICULO 2º: Documentos del Contrato: Forman parte integrante de este contrato el Pliego de Cláusulas Generales (P.C.G.), el Pliego de Cláusulas Especiales (P.C.E), los planos y planillas de la licitación, el Pliego de Especificaciones Técnicas (P.E.T.), y el acto de adjudicación, a los que "EL CONTRATISTA" declara conocer y aceptar, circular sin consulta número 1 y la OFERTA de fojas 495 a 857 del Expediente Nº S01:0354557/2010 del Registro del citado Ministerio.

ARTICULO 3º: Sistema de Contratación - Monto - Redeterminación de Precios: Los trabajos se contratan por el sistema de Ajuste Alzado, comprometiéndose "EL CONTRATISTA" a ejecutarlos totalmente de acuerdo con las planillas de cotización por ítem y análisis de precios unitarios que incluyó en su OFERTA y por un importe total de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 5.093.955,89) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido. Para las redeterminaciones de precios que se realicen, regirá lo estipulado en el Decreto Nº 1295 de fecha 19 de julio de 2002, su reglamentación y la normativa que al efecto se dicte.

ARTICULO 4º: Provisión de materiales y equipos: "EL CONTRATISTA" acompañará el Plan de Trabajos desagregado con la fecha de incorporación de los equipos presentados en la propuesta, en forma detallada y de acuerdo con la secuencia del mismo. "EL COMITENTE" podrá elegir cualquiera de los materiales, marcas o sistemas que incluyó "EL CONTRATISTA" en su OFERTA, debiendo éste proveerlos según el requerimiento respectivo.

ARTICULO 5º: Medición de los trabajos - Forma de Pago - Fondo de Reparo: Los trabajos ejecutados serán medidos o estimados en su avance por períodos semanales por "EL COMITENTE"; los resultados serán volcados en el acta y en la planilla de medición, a los fines de posibilitar la confección del certificado de obra de conformidad con el Artículo 12 del Pliego de Cláusulas Especiales. Los pagos se escalonarán de la siguiente forma: ANTICIPO FINANCIERO O ACOPIO, hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de conformidad con el Artículo 11 del Pliego de Cláusulas Especiales, dentro de los DIEZ (10) días corridos posteriores a la fecha de suscripción del Contrato y pagadero a los CINCO (5) días hábiles a partir de la conformidad de la respectiva factura, previa constitución ante "EL COMITENTE" de la póliza de caución o aval bancario por un valor igual al monto reconocido en concepto de anticipo, el que comenzará a deducirse desde el primer certificado de obra, en forma proporcional a la certificación emitida mensualmente, de manera tal de completar el CIEN POR CIENTO (100%) de la deducción, cuando la obra se encuentre al OCHENTA POR CIENTO (80%) del avance físico; certificaciones semanales, según la certificación de obra establecida en el Artículo 12 del Pliego de Cláusulas Especiales. Los pagos se efectuarán, de conformidad con el Artículo 13 del Pliego de Cláusulas Especiales, en el plazo máximo de CINCO (5) días de aprobado el Certificado de Obra y serán en Pesos en efectivo. Cumplido este plazo, "EL COMITENTE" podrá prorrogar el pago de los certificados hasta DIEZ (10) días, por razones de índole administrativa, sin derecho a intereses por mora a favor de "EL CONTRATISTA", ni prórroga del plazo de obra. De cada certificado se retendrá el CINCO POR CIENTO (5%) del monto del mismo para constituir el fondo de reparo establecido en el Artículo 39 del Pliego de Cláusulas Generales. Se permitirá sustituir el fondo de reparo de conformidad al Artículo 39 del Pliego de Cláusulas Generales por alguna de las garantías previstas en el Artículo 11 del mismo pliego.

ARTICULO 6º: Plazo de ejecución - Multas: De acuerdo con el Artículo 3º del Pliego de Cláusulas Especiales "EL CONTRATISTA" se compromete a ejecutar totalmente los trabajos dentro del plazo de SETENTA Y CINCO (75) días contados a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra prevista en el Artículo 16 del Pliego de Cláusulas Especiales. En caso de incurrir en mora en los plazos estipulados para la iniciación, ejecución y finalización de los trabajos, incumplimientos o cumplimientos defectuosos, "EL CONTRATISTA" será pasible de las multas previstas por el Artículo 41 del Pliego de Cláusulas Generales.

ARTICULO 7º: Recepción provisoria y definitiva de los trabajos: La recepción provisoria de la obra por parte de "EL COMITENTE" se efectuará de acuerdo con las formalidades establecidas en el Artículo 42 del Pliego de Cláusulas Generales. La recepción definitiva por parte de "EL COMITENTE" se realizará transcurrido el plazo de conservación y garantía establecido en el Artículo 43 del Pliego de Cláusulas Generales, que es de DOCE (12) meses contados a partir de la fecha del Acta de la Recepción Provisoria de la Obra.

ARTICULO 8º: Rescisión del contrato: Se aplicará lo establecido en la legislación vigente y en particular lo previsto en el Artículo 46 del Pliego de Cláusulas Generales.

ARTICULO 9º: Garantía: En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 21 del Pliego de Cláusulas Generales, "EL CONTRATISTA" presenta en este acto la Póliza de Seguro de Caución Nº ________________ emitida por __________________ por la suma de PESOS ______________ ($ ________________), que cubre el CINCO POR CIENTO (5%) del monto total del contrato, quedando estipulado que la misma responderá por el fiel cumplimiento de las obligaciones emergentes y que será devuelta a "EL CONTRATISTA" en oportunidad de la recepción definitiva, si correspondiere.

ARTICULO 10: Vigencia: Queda expresamente establecido que este contrato rige en todos y cada uno de sus artículos desde el momento de su firma.

ARTICULO 11: Domicilio constituido: Las partes constituyen domicilio a todos los efectos legales que pudiera corresponder, tanto judiciales como extrajudiciales, en los denunciados en el encabezado del presente, en los que serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursaren.

ARTICULO 12: Solución de Controversias: En caso de controversias emergentes de la interpretación o aplicación del presente contrato, las partes aceptan expresamente la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

En prueba de conformidad, las partes firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los ______ días del mes de ___________________ del año 2011.

e. 22/03/2011 Nº 32642/11 v. 22/03/2011