MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 2031/2010

Registro N° 2/2011

Bs. As., 29/12/2010

VISTO el Expediente N° 1.421.007/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 31 obra el Acuerdo celebrado por la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, por la parte gremial, y la empresa GREIF ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo N° 419/05.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, por la parte gremial, y la empresa GREIF ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, obrante a fojas 31 del Expediente N° 1.421.007/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 31 del Expediente N° 1.421.007/10.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.421.007/10

Buenos Aires, 4 de enero de 2011

De conformidad con lo ordenado en RESOLUCION ST N° 2031/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 31 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 2/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Buenos Aires 26/11/2010

En Capital Federal al 26 de noviembre del 2010 se reúnen por una parte en representación de la empresa Greif Argentina Débora Migoni, y el señor Lino Vallejos en su carácter de asesor gremial, el señor Juan Carlos Gutiérrez en carácter de asesor gremial, y por la comisión interna Guaymas Juan Andrés y Duarte Marcelino con domicilio en Av. Pavón 4175 en representación de la Unión Obreros y Empleados Plásticos.

A efectos de definir el contenido y alcance del presente ambas partes establecen los siguientespuntos.

Entre la empresa Greif Argentina S.A. que fija domicilio en Sarmiento 643 Piso 7 Capital Federal y el sindicato del plástico acuerdan los siguientes puntos:

1. Incorporar un servicio de vianda a partir del 1/1/2011, manteniéndose el refrigerio actual.

2. La empresa otorgará a su personal una orden de compra de $ 650 a la orden de la empresa Carrefour, entre el 15 y 20 de diciembre del 2010.

3. La empresa se compromete a abonar una suma fija no remunerativa de $ 300 por los meses de noviembre 2010, diciembre 2010, enero 2011, febrero 2011 y marzo 2011 inclusive.

4. La empresa, su personal y los representantes sindicales se comprometen a mantener la paz social hasta el vencimiento del presente acuerdo y no tomar ninguna medida que afecte dicho acuerdo. Las partes se comprometen a reunirse y dialogar en caso de suceder alguna alteración que afecte el giro del negocio.

5. Las partes se comprometen a iniciar conversaciones para implementación de un premio sujeto al cumplimiento de indicadores operativos a ser implementado a partir del mes de abril del 2011.

Dada la naturaleza de los puntos convenidos ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo ante la autoridad de aplicación como condición para su exigibilidad.