MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 507/2010

Registro Nº 1907/2010

Bs. As., 21/12/2010

VISTO el Expediente Nº 1.338.213/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones tramita la homologación del Acuerdo suscripto entre la UNION FERROVIARIA por la parte sindical y la Empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, obrante a foja 175 de las actuaciones citadas en el Visto.

Que bajo dicho acuerdo las partes modifican el concepto de antigüedad pactado en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 723/05 "E" del que resultan partes signatarias, con el alcance y la vigencia que surge del instrumento acompañado.

Que cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que una vez dictado el presente acto homologando el acuerdo alcanzado, corresponde el pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto Nº 1304/2009.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase Homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION FERROVIARIA por la parte gremial y la Empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, obrante a fojas 175 del Expediente Nº 1.338.213/09.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 175 del Expediente Nº 1.338.213/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 723/05 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.338.213/09

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en DISPOSICION DNRT Nº 507/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 175 del expediente de referencia, quedando registrado bajo número 1907/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EXPTE. Nº 1.338.231/09

ACTA ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 13 hs. del día 23 de noviembre de 2010, comparecen en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante mí, Ricardo D’OTTAVIO, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento Nº 1, asistido por la Lic. Fiorela COSTA; por la Secretaría de Transporte el Dr. Juan CAVALIERE; por el Sindicato UNION FERROVIARIA, los Sres. José PEDRAZA; Juan Carlos FERNANDEZ, Mario M. RODRIGUEZ y Roberto NUÑEZ, miembros del Secretariado Nacional, acompañados por los Delegados del personal, Silvio SERRANO y Alejandro QUIROZ, asistidos por los Dres. José GUTIERREZ, Tº 3, Fº 856, CPACF y Ana María SANCHEZ, Tº 10, Fº 146, CPACF, y en representación de la Empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, el Lic. Roberto GAGLIARDI.

Abierto el acto por el funcionario actuante, y luego de un intercambio de opiniones LAS PARTES ACUERDAN lo que se detalla a continuación:

CLAUSULA PRIMERA: Que por el Adicional que se abona en concepto de Antigüedad, a partir del 1/10/10 dicho rubro queda establecido en el 1,3% del Salario Básico de la categoría de cada trabajador por cada año de servicio, modificando en consecuencia el Convenio Colectivo de Trabajo vigente en la especialidad y Empresa.

CLAUSULA SEGUNDA: Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Leída y ratificada la presente Acta Acuerdo los comparecientes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.