PRESUPUESTO GENERAL

Se aprueba el presupuesto correspondiente al año 1967, reduciendo el déficit fiscal a la suma de noventa y seis millones de pesos.

LEY N° 17.485

Buenos Aires, 23 de octubre de 1967.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina.

El Presidente de la Nación Argentina, Sanciona y Promulga con fuerza de Ley:

Artículo 1 – Modifícanse, en la forma que se indica a continuación los artículos 1°, 2° y 3° de la Ley 17.130 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio de 1967:

Artículo 1° – Fíjase en la suma de seiscientos veinte mil cuatrocientos setenta y cinco millones doscientos mil pesos moneda nacional (m$n 620.475.200.000), el importe máximo que se autoriza a gastar con cargo al Tesoro Nacional, en el período comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 1967, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en planilla anexa:

Artículo 2° – Estímase en la suma de quinientos veinticuatro mil quinientos diez millones doscientos mil pesos moneda nacional (m$n 524.510.2 millones). El importe de los recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1°, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en planilla anexa:

Artículo 3° – Como consecuencia de lo establecido en los artículos 1° y 2° precedentes, determínase el siguiente balance preventivo:

Artículo 2° – Autorízase al Poder Ejecutivo a atender, con cargo a los créditos fijados por la presente ley, los mayores gastos emergentes de la aplicación de las medidas monetarias implantadas en el corriente año para los organismos estatales, incluso Empresas del Estado, en la medida, que a su juicio, no puedan ser financiadas por los mismos

Artículo 3° – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese.

Onganía – Adalbet. Krieger Vasena.

PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL PARA 1967 – AUTORIZACIONES PARA GASTAR

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

(En millones de m$n)