MERCOSUR/CMC/DEC. Nš 35/10

PRORROGA DEL MANDATO DEL SECRETARIO DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISION

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR, las Decisiones Nš 37/03, 30/05, 36/07, 40/07 y 23/09 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nš 66/05 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento del Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR establece, en su Artículo 35, que el Tribunal Permanente de Revisión (TPR) contará con una Secretaría, que estará a cargo de un Secretario, que deberá ser nacional de cualquiera de los Estados Partes del MERCOSUR.

Que, el 31 de diciembre de 2010 vencerá el mandato del actual Secretario, designado por Decisión CMC Nš 40/07.

Que la Resolución GMC Nš 66/05 permite la prórroga del mandato del Secretario del TPR por un período de 2 (dos) años y que la Decisión CMC Nš 23/09 prorrogó el mandato del actual Secretario por un plazo de 1 (un) año.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

Art. 1 - Prorrogar el mandato del Secretario del Tribunal Permanente de Revisión hasta el 31 de diciembre de 2011.

Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XL CMC - Foz de Iguazú, 16/XII/10