SERVICIO EXTERIOR

Decreto 535/2011

Dispónese la apertura de la Embajada de la República ante el Estado de Qatar, con sede en la Ciudad de Doha.

Bs. As., 4/5/2011

VISTO el Expediente Nº 3260/2011 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el Decreto Nº 1553 de fecha 3 de diciembre de 1974, el Comunicado Conjunto estableciendo Relaciones Diplomáticas entre la REPUBLICA ARGENTINA y el ESTADO DE QATAR, firmado en Buenos Aires, Doha y Nueva York el 15 de junio de 1974, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto mencionado en el Visto, se aprobó el establecimiento de Relaciones Diplomáticas entre la REPUBLICA ARGENTINA y el ESTADO DE QATAR.

Que la Visita del Emir a la República el 18 de enero de 2010, y el Viaje Presidencial al ESTADO DE QATAR los días 18 y 19 de enero de 2011, constituyen hitos que han otorgado a la relación bilateral un impulso determinante.

Que la Misión Comercial Multisectorial que viajó a la Ciudad de Doha del 12 al 16 de diciembre de 2009 ha contribuido a fomentar el comercio e implementar la cooperación entre ambos países.

Que la apertura de la Embajada de la República ante el ESTADO DE QATAR reflejará el interés mutuo de fortalecer los tradicionales lazos de amistad y cooperación entre ambos pueblos y permitirá ampliar los vínculos entre los dos países.

Que el Gobierno del ESTADO DE QATAR prestó su consentimiento para la apertura de la Embajada de la República en ese país, conforme lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961, aprobada por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 13 de septiembre de 1963 y demás normas complementarias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, la SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado debida intervención, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Dispónese la apertura de la Embajada de la República ante el ESTADO DE QATAR, con sede en la Ciudad de Doha.

Art. 2º — Establécese la Sección Consular de la Embajada de la República ante el ESTADO DE QATAR, con sede en la Ciudad de Doha, cuya circunscripción comprenderá todo el territorio del citado país.

Art. 3º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las partidas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.