Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPORTACIONES
Resolución General 3107
Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General N° 2730 y su modificatoria. Norma complementaria.
Bs. As., 9/5/2011
VISTO la Actuación SIGEA N° 13707-35-2011 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General Nº 2730 y su modificatoria dispuso que este Organismo establecerá los valores criterio de importación de carácter precautorio para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen una importante herramienta para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en las operaciones de importación.
Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgo se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2° de la citada resolución general.
Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja establecer valores criterio para las mercaderías analizadas.
Que dicho informe se sustenta, entre otras fuentes, en las bases de datos provenientes de los registros de destinaciones definitivas de importación para consumo del Sistema Informático MARIA (SIM) y en la información relacionada con las importaciones de la mercadería analizada, recogida de fuentes privadas.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Establécense los valores criterio que constan en los Anexos I "Listado de mercaderías con valor criterio" y II "Países de origen de las mercaderías".
Art. 2° — Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de esta resolución general.
Art. 3° — Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de importación para consumo que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO I RESOLUCION GENERAL N° 3107
LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR CRITERIO
POSICION ARANCELARIA NCM |
DESCRIPCION DE LA MERCADERIA |
VALOR FOB U$S |
UNIDAD |
GRUPOS DE ORIGEN |
4810.13.89 |
Papel y cartón en bobinas. |
0,90 |
kilogramo |
GR2, GR3,GR5, GR25 |
4810.13.89 |
Papel y cartón en bobinas. |
0,95 |
kilogramo |
GR4 |
4810.13.90 |
Papel y cartón en bobinas. |
0,90 |
kilogramo |
GR2, GR3,GR5, GR25 |
4810.13.90 |
Papel y cartón en bobinas. |
0,95 |
kilogramo |
GR4 |
4810.19.89 |
Papel y cartón en hojas. |
0,95 |
kilogramo |
GR2, GR3,GR5, GR25 |
4810.19.89 |
Papel y cartón en hojas. |
1,00 |
kilogramo |
GR4 |
4810.19.90 |
Papel y cartón en hojas. |
0,95 |
kilogramo |
GR2, GR3,GR5, GR25 |
4810.19.90 |
Papel y cartón en hojas. |
1,00 |
kilogramo |
GR4 |
ANEXO II RESOLUCION GENERAL N° 3107
PAISES DE ORIGEN DE LAS MERCADERIAS
GRUPO 2 |
GRUPO 4 |
438 ALEMANIA |
341 HONG KONG |
406 BELGICA |
315 INDIA |
409 DINAMARCA |
316 INDONESIA |
410 ESPAÑA |
326 MALASIA |
412 FRANCIA |
332 PAKISTAN |
417 ITALIA |
333 SINGAPUR |
320 JAPON |
313 TAIWAN |
423 PAISES BAJOS |
335 THAILANDIA |
425 PORTUGAL |
337 VIETNAM |
GRUPO 3 |
GRUPO 5 |
204 CANADA |
411 FINLANDIA |
212 ESTADOS UNIDOS |
414 HUNGRIA |
218 MEXICO |
422 NORUEGA |
GRUPO 4 |
424 POLONIA |
308 COREA DEMOCRATICA |
426 REINO UNIDO |
309 COREA REPUBLICANA |
451 REPUBLICA CHECA |
310 CHINA |
427 RUMANIA |
312 FILIPINAS |
444 RUSIA |
GRUPO 5 |
GRUPO 25 |
159 SUDAFRICA |
405 AUSTRIA |
429 SUECIA |
331 EMIRATOS ARABES UNIDOS |
430 SUIZA 436 TURQUIA |
319 ISRAEL |
445 UCRANIA |
419 LUXEMBURGO |