MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 182/2011

Registro Nº 216/2011

Bs. As., 8/2/2011

VISTO el Expediente Nº 1.418.753/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 11/12 de las actuaciones citadas en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte gremial con la Empresa ALPARGATAS CALZADOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del Acuerdo, las partes convienen sustancialmente, el pago de un Adicional Zona para todo el personal que preste servicios en la Planta ubicada en la ciudad de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, comprendido en el ámbito de representación de la entidad sindical signataria, a partir del mes diciembre de 2010, con los alcances y condiciones que se establecen en el instrumento acompañado.

Que es dable indicar que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación del presente texto convencional, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia entre la representatividad que ostenta la empresa firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de las constancias de autos surge que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes y se han acreditado los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte gremial con la Empresa ALPARGATAS CALZADOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.418.753/10.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.418.753/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.418.753/10

Buenos Aires, 9 de febrero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 182/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 11/12 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 216/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.418.753/10

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes noviembre de 2010, siendo las 11:30 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL — Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación de la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domicilio en Avda. La Plata 754, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Sres. José LISTO (DNI 7.767.024), en carácter de Secretario Gremial, José RIVERO (DNI 10.448.840), Secretario de Interior, Ambrosio PONCE (DNI 12.608.755) Vocal CDN, Salvador SOSA (DNI 10.661.576) y Roque SUMMA (DNI 4.353.618), en calidad de Asesores Gremiales, acompañados por el Sr. Nerio Cesar MEDINA (DNI 12608006) Miembro de la Comisión Interna de la Empresa, con el patrocinio letrado el Dr. José Gabriel YAMUNI (DNI 14.495.432 Tº 32 Fº 452); y en representación de LA EMPRESA ALPARGATAS CALZADO SA (Planta Santa Rosa, Pcia. De La Pampa), con domicilio constituido en Azara 841, CABA, el Dr. Silvio Fidel DUARTE (DNI 20.481.142) en calidad de apoderado, condición que acredita mediante copia simple de poder que firma ante mí juramentando su validez, con el patrocinio letrado del Dr. Diego Oscar BERDINI (DNI 20.831.044 Tº 54 Fº 509 CPACF).

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, luego de un intercambio de opiniones, se solicita a las partes que manifiesten a continuación.

En uso de la palabra, las partes en forma conjunta y de común acuerdo manifiestan que han arribado a un acuerdo, el cual transcriben a continuación:

PRIMERO: Que vienen a recomponer el valor de la suma mensual correspondiente al "ADICIONAL ZONA", que se abona a todo el personal de Alpargatas Calzado S.A. de la Planta Santa Rosa, Provincia de La Pampa, comprendido en el ámbito de representación de la Asociación Obrera Textil de la República Argentina, el cual se 9stablece en la suma bruta de $ 190 (pesos ciento noventa) para los meses de diciembre de 2010, enero de 2011, la suma bruta de $ 200 (pesos doscientos) para los meses de febrero y marzo de 2011 y la suma bruta de $ 210 (pesos doscientos diez) a partir del mes de abril de 2011, que se harán efectivos juntamente con el pago de la segunda quincena del mes correspondiente.

SEGUNDO: Que ambas partes ratifican los puntos 1, 3 y 4 del acuerdo celebrado el día 24 de septiembre de 2009, obrante en el Expediente Nº 1270620/08, mediante Resolución ST Nº 1583/09 de fecha 13 de noviembre de 2009.

TERCERO: Asimismo, manifiestan que solicitan a esta Autoridad la homologación del presente acuerdo.

El acuerdo alcanzado se realiza en el marco del CCT 500/07 y alcanza a aproximadamente 410 trabajadores.

Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación empresaria que en el término de diez (10) días deberá presentar Estatuto, Designación de Autoridades y Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), bajo apercibimiento de darla por no comparecida.

En este estado y no siendo para más, a las 12:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.