MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 199/2011

Registro Nº 344/2011

Bs. As., 21/3/2011

VISTO el Expediente Nº 1.309.973/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.424.142/10 agregado como foja 138 al Expediente Nº 1.309.973/09, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS por la parte gremial y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio del referido Acuerdo, partes han convenido abonar a todo el personal incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 587/10 una suma fija de carácter no remunerativo y por única vez de PESOS SETECIENTOS ($ 700) con los plazos de pago, prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las suscriptoras del Acuerdo, son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 587/10.

Que se ha acreditado en autos la personería invocada por ambas partes y su capacidad para negociar.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la Cámara empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal en torno a lo solicitado, destaca que a los fines homologatorios pretendidos se encuentran cumplimentados los requisitos de forma y fondo previstos en el artículo 4 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.424.142/10 agregado como foja 138 al Expediente Nº 1.309.973/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.424.142/10 agregado como foja 138 al Expediente Nº 1.309.973/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 587/10.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.309.973/09

Buenos Aires, 23 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 199/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente 1.424.142/10, agregado como fojas 138 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 344/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de diciembre de 2010, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para la Rama Abrasivos, en la Cámara Argentina de Fabricantes de Productos Abrasivos, sita en avenida Leandro N. Alem 1067, piso 13, oficinas 43 a 45, de esta ciudad, representada por el señor Rubén Omar Apolonio y Miguel Angel Sardegna; y los señores Blas Juan Alari, José R. Luque, Juaquín H. Díaz, Alberto Porto y Jorge O. Lires, en representación de la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos, con domicilio en avenida Osvaldo Cruz 2075 de esta ciudad; y los paritarios y miembros de la Comisión de Relaciones internas de la empresa Abrasivos Argentinos S.A., Miguel A. Infanzón y Gustavo Botta. Las partes manifiestan que, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 587/10, han acordado que:

1. Las empresas abonarán a todo el personal incluido en el convenio colectivo de trabajo una suma fija de carácter no remunerativo y por única vez de $ 700 (pesos setecientos), que se abonará en dos cuotas iguales de $ 350.- (pesos trescientos cincuenta) que se pagarán, la primera de ellas, el día 20/12/2010, y la segunda, el día 05/02/2011.

Las partes establecen que el presente acuerdo será de aplicación inmediata a su firma, suscribiéndose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, acordando que cualquiera de las partes podrá presentarlo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a efectos de que esa autoridad administrativa notifique a los intervinientes para ratificar sus firmas y proceda a su homologación.