MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 142/2011

Registro Nº 326/2011

Bs. As., 10/3/2011

VISTO el Expediente Nº 223.801/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 223.801/10 obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo, los agentes negociadores convienen el otorgamiento de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo, en los términos y lineamientos estipulados.

Que el presente resultará de aplicación para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 935/07 "E".

Que los actores intervinientes han ratificado su contenido, acreditando su personería y facultades para convencional colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde estrictamente con la aptitud representativa de las partes signatarias del mismo.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que los delegados de personal han ejercido la representación prevista por el artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.) que luce a foja 2 del Expediente Nº 223.801/10, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º— Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 223.801/10.

ARTICULO 3º— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 935/07 "E".

ARTICULO 5º— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta resolución, las partes deberán proceder conforme lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 223.801/10

Buenos Aires, 16 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 142/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 326/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL ENERSA/APUAYE

En la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, a los treinta días del mes de noviembre del año 2010 entre la Empresa Energía de Entre Ríos S. A. (ENERSA), en adelante LA EMPRESA, representada en este acto por el Cr. Carlos T. Keiner y el Lic. Rodolfo Acebal, en el carácter de Gerente de Relaciones Humanas y de Recursos Humanos, respectivamente, por una parte, y por la otra, la Asociación de Profesionales Universitarios del Agua y la Energía Eléctrica, representada en este acto por los Ing. José Rossa, acompañados por los delegados gremiales del personal, Ing. Marcelo F. Moyano y Cr. Walter H. Reichert, tal como lo impone el artículo 17 de la Ley 14.250, convienen celebrar la presente Acta Acuerdo Convencional, sujeta a las siguientes cláusulas y condiciones, que a continuación se estipulan y que dan por concluidas las negociaciones salariales para el período 2010 en forma íntegra y en base a los compromisos asumidos en los Acuerdos de fecha 13-5-2010, 21-5-2010 y 19-7-2010 a los que se añade el presente instrumento en forma complementaria.

ARTICULO PRIMERO: Las partes acuerdan otorgar una GRATIFICACION EXTRAORDINARIA, NO REMUNERATIVA, POR UNICA VEZ, NO BONIFICABLE de $ 600,00 (pesos seiscientos) para la categoría U1 y de $ 800,00 (pesos ochocientos), para las categorías U2 a U5 inclusive, para todo el personal encuadrado bajo el CCT 935/07 "E", la que se hará efectiva en el transcurso de la semana del 13 al 17 del mes de Diciembre de 2010.

ARTICULO SEGUNDO: Además se conviene retomar las negociaciones salariales, por el período 2011, en el transcurso del mes de febrero de ese mismo año, estipulándose que lo que allí se convenga resultará de aplicación retroactiva al 01-01-2011, estas sujetas a las condiciones financieras en que se encuentre LA EMPRESA a dicha fecha, preservando un marco de armonía laboral y paz social por toda la vigencia del presente Acuerdo.

En prueba de conformidad, se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento, solicitando ambas partes la homologación de la presente ante la Autoridad Laboral competente y conforme a las prescripciones estipuladas en la Ley 14.250.