MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 150/2011

Registro Nº 318/2011

Bs. As., 11/3/2011

VISTO el Expediente Nº 1.429.465/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que vienen las presentes actuaciones en virtud del acuerdo obrante a fojas 7 y 12 del expediente Nº 1.429.465/11, suscripto entre la empresa PLASTIANDINO SOCIEDAD ANONIMA y la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS por la parte gremial, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mismo los agentes negociales pactan el pago por única vez de una suma no remunerativa de MIL PESOS ($ 1.000.-).

Que las partes realizan el presente Acuerdo en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05.

Que con respecto a la nómina de empleados incluida en la Planilla Anexa, obrante a fojas 8/11, corresponde hacer saber a las partes que dicha individualización no se encuentra comprendida en la homologación que por el presente acto se dispone por ser ajena al ámbito colectivo.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se ha dado cumplimiento con lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), en lo referente a la integración del Acuerdo con los Delegados del Personal.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 7 y 12 del Expediente Nº 1.429.465/11, celebrado por la empresa PLASTIANDINO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, y la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, por el sector sindical, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 7 y 12 del Expediente Nº 1.429.465/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.429.465/11

Buenos Aires, 16 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 150/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7 y 12 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 318/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

A los treinta y un días del mes de enero del año 2011, entre la empresa PLASTIANDINO S.A., con domicilio en la calle Sarmiento 1587, 9º "7" de la Capital Federal, representada en este acto por su apoderado señor Martín SOURIGUES con DNI 11.357.807; se suscribe la presente acta acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por el C.C.T. 419/05 que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: el personal de PLASTIANDINO S.A. incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo 419/05, quienes suscriben la presente acta acuerdo en prueba de conformidad en anexo al pie de la presente, y la empresa Plastiandino Sociedad Anónima, acuerdan que el adicional no remunerativo, a abonarse por única vez, de un mil pesos ($ 1.000), y acordado con fecha 6 de enero de 2011 entre la Cámara Argentina de la Industria Plástica (CAIP) y la Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP), y elevado por ambas partes al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en expediente Nº 1.385.642/10 con fecha 10 de enero de 2011, será abonado por la empresa en cuatro cuotas iguales y consecutivas de pesos doscientos cincuenta ($ 250,00) cada una, a pagarse con las remuneraciones de enero, febrero, marzo y abril respectivamente.

SEGUNDA: las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a los fines de su registro.

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de igual tenor y a los mismos efectos en cuadro nacional, San Rafael, Mendoza.

Expediente Nº 1.429.465/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintitrés del mes de febrero del año dos mil once, siendo las 15.00 horas, comparecen en forma espontánea ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. Ante mí, Roque Francisco VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 2, Dirección de Negociación Colectiva, lo hacen por la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, comparece Gerardo LEGUIZAMON (M.I. 07.894.853), en calidad de apoderado y, por la Empresa PLASTIANDINO S.A., comparece el Sr. Martín SOURIGUES (M.I. 11.357.807) en calidad de apoderado, adjuntando copia de poder.

Declarado abierto el acto por el funcionarlo actuante, éste procede a conceder el uso de la palabra a ambas partes manifiestan: Que agregan a estas actuaciones un acuerdo al que arribaron en forma directa y privada; que consta de 1 (una) foja útil amparando a 114 trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05. Así mismo las partes dejan constancia que en la empresa no hay delegados y adjuntan a estas actuaciones el listado que consta de 4 fojas correspondiente a todo el personal prestando conformidad a dicho acuerdo solicitando correspondiente registro como luce en el acuerdo de autos.

Siendo las 15.30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación, ante mí, funcionario que CERTIFICO.