MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 338/2011

Registro Nº 460/2011

Bs. As., 20/4/2011

VISTO el Expediente Nº 1.436.288/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.436.288/11 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.) y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a fojas 13 y 14, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo los agentes negociadores convienen modificaciones en las condiciones laborales, conforme a los términos que surgen del mismo.

Que el mentado Acuerdo ha sido suscripto en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 384/99 "E", del cual son las mismas partes signatarias.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.) y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.436.288/11, ratificado a fojas 13 y 14, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.436.288/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 384/99 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.436.288/11

Buenos Aires, 25 de abril de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 338/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 460/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación, D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 15:00 horas del día 15 de marzo de 2011, se reúnen, por una parte y en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, los señores Raúl JERONIMO, en su carácter de Secretario de Acción Social del Consejo Directivo Nacional, Abel FERNANDEZ, en su carácter de Vocal Titular del CDN, Flavia FERNANDEZ VERDINELLI, Eduardo LATORRE, Gabriel FLEITAS, Daniel LOPEZ, Miguel SOSA, Matías OLMOS, Ricardo ZURITA y Pedro LEIBKOWIZC; por la otra parte y en representación de la empresa METROVIAS S.A. los señores Nicolás OLIVEIRA, en su carácter de Coordinador General de Recursos Humanos, Juan Martín FIGUEROA, en su carácter de Coordinador Senior de Recursos Humanos, y Fernando TUCAT, en su carácter de Coordinador de Relacionales Laborales, en virtud de la convocatoria efectuada por el sector sindical.

— Iniciada la reunión, el sector sindical expone a continuación los antecedentes que justifican la convocatoria, señalando que existe una serie de reclamos referidos a la Línea "A" que no han sido atendidos hasta el presente con suficiente celeridad y cuyo urgente tratamiento resulta a esta altura impostergable, requiriendo a la parte empresaria que se arbitren sin demoras las soluciones que en cada caso corresponda y todo ello a efectos de evitar una situación que se advierte con potencialidad conflictiva. A esos fines, seguidamente se efectúa un detalle puntual de los reclamos:

1º) Intensificar la fumigación en los distintos sectores de la Línea A.

2º) Incrementar la dotación de peones de limpieza en el horario de la tarde, en seis (6) trabajadores, por considerar que con la dotación actual no se cubren las necesidades.

3º) Incrementar la dotación de personal habilitado para conducir vehículos de vía, tales como zorras, unimogs, etc.

4º) Recategorizaciones de personal actualmente encuadrado en el Nivel IV a niveles superiores, en el sector de servicios de control de pasajes.

5º) Recategorizaciones de personal actualmente encuadrado en el Nivel III a niveles superiores, en el sector de energía (guardia línea de contacto).

6º) Apertura de concurso para cubrir nuevos puestos de Asistente de Productos y Servicios Principal para la Línea A.

7º) Incrementar la dotación actual de boleteros de jornada completa en un (1) trabajador.

8º) Se reitera el reclamo de efectuar la refacción de la boletería de la estación Miserere (Sur).

9º) Se reitera el reclamo de efectuar la refacción del baño utilizado por el personal de boleterías ubicado en la misma estación.

— A continuación, y luego de un prolongado debate sobre el tema, la parte empresaria formula la siguiente propuesta con relación a cada uno de los reclamos efectuados por el sector sindical, como fórmula de resolución de la presente situación conflictiva y a efectos de preservar el marco de relaciones laborales en la empresa, en procura de mantener la Paz Social y la normal prestación del servicio público:

1º) Se procederá a intensificar la fumigación en los distintos sectores de trabajo, mejorando la frecuencia y dosificación de los productos conforme protocolos establecidos por el Departamento de Seguridad e Higiene de la empresa.

2º) Tras un análisis técnico de la dotación actual, y a efectos de reforzar el turno tarde, se incorporará un (1) peón de limpieza en forma inmediata y dos (2) peones de limpieza que actualmente se desempeñan en el turno noche serán transferidos transitoriamente al turno tarde hasta tanto se incorpore un (1) peón más en el plazo estimado de noventa (90) días, en cuyo caso uno (1) de los dos (2) trabajadores mencionados precedentemente retornará a su turno anterior.

3º) Se activarán los procesos administrativos para contar con más personal habilitado, según la necesidad operativa que determinará el sector.

4º) Se convocará un concurso para cubrir cinco (5) vacantes en el Nivel III.

5º) En el plazo de setenta y dos (72) horas y tras la pertinente evaluación técnica del caso, se formulará una propuesta.

6º) Previa evaluación técnica de las necesidades del sector, se convocará un concurso para la cobertura del puesto.

7º) Se procederá a transferir a un (1) boletero que se desempeña actualmente con jornada reducida al régimen de jornada completa.

8º y 9º) Se canalizará a los sectores pertinentes la cuestión a efectos de brindar una respuesta.

En uso de la palabra el sector sindical el mismo manifiesta que acepta a propuesta formulada por la empresa.

En virtud del consenso alcanzado y que se instrumenta en la presente acta, las partes se comprometen a presentarla y ratificarla ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, peticionando su homologación.

De conformidad, se suscriben tres (3) ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.