MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 269/2011
Registros Nº 412/2011 y Nº 413/2011
Bs. As., 11/4/2011
VISTO el Expediente Nº 1.262.345/08 del Registro del MINISTERIC DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre las
empresas ZUCAMOR SOCIEDAD ANONIMA y ZUCAMOR CUYO SOCIEDAD ANONIMA, el
SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL Y CARTON (BUENOS AIRES-ZONA
SUR) y la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL,
CARTON Y QUIMICOS, los que lucen agregados E fojas 2 del expediente Nº
1.425.940/10 agregado como fojas 363 al principal y a fojas 2 del
expediente Nº 1.426.109/10 adunado como fojas 364 al sub examine
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que al respecto es dable destacar que los precitados acuerdos se
suscriben en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº
1113/10 “E”.
Que los mismos acuerdos fueron ratificados debidamente, conforme surge
de las actas de audiencia obrante a fojas 366 y 369 de autos.
Que su ámbito territorial y personal se corresponde con la actividad
principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de
la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada ante este
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos los mentados
acuerdos.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre las
empresas ZUCAMOR SOCIEDAD ANONIMA y ZUCAMOR CUYO SOCIEDAD ANONIMA, el
SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL Y CARTON (BUENOS AIRES-ZONA
SUR) y la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL,
CARTON Y QUIMICOS, el que luce agregado a fojas 2 del expediente Nº
1.425.940/10 agregado como fojas 363 al principal, conforme a lo
dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre las
empresas ZUCAMOR SOCIEDAD ANONIMA y ZUCAMOR CUYO SOCIEDAD ANONIMA, el
SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL Y CARTON (BUENOS AIRES-ZONA
SUR) y la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL,
CARTON Y QUIMICOS, el que luce agregado a fojas 2 del expediente Nº
1.426.109/10 agregado como fojas 364 al principal, conforme a lo
dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre los presentes acuerdos, agregados a
fojas 2 del expediente Nº 1.425.940/10 adunado como fojas 363 al
principal y a fojas 2 del expediente Nº 1.426.109/10 agregado como
fojas 364 al sub examine.
ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 5º — Notifíquese a las partes signatarias
ARTICULO 6º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de los acuerdos homologados y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.262.345/08
Buenos Aires, 13 de abril de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 269/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente 1.425.940/10,
agregado como fojas 363 al expediente de referencia, y el acuerdo de
fojas 2 del expediente 1.426.109/10, agregado como fojas 364, quedando
registrados bajo los números 412/11 y 413/11 respectivamente. — VALERIA
ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de
diciembre de 2010, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo a Nivel Empresa Nº 1113/10 “E” para Zucamor S.A. y
Zucamor Cuyo S.A., Don Blas Alari, José Ramón Luque y Joaquín Humberto
Díaz en representación de la Federación de la Industria del Papel,
Cartón y Químicos, los Sres. Fidel Torres y Sergio Reynoso en
representación del Sindicato Obrero de la Industria del Papel y Cartón,
y el señor Pansini Gabriel en representación de la Comisión de
Relaciones Internas, respectivamente, por una parte, y por la otra
parte, la empresa Zucamor S.A. y Zucamor Cuyo S.A., representada en
este acto el Lic. Sanjiao Emiliano, en su carácter de Jefe de Recursos
Humanos y manifiestan que en revisión conjunta y voluntaria de las
partes, han acordado establecer para todo el personal dentro del
convenio una gratificación especial por única vez, que se hará efectivo
el día 21 de enero de 2011, calculado de la siguiente manera:
1) Cantidad de Horas Standard Mensuales con sus respectivos recargos
(de acuerdo al diagrama de turno) * Valor Hora vigente al mes de
diciembre de 2010.
No habiendo más para tratar, siendo las 11:00 horas se da por cerrada
la reunión, suscribiéndose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, para ser elevado a la autoridad nacional
de aplicación, a los efectos de su homologación.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de
diciembre de 2010, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo a Nivel Empresa Nº 1113/10 “E” para Zucamor S.A. y
Zucamor Cuyo S.A., Don Blas Juan Alari, José Ramón Luque y Joaquín
Humberto Díaz en representación de la Federación de Obreros y Empleados
de la Industria del Papel del Papel, Cartón y Químicos, los Sres. Fidel
Torres y Sergio Reynoso en representación del Sindicato Obrero de la
Industria del Papel y Cartón, y el señor Pansini Gabriel en
representación de la Comisión de Relaciones Internas, respectivamente,
por una parte, y por la otra parte, la empresa Zucamor S.A. y Zucamor
Cuyo S.A., representada en este acto el Lic. Sanjiao Emiliano, en su
carácter de Jefe de Recursos Humanos, acuerdan que la empresa abonará a
cada trabajador una suma fija de carácter no remunerativo y por única
vez de $ 600 (pesos seiscientos) pagadero en un pago el 30 de diciembre
de 2010. Las partes acuerdan reunirse en el mes de enero de 2011 a los
efectos de analizar el incremento de la suma fija acordada en el día de
la fecha.
No habiendo más para tratar, siendo las 11:00 horas se da por cerrada
la reunión, suscribiéndose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, para ser elevado a la autoridad nacional
de aplicación, a los efectos de su homologación.