MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 310/2011
Registro Nº 441/2011
Bs. As., 14/4/2011
VISTO el Expediente Nº 1.328.260/09 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente Nº 1.328.260/09, obra el Acuerdo celebrado
entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, el
SINDICATO REGIONAL DE LUZ Y FUERZA, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE
ZARATE, por la parte sindical y la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, ratificado por ante esta
Cartera de Estado a fojas 13, 16/17 y 24 de autos, en el marco de la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han convenido aprobar el reglamento sobre becas,
actualización de viáticos y demás consideraciones que obran en el texto
al cual se remite.
Que el Acuerdo de marras se ha suscripto en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 51/05 “E”, registrado por
Disposición D.N.R.T. Nº 8/05, modificada por Resolución S.T. Nº 10/11.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la
actividad de la empresa signataria y la representatividad de la parte
sindical firmante, emergente de sus respectivas personerías gremiales.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, el SINDICATO
REGIONAL DE LUZ Y FUERZA, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE ZARATE, por
la parte sindical y la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.328.260/09, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº
1.328.260/09.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 51/05 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5º de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.328.260/09
Buenos Aires, 18 de abril de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 310/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 441/11. — VALERIA
ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
En la ciudad de Buenos Aires a los 25 días del mes de marzo del año
2009 y siendo las 13.00 hs., se constituye la Comisión de Relaciones
Laborales, integrada por LAS PARTES (NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA Y LA FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA Y EL
SINDICATO LUZ Y FUERZA REGIONAL DE VILLA MARIA), en dependencia de la
FATLYF, integrada por el Contador Edgardo Zambrini, a cargo de la
Gerencia de Recursos Humanos, el Dr. Guillermo Marí, el Lic. Fernando
Telleria, el Lic. Carlos Muiño en carácter de Asesor de la misma
Gerencia, en representación de la Empresa NASA, y por la Representación
Gremial, el Subsecretario Gremial de la FATLyF Sr. Santiago Romañach,
juntamente con los representantes del Tribunal Paritario de esa
Federación (Zona Paraná) los Señores Jorge Gatván y Daniel Durán, el
Secretario Gremial del Sindicato Luz y Fuerza Regional Villa María; Sr.
José Vargas y el Sr. Omar Palacio Secretario Secciona Embalse y por el
Sindicato Luz y Fuerza Zárate el Secretario de Organización Sr. Gustavo
Graziano las partes acuerdan:
Becas (Art. 47 CCT): Aprobar el reglamento de becas para trabajadores
encuadrados convencionalmente y consensuado por la Comisión Mixta de
Becas, el cual se adjunta copia.
Asimismo, se conviene la actualización del monto establecido en el
convenio para el referido beneficio en la suma de $ 2.450 (Pesos dos
mil cuatrocientos cincuenta).
Becas (Art. 49 CCT): Acordar la enmienda del Acta de la Comisión Mixta de Becas Nº 4. (inclusión estudios terciarios)
Por último se aprueban los formularios de inscripción para las becas
establecidas en los Arts. 47 y 49 del Convenio Colectivo de Trabajo.
Actualización de viáticos y gastos de sepelio. De acuerdo a lo
solicitado oportunamente por la Organización Gremial, las partes
acuerdan constituir la Comisión para definir la actualización de los
montos de los conceptos indicados. La misma estará integrada por los
Sres. Carlos Muiño y Guillermo Mari por parte de NASA, y por parte de
la Organización Gremial los Sres. Santiago Romañach y José Vargas,
conviniéndose su determinación en el menor tiempo posible.
Paritaria Salarial: De acuerdo a lo solicitado oportunamente por la
Organización Gremial, las partes acuerdan constituir la mesa paritaria
salarial para definir la pauta pertinente. La misma estará integrada
por los Sres. Edgardo Zambrini y Guillermo Marí por parte de NASA, y
por parte de la Organización Gremial los Sres. Santiago Romañach y José
Vargas, resolviéndose además que la adecuación se realizará analizando
la viabilidad de la confección de los nuevos salarios básicos de
convenio. Ambas partes consideran este tema de carácter prioritario;
iniciando en la fecha las conversaciones tendientes a la recomposición
salarial para el presente año.
Ambas partes convienen que en la próxima reunión de CRL se defina el
cronograma de temas, estableciéndose las prioridades de los asuntos a
resolver.
Asimismo, en este acto la Empresa recuerda lo expuesto en la anterior
reunión en cuanto a tomar los recaudos necesarios con el fin de evitar
gastos que no estén estrictamente relacionados con la operación y
mantenimiento de las Plantas; debido a la situación económica que es de
público conocimiento.
Por lo expuesto las partes acuerdan convocar a una nueva reunión de CRL con fecha a definir.
Siendo las 15.30 hs. se firman en el lugar y fecha antes mencionadas, cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.