MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 91/2011
Registro Nº 287/2011
Bs. As., 24/2/2011
VISTO el Expediente Nº 1.412.832/10 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 2/4 del
Expediente Nº 1.412.832/10, suscripto entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO
BUENOS AIRES y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD
ANONIMA - ARSAT, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el Acuerdo de referencia se celebra en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1010/08 “E”, el que fuera suscripto
entre las precitadas partes.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de
la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
procederá a remitir las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del
Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente
Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/4 del
Expediente Nº 1.412.832/10, celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO
BUENOS AIRES y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD
ANONIMA - ARSAT, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación. Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas
2/4 del Expediente Nº 1.412.832/10.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme lo establecido en el artículo 5º de la
Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.412.832/10
Buenos Aires, 28 de febrero de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 91/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 287/11. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación, D.N.R.T.
En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de abril
del año 2010, entre la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES
SOCIEDAD ANONIMA S.A. ARSAT, representada en este acto por el Dr.
NESTOR PABLO TOGNETTI, en su carácter de Presidente del Directorio, con
el patrocinio de la Dra. Joaquina Berraondo, Tº 76 Fº 0925 y FOETRA
SINDICATO BUENOS AIRES, representada en este acto por los Sres. OSVALDO
IADAROLA, CLAUDIO MARIN Y ALEJANDRO TAGLIACOZZO, en sus respectivas
calidades de Secretario General, Secretario Adjunto y Secretario de
Asuntos Profesionales, con el patrocinio del Dr. Gustavo A. Aisin, Tº
67 Fº 304, quienes han arribado al presente acuerdo aplicable al
personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 1010/08 E.
PRIMERO
Otorgar un incremento salarial a partir del 1º de abril del 2010, para
todos los trabajadores de ARSAT S.A. representados por FOETRA SINDICATO
BUENOS AIRES, conforme la nueva escala salarial que se adjunta como
ANEXO I, y forma parte integrante del presente acuerdo, para todas las
categorías convencionales.
SEGUNDO
A partir del 1º de octubre del 2010, se otorga un nuevo incremento
salarial, para todos los trabajadores de ARSAT S.A. representados por
FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, conforme la nueva escala salarial que se
adjunta como ANEXO II, y forma parte integrante del presente acuerdo,
para todas las categorías convencionales.
TERCERO
Las partes declaran que mantienen su plena vigencia todas y cada una de
las cláusulas de la Convención Colectiva de Trabajo 1010/08 homologada
por el MTEySS y que el presente acuerdo tiene validez dentro de todo el
ámbito personal y territorial comprendido en dicha convención
colectiva, como también sobre los que se incorporen en el futuro.
CUARTO
En caso de producirse un desfasaje sustancial en la economía durante el
período que abarca este acuerdo, las partes se reunirán conforme lo han
hecho habitualmente para considerar la situación salarial y establecer
las adecuaciones necesarias.
QUINTO
Las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la pertinente homologación del presente.
Sin más se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.