JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 754/2011
Créase el Programa “Unidad de Software Público”.
Bs. As., 2/9/2011
VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº 0020731/2011 del registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley 25.506, el Decreto Nº 378 del
27 de abril de 2005 y modificatorios y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 378/05 aprueba los Lineamientos Estratégicos que
deberán regir el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y los Planes
Sectoriales de Gobierno Electrónico de los organismos de la
Administración Pública Nacional, cuyo objetivo es promover el empleo
eficiente y coordinado de los recursos de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones para la creación de nuevos y mejores
vínculos entre el Estado Nacional y los habitantes y ciudadanos y para
una mejor gestión de la información pública.
Que a los fines de aprovechar plenamente las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones a fin de potenciar la gestión del
Estado, se requiere de una acción coordinada que involucre a todas las
jurisdicciones del Sector Público Nacional.
Que el Gobierno Nacional, a través de esta Jefatura, ha participado en
numerosos foros internacionales relacionados a la modernización e
incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
en el Estado.
Que entre las mencionadas participaciones se destacan las reuniones
anuales de la “Conferencia Iberoamericana de Ministros de
Administración Pública y Reforma del Estado” en las que se han aprobado
documentos tales como la “Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico”
y el “Modelo Iberoamericano de Software Público para el Gobierno
Electrónico”.
Que la creación del Programa “UNIDAD DE SOFTWARE PUBLICO” se enmarca en
la estrategia general de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de
fortalecer al Estado mediante la innovación e incorporación de nuevas
tecnologías de la información, de cara al Plan Nacional de Gobierno
Electrónico.
Que el Decreto Nº 196/11 modificatorio del Decreto Nº 357/2002, ha
incluido entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE
GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, el de intervenir en la formulación de las políticas de uso
de software en la Administración Pública Nacional y coordinar su
implementación.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud del artículo 103 de la Constitución Nacional y el artículo 8º del Decreto Nº 977/95.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Créase, en la
órbita de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA
DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Programa
“UNIDAD DE SOFTWARE PUBLICO”.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 843/2014 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/10/2014 se transfiere a la órbita de la OFICINA NACIONAL DE
TECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE
GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Programa “UNIDAD DE SOFTWARE
PUBLICO”.)
Art. 2º — El Programa “UNIDAD DE SOFTWARE PUBLICO” tiene como objetivos:
1) Evaluar el software disponible en los organismos de la
Administración Pública Nacional y promover la implementación de
aquellos que cumplan con los estándares propuestos.
2) Proponer las actualizaciones de los estándares sobre tecnologías en
lo referente a la utilización de Software Público y brindar asistencia
técnica a los organismos nacionales, provinciales y municipales, que
así lo requieran.
3) Asesorar a la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION en la
formulación de la normativa de licenciamiento de Software Público.
4) Brindar asesoramiento técnico para la implementación de proyectos de
incorporación de software en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, en los demás poderes del Estado Nacional, en las provincias y
en los municipios que así lo requieran.
5) Generar y mantener un portal con información actualizada sobre
Software Público disponible para su implementación en el ámbito de la
Administración Pública Nacional.
6) Impulsar la celebración de convenios con los organismos y entidades
del Sector Público para la ampliación del Registro Nacional de Software
Público.
7) Implementar acciones de difusión del modelo argentino de Software Público.
Art. 3º — El Programa “UNIDAD
DE SOFTWARE PUBLICO” estará a cargo del titular de la SUBSECRETARIA DE
TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS quien tendrá las siguientes atribuciones:
1) Proponer políticas públicas para impulsar, gestionar y/o coordinar
el proceso de implementación de Software Público en los organismos de
la Administración Pública Nacional, promoviendo la utilización del
software desarrollado por el Estado y para el Estado.
2) Administrar el Registro Nacional de Software Público Argentino.
3) Proponer estándares tecnológicos para el desarrollo, testeo y
producción de sistemas, programas o piezas de software, en el marco de
buenas prácticas técnicas.
4) Promover tareas colaborativas en el desarrollo y/o actualización de
software entre distintas áreas del Estado sea nacional, provincial y/o
municipal.
5) Proponer la designación de un responsable del Programa.
Art. 4º — Créase en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el Registro Nacional
de Software Público Argentino.
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 843/2014 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/10/2014 se establece que el Registro Nacional de Software Público
Argentino, creado por el presente artículo estará a cargo
y será administrado por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE
INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS)
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.