MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 477/2011

Registro Nº 581/2011

Bs. As., 16/5/2011

VISTO el Expediente Nº 1.439.773/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 6 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte gremial y la empresa FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen el otorgamiento de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo, conforme los términos y lineamientos estipulados.

Que el presente resultará aplicable al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1138/10 "E", suscripto por las mismas partes que intervienen en autos.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas en el texto convencional celebrado, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en estos actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 6 del Expediente Nº 1.439.773/11, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 6 del Expediente Nº 1.439.773/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1138/10 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.439.773/11

Buenos Aires, 19 de mayo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 477/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 581/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Lanús, a los 7 días del mes de marzo de 2011, se reúnen: Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A., representada en este acto por el Sr. Julio César Barbosa Vera, apoderado de dicha firma, y por la otra el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) representada en este acto por los Sres.: Mario Manrique, Héctor Chaparro, Ricardo Pignanelli, Gustavo Morán, Francisco Malvaso, Hugo Gaeta, y como Comisión Interna, los Sres. Marco Ojeda, Ricardo Murúa y Diego Díaz, quienes en conjunto acuerdan:

PRIMERO: Las partes acuerdan, sujeto a la homologación del presente acuerdo por parte de la Autoridad Administrativa, el otorgamiento de una suma fija de carácter no remunerativo de $ 850,00 (Pesos Ochocientos cincuenta) con carácter de prestación extraordinaria y por única vez para aquellos empleados incluidos dentro de Convenio Colectivo de Trabajo de Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A.

SEGUNDO: La suma fija establecida en el punto PRIMERO precedente será pagada bajo la siguiente modalidad:

• $ 250,00 (Pesos Doscientos Cincuenta) serán abonados junto con el pago de la 2da. Quincena de marzo 2011.

• $ 200,00 (Pesos Doscientos) serán abonados junto con el pago de la 2da. Quincena de abril 2011.

• $ 200,00 (Pesos Doscientos) serán abonados junto con el pago de la 1ra. Quincena de mayo 2011.

• $ 200,00 (Pesos Doscientos) serán abonados junto con el pago de la 1ra. Quincena de junio 2011.

TERCERO: Este pago extraordinario por única vez importa un esfuerzo económico para la Empresa y genera a la vez, el compromiso de los trabajadores y la representación gremial a contribuir con todas las mejoras referidas a los diferentes procesos de la Producción.

CUARTO: Las partes convienen realizar periódicas reuniones con el objetivo de crear una modalidad de análisis que genere un adicional en la categoría de los trabajadores.

En prueba de conformidad, si firman 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el inicio.