MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 422/2011

Registros Nº 690/2011 y Nº 691/2011

Bs. As., 7/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.135.854/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.424.749/10, agregado como foja 418 del principal, y a fojas 423/428 del Expediente Nº 1.135.854/05 obran dos Acuerdos celebrados entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS BOTONEROS y las empresas, BOTONERA MALAVER SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, BOTONERA LIBERTAD de BATTISTA ALFREDO Y BATTISTA FELIX NORBERTO SOCIEDAD DE HECHO y W. MORRIS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por los acuerdos de marras los agentes negociales señalados han convenido, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 135/90, que regulan la actividad de Botoneros, nuevas condiciones económicas para todos los trabajadores alcanzados, en los conceptos, montos, modalidad de pago y vigencia estipulados en los mismos.

Que es dable indicar en relación con lo pactado que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la coincidencia de la representatividad del grupo de empleadores firmantes con la de la entidad sindical, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS BOTONEROS y las empresas, BOTONERA MALAVER SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL; BOTONERA LIBERTAD de BATTISTA ALFREDO Y BATTISTA FELIX NORBERTO SOCIEDAD DE HECHO y W. MORRIS SOCIEDAD ANONIMA, glosado a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.424.749/10, agregado como foja 418 del Expediente Nº 1.135.854/05.

ARTICULO 2º — Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS BOTONEROS y las empresas, BOTONERA MALAVER SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL; BOTONERA LIBERTAD de BATTISTA ALFREDO Y BATTISTA FELIX NORBERTO SOCIEDAD DE HECHO y W. MORRIS SOCIEDAD ANONIMA, glosado a fojas 423/428 del Expediente Nº 1.135.854/05.

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los dos acuerdos, obrantes a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.424.749/10, agregado como foja 418 del principal, y a fojas 423/428 del Expediente Nº 1.135.854/05.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 135/90.

ARTICULO 6º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.135.854/05

Buenos Aires, 10 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 422/11, se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 1/2 del expediente Nº 1.424.749/10, agregado como foja 418 al expediente principal; y a fojas 423/428 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 690/11 y 691/11 respectivamente. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

General San Martín, 16 de diciembre de 2010.

MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 2
Lic. Marta B. Brisa
S                                        /                                            D

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a la Sra. Secretaria de la Comisión Negociadora, con el objeto de adjuntar el Acta Acuerdo entre las partes Empresarial y Sindical; debidamente firmada por ambas para su homologación.

ACTA ACUERDO

En San Martín, a los 15 días del mes de diciembre de 2010, siendo las 15:00 hs., se reúnen los miembros de la Comisión Paritaria, conforme a lo estipulado en el Acta Acuerdo del 4 de mayo del corriente año, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Acción Social D.N.R.T., de mantenernos en consulta permanente respecto de la relación salarial.

Acto seguido, luego de un intercambio de opiniones entre las partes y cediendo la palabra a la parte empresaria: Botonera Malaver S.A.I.C., Botonera Libertad y W. Morris S.A., expresan un incremento en carácter de no remunerativo de PESOS CIEN ($ 100.-) para los meses de diciembre de 2010, enero, febrero de 2011; y PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150.-) para el mes de marzo y abril de 2011.

Dando por finalizado el acto, siendo las 16:30 hs., se firma al pie de la presente en conformidad.

Expediente Nº 1.135.854/05

En la Ciudad de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil once siendo las 14.30 hs, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL- Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B. BRISA, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS BOTONEROS, comparecen los señores Luis Alberto PERALTA, Secretario General, y Carlos Rodrigo TEJEDA, Secretario Adjunto por la otra parte. Por BOTONERA MALAVER SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL lo hace el señor Miguel Angel GOMEZ. Por BOTONERA LIBERTAD de Alfredo y Félix Norberto BATTISTA Sociedad de Hecho comparece el señor Norberto BATTISTA todos ellos con identidad y representación ya acreditada en autos, siendo miembros paritarios designados mediante Disposición DNRT Nº 127 obrante a fs. 69/71) partes signatarias de la CCT 135/90. Por W. MORRIS SOCIEDAD ANONIMA lo hace el señor Mario Miguel MUELLER en carácter de apoderado, con representación ya acreditada en autos, empresa adherida e incorporada a la CCT Nº 135/90 por formar parte de la actividad, según acuerdo de fs. 285/287.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y habiéndose iniciado la negociación sobre incremento salarial, y teniendo en cuenta lo peticionado por la entidad gremial, la negociación que en forma directa vienen realizando, se requiere a ambas partes manifiesten en consecuencia.

Se deja constancia que la escala salarial anterior es la obrante a fs. 355/360 con vigencia del 1/5/2010 al 1/5/2011.

Acto seguido y luego de un prolongado intercambio de opiniones entre las partes y cedida la palabra la parte EMPRESARIA en conjunto MANIFIESTAN: que ofrecen 1) un incremento sobre básicos de convenio del 10% desde 1/5/2011 al 1/9/2011 y un incremento del 10% desde el 1/9/2011 al 30/11/2011 y un incremento del 5% desde el 1/12/2011 al 30/4/2012. 2) abonar una suma fija mensual no remunerativa de $ 150 (ciento cincuenta) por el término de seis meses, desde el 1/5/2011 al 31/10/2011, pasando la misma a ser remunerativa a partir del 1/11/2011. 3) abonar adicional por antigüedad del 1% sobre el total del salario inicial. 4) abonar premio por asistencia de $ 140 mensuales. La vigencia del presente acuerdo es por el término de un año, a partir del 1 de mayo de 2011.

A continuación la representación GREMIAL EXPRESAN: que aceptan la propuesta empresaria que antecede.

Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

El actuante notifica a las partes que en el plazo de 72 horas deberán presentar las escalas salariales correspondientes al presente acuerdo, firmadas por todas las partes, previo a elevar las actuaciones a la superioridad a fin de considerar la viabilidad de la homologación solicitada. Dando por finalizado el presente acto siendo las 14.20 hs, firmando los comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad por ante mí que así lo certifico.

Gral. San Martín, mayo de 2011

MINISTERIO DE TRABAJO
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 2
Lic. Marta B. Brisa
S                                        /                                            D

REF.: Expediente 1.135.854/05

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a la Sra. Secretaria de la Comisión Negociadora, con el objeto de adjuntar las Escalas Salariales vigentes a partir del 1º de mayo del año en curso, respecto de los meses de mayo, septiembre, noviembre y diciembre de 2011; debidamente firmado por las partes.

ESCALAS SALARIALES LOS TRABAJADORES BOTONEROS, VIGENTES

A PARTIR DEL 1º MAYO DE 2011 AL 30 DE ABRIL DE 2012.-


A partir del 1 de MAYO 2011
Suma No Remunerativa a partir del 1 MAYO 2011 (*)
A partir del 1 SEPTIEMBRE de 2011 (10%)
Suma No Remunerativa a partir de 1 MAYO 2011 (*)
A partir del 1 de NOVIEMBRE de 2011
A partir del 1 de DICIEMBRE de 2011 (5%)
EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS











Inicial$ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2.773,34Mes$ 2.912,01Mes
Al año$ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2. 773,34Mes$ 2.912,01Mes
Especializado$ 2.423,61Mes$ 150,00Mes$ 2.665,97Mes$ 150,00Mes$ 2.815,97Mes$ 2.956.77Mes
MAESTRANZA











Sereno$ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2.773.34Mes$ 2.912.01Mes
Portero$ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150.00Mes$ 2.773,34Mes$ 2.912.01Mes
Chofer y repartidor$ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2.773,34Mes$ 2.912,01Mes
Repartidor $ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Mes$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Cadete$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Mes$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Peón de fábrica$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Mes$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Foquista$ 2.384.86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2.773,34Mes$ 2.912,01Mes
Personal de Maestranza$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Mes$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Controlador$ 12,19Hora$ 150,00Mes$ 13,41Mes$ 150,00Mes$ 14,19Hora$ 14,89Hora
Limpieza de aspiradoras $ 12,19Hora$ 150,00Mes$ 13,41Mes$ 150,00Mes$ 14,19Hora$ 14.89Hora
MANTENIMIENTO











Ayudante mecánico de taller$ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2.773,34Mes$ 2.912,01Mes
Oficial mecánico de taller$ 2.438,52Mes$ 150,00Mes$ 2.682,37Mes$ 150,00Mes$ 2.832,37Mes$ 2.973,99Mes
Mecánico de taller “A”$ 2.510,06Mes$ 150,00Mes$ 2.761,07Mes$ 150,00Mes$ 2.911,07Mes$ 3.056,62Mes
Obrero especializado$ 12,25
$ 150,00Mes$ 13,48Hora$ 150,00Mes$ 14,25Hora$ 14,96Hora
FORMATO DE VIRUTA











Medio oficial de cortado$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de cortado $ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14.76Hora
Medio oficial de grabado$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de grabado$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Medio oficial de piedra$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de piedra$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Medio oficial de sierra$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de sierra $ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Medio oficial de perforado $ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de perforado$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Medio oficial tornero$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial tornero$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Oficial de primera$ 12,55Hora$ 150,00Mes$ 13,81Hora$ 150,00Mes$ 14,58Hora$ 15,31Hora
Medio oficial de máquinas automáticas $ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13.89Hora$ 14,58Hora
Oficial de máquinas automáticas $ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Medio oficial de máquinas semiautomáticas$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de máquinas semiautomáticas$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13.28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Oficial de perforado automático$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Fresador modelista$ 2.480,25Mes$ 150.00Mes$ 2.728,28Mes$ 150,00Mes$ 2.878,28Mes$ 3.022,19Mes
Mecánico automático$ 2.423,61Mes$ 150,00Mes$ 2.665,97Mes$ 150,00Mes$ 2.815,97Mes$ 2.956,77Mes
MAQUINAS DE INYECCION











Medio oficial inyector $ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial inyector$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Operario de molienda$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Encargado de turno$ 2.599,49Mes$ 150,00Mes$ 2.859,44Mes$ 150,00Mes$ 3.009,44Mes$ 3.159,91Mes
Mecánico$ 2.504,10Mes$ 150,00Mes$ 2.754,51Mes$ 150,00Mes$ 2.904.51Mes$ 3.049,73Mes
BOTON DE METAL











Medio oficial$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Operario calificado $ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Oficial mecánico $ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Balancinero $ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Soldador$ 12,13Hora$ 150.00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
BOTON ETC.











Medio oficial de estampado$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de estampado $ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Oficial prensador$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Oficial calandrista$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Oficial Balancinero $ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Oficial formalista$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150.00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Prensa a Gas a mano $ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
SECCION GALVANOPLASTIA











Medio oficial de galvanoplastia $ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de galvanoplastia$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Operario de galvanoplastia$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Operario especializado en galvanoplastia$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Pulido











Medio oficial de pulido a mano $ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de pulido a mano $ 12,25Hora$ 150,00Mes$ 13,48Hora$ 150,00Mes$ 14,25Hora$ 14,96Hora
Medio oficial de lustrado a mano$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de lustrado a mano$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Oficial lavador de botones$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150.00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Medio oficial bulonero $ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2.773,34Mes$ 2.912,01Mes
Oficial bulonero$ 2.423,61Mes$ 150,00Mes$ 2.665,97Mes$ 150,00Mes$ 2.815,97Mes$ 2.956,77Mes
TERMINACION











Medio oficial tintorero$ 2.384,86Mes$ 150,00Mes$ 2.623,34Mes$ 150,00Mes$ 2.773,34Mes$ 2.912,01Mes
Oficial tintorero$ 2.423,61Mes$ 150,00Mes$ 2.665,97Mes$ 150,00Mes$ 2.815,97Mes$ 2.956,77Mes
Oficial pintor$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Oficial estampado lámina $ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
SELECCION











Medio oficial selección a mano$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial selección a mano$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Selección de discos$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Selección de botones a máquina$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13.28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14.76Hora
Costurera o pegadora de botones$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora













DESPACHO











Expedición de botones$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Encargado de expedición$ 2.599,49Mes$ 150,00Mes$ 2.859,44Mes$ 150,00Mes$ 3.009,44Mes$ 3.159.91Mes
PLANTA RESINA











Medio oficial de planta$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial de planta$ 2.599,49Mes$ 150,00Mes$ 2.859,44Mes$ 150,00Mes$ 3.009,44Mes$ 3.159.91Mes
Ayudante$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Peón$ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial auxiliar$ 12,28Hora$ 150,00Mes$ 13,51Hora$ 150,00Mes$ 14,28Hora$ 15,00Hora
Laboratorista$ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Ayudante de expedición $ 12,07Hora$ 150,00Mes$ 13,28Hora$ 150,00Mes$ 14,05Hora$ 14,76Hora
Oficial de expedición $ 12,25Hora$ 150,00Mes$ 13,48Hora$ 150,00Mes$ 14,25Hora$ 14,96Hora
Venta y asesoramiento $ 12,25Hora$ 150,00Mes$ 13,48Hora$ 150,00Mes$ 14,25Hora$ 14,96Hora
Encargado de expedición$ 2.599,49Mes$ 150,00Mes$ 2.859,44Mes$ 150,00Mes$ 3.009,44Mes$ 3.159,91Mes
LABORATORIO DE POLIESTER











Vacitero $ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14.12Hora$ 14,83Hora
Preparador de mezcla $ 12.13Hora$ 150,00Mes$ 13.35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14.83Hora
Balanza$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14.83Hora
Operario de colado $ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Lavador de planchas$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Planchero$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Pileta$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Operador de discos$ 12,19Hora$ 150,00Mes$ 13,41Hora$ 150,00Mes$ 14.19Hora$ 14,89Hora
Zarandeo de discos$ 12,13Hora$ 150,00Mes$ 13,35Hora$ 150,00Mes$ 14,12Hora$ 14,83Hora
Operario de laboratorio$ 12,52Hora$ 150,00Mes$ 13,77Hora$ 150,00Mes$ 14.55Hora$ 15,27Hora
Ayudante químico $ 12,88Hora$ 150,00Mes$ 14,17Hora$ 150,00Mes$ 14,94Hora$ 15,69Hora
Encargado de laboratorio$ 2.599,49Mes$ 150,00Mes$ 2.859,44Mes$ 150,00Mes$ 3.009,44Mes$ 3.159,91Mes
APRENDICES











Inicial $ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Medio oficial $ 11,92Hora$ 150,00Mes$ 13,12Hora$ 150,00Mes$ 13,89Hora$ 14,58Hora
Oficial mantenimiento de edificio $ 12,19Hora$ 150.00Mes$ 13,41Hora$ 150,00Mes$ 14,19Hora$ 14,89Hora
Encargado de fábrica, sección o turno $ 2.599,49Mes$ 150,00Mes$ 2.859,44Mes$ 150,00Mes$ 3.009,44Mes$ 3.159,91Mes
Sub-encargado $ 2.450,44Mes$ 150,00Mes$ 2.695,48Mes$ 150,00Mes$ 2.845,48Mes$ 2.987,76Mes













PREMIO ASISTENCIA (POR MES)$ 140,00Mes

$ 140,00Mes


Mes

ANTIGÜEDAD (1% del Sueldo de la Categoría Inicial por año de Antigüedad)

(*) SUMA FIJA MENSUAL NO REMUNERATIVA DE PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150) POR EL TERMINO DE SEIS (6) MESES, DESDE 1/5/2011 AL 31/10/2011, PASANDO LA MISMA A SER REMUNERATIVA A PARTIR DEL 1/11/2011.