MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 450/2011

Registro Nº 723/2011

Bs. As., 10/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.206.446/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo celebrado entre la empresa MASSALIN PARTICULARES SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el que luce agregado a fojas 187/188 del Expediente Nº 1.206.446/07 conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el mentado Acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 542/08, el que fuera celebrado entre el SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo de marras se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

 ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo entre la empresa MASSALIN PARTICULARES SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 187/188 del Expediente Nº 1.206.446/07, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 187/188 del Expediente Nº 1.206.446/07.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.206.446/07

Buenos Aires, 13 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 450/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 187/188 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 723/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 18 días del mes de mayo de dos mil once, se reúnen Raúl Quiñones Secretario General, Eduardo Varela Secretario Gremial, José Luis Tulumaris Prosecretario Gremial, Oscar Barahona Secretario General Seccional Salta, Héctor Martinez Secretario Gremial Seccional Salta, Antonio Makarchuk, Secretario del Interior, Daniel Azcurra Secretario General Seccional Jujuy y Susana Barraza Delegada del Personal por el Sindicato Unico de Empleados del Tabaco de la República Argentina y Horacio Barroumères, Sebastián Briones y Carlos Suárez por Massalin Particulares S.A. y convienen:

1.- Dentro de las negociaciones paritarias que mantienen las partes, y a modo de inicio de las negociaciones del año dos mil once, el Sindicato Unico de Empleados del Tabaco de la República Argentina y Massalin Particulares S.A. acuerdan un incremento salarial remunerativo del 25% sobre los salarios básicos del mes de diciembre de 2010 para todo el personal de la Nómina Empleados que se desempeña en las plantas de Rosario de Lerma en la Provincia de Salta, La Cocha, en la Provincia de Tucumán y Perico en la Provincia de Jujuy.

Este incremento tendrá vigencia de la siguiente manera:

A partir del 1 de enero de 2011, un 10% sobre los salarios a diciembre de 2010.

A partir del 1 de febrero de 2011, un 5% sobre los salarios a diciembre de 2010.

A partir del 1 de marzo de 2011, un 10% sobre los salarios a diciembre de 2010.

De esta manera, un salario de $ 100 a diciembre 2010 se transformó en $ 110 en enero 2011, $ 115 en febrero de 2011 y $ 125 marzo de 2011.

3.- Ambas partes convienen que se reunirán nuevamente para establecer las pautas de negociación para el cierre del año.

4.- Cualquiera de las partes podrá presentar la presente acta, así como las escalas que la acompañan y que reflejan los incrementos alcanzados, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación.

De conformidad entre las partes y para su fiel cumplimiento se firma el presente acuerdo en el lugar y la fecha arriba indicados.

SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO - MASSALIN PARTICULARES S.A.

Grillas Salariales

RAMA ACOPIO AL 1 DE DICIEMBRE DE 2010

RAMA ACOPIO AL 1 DE ENERO 2011





NivelSalario
Nivel Salario
012.777
01 3.055
023.000
02 3.300
033.181
03 3.499
043.460
04 3.805
053.747
05 4.122
064.106
06 4.517
074.498
07 4.948
084.960
08 5.456
095.481
09 6.029
106.083
10 6.691
117.120
11 7.832
RAMA ACOPIO AL 1 DE MARZO 2011

RAMA ACOPIO AL 1 DE MARZO 2011





Nivel Salario
NivelSalario
01 3.194
013.471
02 3.450
023.750
03 3.659
033.977
04 3.978
044.324
05 4.309
054.684
06 4.722
065.133
07 5.173
075.622
08 5.704
086.200
09 6.303
096.851
10 6.995
107.604
11 8.188
118.900