MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 572/2011
Registro Nº 761/2011
Bs. As., 16/6/2011
VISTO el Expediente Nº 1.427.707/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 y 49 respectivamente del Expediente Nº 1.427.707/11,
obran el Acuerdo y el Acta Complementaria, celebrados entre la UNION
OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.), por la parte
sindical y FINNING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y FINNING SOLUCIONES
MINERAS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresarial, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el Acuerdo de marras, las partes establecen el pago de una
suma no remunerativa, de carácter extraordinario y por única vez a los
trabajadores de las empresas firmantes comprendidos en el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 260/75, en el monto, condiciones, modalidad y
fechas de pago detallados en sus cláusulas.
Que mediante el Acta Complementaria obrante a fojas 49, ratifica el
Acuerdo la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(U.O.M.R.A.).
Que es dable indicar en relación con lo pactado que, tanto el ámbito
personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente
circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los
agentes negociales.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Decláranse homologados el Acuerdo y el Acta
Complementaria obrantes a fojas 1 y 49 respectivamente del Expediente
Nº 1.427.707/11, celebrados entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.) y las empresas FINNING ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA y FINNING SOLUCIONES MINERAS SOCIEDAD ANONIMA,
conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo y Acta
Complementaria, obrantes a fojas 1 y 49 respectivamente del Expediente
Nº 1.427.707/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de
carácter gratuito, del Acuerdo y Acta Complementaria homologados, las
partes deberán proceder de conformidad con lo establecido en el
artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.427.707/11
Buenos Aires, 22 de junio de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 572/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1 y 49 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 761/11. — VALERIA ANDREA
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 17 días del mes de enero
de 2011, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí Dr. Raúl O. FERNANDEZ, Jefe del
Departamento de Relaciones Laborales nro. 3 de la DIRECCION NACIONAL DE
RELACIONES DEL TRABAJO, por una parte las firmas “FINNING ARGENTINA
S.A.” y FINNING SOLUCIONES MINERAS S.A.” con domicilio en la Av.
Córdoba 1351, Piso 11, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en
este acto por el Dr. Ricardo FURFARO, en su carácter de Gerente
Apoderado, asistido por el Dr. Ignacio FUNES DE RIOJA, y constituyendo
domicilio en Avda. Madero 942 Piso 11 de esta Ciudad, y por la otra
UNION OBRERA METALURGICA, SECCIONAL SAN MIGUEL, lo hacen el Sr. Arnoldo
RAMIREZ, Secretario de Organización y los Delegados Claudio José
Antonioi MONTELEONE y Ernesto BRAVO.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, los
comparecientes en el uso de la palabra MANIFIESTAN que han arribado a
un acuerdo que alcanza al personal de la empresa comprendido en el CCT
260/75, ello conforme las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que las partes con carácter extraordinario y por única vez,
han acordado el pago de una suma de naturaleza no remunerativa de $
1.500.- Es condición para el cobro del pago extraordinario encontrarse
trabajando en la empresa en la fecha en que cada pago debe hacerse
efectivo.
SEGUNDO: Dicho pago extraordinario se abonará en tres cuotas mensuales
iguales y consecutivas de $ 500 cada una de ellas. La primera con fecha
31/1/2011, la segunda con fecha 28/2/2011 y la tercera con fecha
31/3/2011.
TERCERO: La suma no remunerativa se abonará en forma proporcional al tiempo trabajado en el mes que corresponda al pago.
CUARTO: El importe se concede a cuenta de futuros aumentos y podrá por
ello ser imputado y absorbido hasta su concurrencia con cualquier
importe remunerativo o no que la UOM y el sector empresario puedan
pactar a nivel de actividad.
QUINTO: Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí que previa lectura y ratificación que certifico.
Expte. 1.427.707/11
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de abril
de 2011, comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, ante mí Dr. Raúl O. FERNANDEZ, Jefe del Departamento de
Relaciones Laborales nro. 3 de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO, el Sr. Antonio CATTANEO, Secretario de Organización de la
UNION OBRERA METALURGICA DE LA R.A., quien por este acto viene a
ratificar el acuerdo obrante a fs. 1 de autos, de fecha 17/1/2011 con
la empresa FINNING ARGENTINA S.A. Y FINNING SOLUCIONES MINERAS S.A.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí que certifico.