MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto 1539/2011
Dase por prorrogada la designación del Director Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Provincias.
Bs. As., 28/9/2011
VISTO el Expediente Nº S02:0003648/2011 del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y Nº 1834 del 30 de noviembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 1834/10 se ha designado transitoriamente, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Lic. D. Emiliano
Carlos RESPIGHI en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION CIVIL
(Nivel A, F.E. I) dependiente de la SECRETARIA DE PROVINCIAS del
MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que resulta necesario prorrogar la mencionada designación transitoria
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, toda vez que aún no se ha
realizado el proceso de selección previsto.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1º
del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
prorrogada, a partir del 30 de enero de 2011 y por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria del Lic. D.
Emiliano Carlos RESPIGHI (D.N.I. Nº 24.805.547), oportunamente
dispuesta por el Decreto Nº 1834 del 30 de noviembre de 2010 en el
cargo de la planta permanente de DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION CIVIL
dependiente de la SECRETARIA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR,
Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva I, autorizándose el
correspondiente pago de la función ejecutiva y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP—, homologado por el
Decreto Nº 2098/08.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el
artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO —SINEP—, homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha consignada en el artículo 1º.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F.
Randazzo.