MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 482/2011

Registro Nº 752/2011

Bs. As., 15/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.449.906/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.449.906/11, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 4, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 “E”, del cual son las mismas partes signatarias, respecto de las tareas desarrolladas por empresas de servicios contratadas por la parte empresaria firmante, conforme surge de los términos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004),

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes poseen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.449.906/11, ratificado a foja 4, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.449.906/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.449.906/11

Buenos Aires, 17 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 482/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 752/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

Fecha 30/05/2011

Presentes por AySA: Carlos Ben, Luis Aversano, Osvaldo Pepe
Presentes SGBATOS: José Luis Lingen, Carlos Ríos, Tomás Vigliotti
Tema: Encuadramiento en el CCT 798/06 “E” del personal de empresas prestadoras de servicios a AySA S.A.

Como consecuencia de la revisión de la aplicación de la Resolución 67 SsRL, del año 2006, referida al encuadramiento de las tareas desarrolladas por empresas de servicios contratadas por AySA, las partes acuerdan lo siguiente.

1. Realizar el análisis detallado del personal comprendido en las empresas contratistas y las tareas desarrolladas por sus trabajadores.

2 Delimitar aquellas tareas propias de nuestra actividad sanitarista, y que a modo referencia! se mencionan las siguientes.

a- Intervención para el mantenimiento, reparación, recambio y/o instalación de la red troncal de agua, de cloaca y tareas accesorias.

b- Intervención para el mantenimiento, reparación, recambio y/o instalación de la red secundaria agua y cloaca (conexiones, válvulas, bocas de registros, elementos, etc.), y tareas accesorias.

c- Intervención para el mantenimiento, reparación, recambio y/o instalación de conexiones domiciliarias cortas o largas a la red secundaria de agua, de cloaca y tareas accesorias.

d- Intervención para el mantenimiento, reparación, recambio y/o instalación de medidores de agua y tareas accesorias, como la lectura de registro de los mismos.

Están excluidas las siguientes tareas:

1. Apertura, relleno, compactación y cierre de terrenos, solados y/o calzadas.

2. Las obras de construcción, acondicionamiento y ampliación de plantas y establecimientos para la producción de agua potable y/o tratamiento de líquidos cloacales.

3. Las obras para la construcción, acondicionamiento y ampliación de edificios para el desarrollo de funciones técnico - administrativas y/o la atención usuarios.

3. Atento a la información presentada por las empresas contratistas, al personal que resulte comprendido en la ejecución de las tareas enunciadas en el punto 2 se les aplicará en lugar de la Res 67/06 SsRL, el Convenio Colectivo de Trabajo 798/06 “E”, en su totalidad, a partir de la homologación de la presente.

4. La partes solicitarán por ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la NACION, la homologación del presente acuerdo.

Sin más, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo el 30 de mayo del año 2011, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.