MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N° 983/2011
Registro Nº 1114/2011
Bs. As., 19/8/2011
VISTO el Expediente Nº 1.429.967/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 68/69 del Expediente Nº 1.429.967/11, obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE
LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la FEDERACION
ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIO FUNEBRE Y AFINES (F.A.D.E.D.S.F. y
A.), por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 534/08, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen
incrementos salariales con vigencia a partir del 1 de julio de 2011.
Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas
insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y
facultades para convencionar colectivamente con las constancias que
obran en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, resulta pertinente que una vez dictado el acto
administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan
estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo,
a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del tope
previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIAnDE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado el SINDICATO
OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por
el sector sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIO
FUNEBRE Y AFINES (F.A.D.E.D.S.F. y A.), por la parte empresaria, que
luce a fojas 68/69 del Expediente Nº 1.429.967/11, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 534/08, conforme con lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 68/69 del
Expediente Nº 1.429.967/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la
guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 534/08.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (Lo. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.429.967/11
Buenos Aires, 24 de agosto de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 983/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 68/69 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1114/11. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
Expediente Nº 1.429.967/11
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes de junio
de 2011, siendo las 15:50 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE
LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domicilio en domicilio
Federico Lacroze 3908, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Sres. Juan
Carlos DI CESARE (DNI 14.284.227), Secretario Adjunto y Salvador
VALENTE (DNI: 18.096.638), Secretario Gremial; y en representación de
la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FUNEBRES Y AFINES,
con domicilio constituido en Avda. Callao 852, 5º Piso, el Dr. Sergio
Arturo RODRIGUEZ ONETO (DNI 8.406.692), en calidad de apoderado,
condición ya acreditada en las presentes actuaciones.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, luego de un intercambio de opiniones, se les solicita
a las partes que manifiesten a continuación.
En uso de la palabra, las partes en forma conjunta y de común acuerdo
manifiestan que han arribado a un acuerdo, el cual transcriben a
continuación:
1. Acuerdan incrementar los salarios de los trabajadores comprendidos
en el Nº 534/08 conforme se detalla en anexo que se adjunta como parte
integrante del presente.
2. La vigencia del mismo será a partir del 1º de julio de 2011.
Asimismo, las partes se comprometen a reunirse en el mes de septiembre
a fin de evaluar la situación económica del CCT.
3. Por último, solicitan la homologación del presente acuerdo.
En este estado, y no siendo para más a las 16.20 horas, se da por
finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.