MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Decisión Administrativa 1107/2011
Autorízase el incremento de cargos en el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas.
Bs. As., 26/10/2011
VISTO el Decreto Ley Nº 20.464 y sus modificatorios, la Ley Nº 26.546
del Presupuesto General de la Administración Nacional prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054
ambos del 22 de diciembre de 2010, el Expediente Nº 1650/11 del
registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
(CONICET) organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto-Ley Nº 20.464/73 se aprobó el Estatuto que
rige los derechos, deberes y responsabilidades de las Carreras del
“Investigador Científico y Tecnológico” y del Personal de Apoyo a la
“Investigación y Desarrollo”.
Que el Programa de Jerarquización de la Actividad Científica y
Tecnológica abrió una nueva etapa en la marcha hacia el reconocimiento
del efectivo papel protagónico de la ciencia y tecnología como agentes
impulsores del desarrollo nacional, contemplando retener a los
profesionales de la investigación como así también acrecentar los
planteles del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS (CONICET), como un modo de crear nuevas reservas de
investigadores y de disminuir la edad promedio de los profesionales del
Organismo.
Que la formación de los recursos humanos constituye uno de los
objetivos prioritarios del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET).
Que a fin de dar continuidad al citado Programa de Jerarquización y
revitalizar el sistema científico-técnico nacional, es imprescindible
incrementar SEISCIENTOS CINCUENTA (650) cargos correspondientes a las
Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y Personal de Apoyo
a la Investigación y Desarrollo.
Que a la fecha el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS (CONICET) está en condiciones de atender el gasto emergente
del impacto en el ejercicio 2011 de la presente medida, mediante
modificaciones presupuestarias por compensación entre partidas.
Que el Artículo 6º de la citada Ley Nº 26.546 faculta al señor Jefe de
Gabinete de Ministros a acordar excepciones al incremento de cargos
para los agentes de la Carrera del Investigador Científico y
Tecnológico que completen cursos de capacitación específicos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los Artículos 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 6º de la
Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y
complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Autorízase como
excepción al Artículo 6º de la citada Ley Nº 26.546, el incremento de
un total de SEISCIENTOS CINCUENTA (650) cargos al CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) organismo
descentralizado, dependiente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E
INNOVACION PRODUCTIVA, en las Carreras del Investigador Científico y
Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo del
Programa 16 - Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y
Tecnológica, de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 2º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — José L. S. Barañao.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º
JURISDICCION: 71 — MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
ENTIDAD: 103 — CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
Programa 16 — Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y Tecnológica
CARGO
O CATEGORIA
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CANTIDAD
DE CARGOS
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PERSONAL PERMANENTE
PERSONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
Investigador
Adjunto
|
190
|
Investigador
Asistente
|
460
|
Subtotal
Escalafón
|
650
|
TOTAL
PROGRAMA
|
650
|