INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 2688/2011

Bs. As., 25/10/2011

VISTO el Expediente Nº 2721/2011/INCAA y la Resolución Nº 1665/2011/INCAA y;

CONSIDERANDO:

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN en adelante UNSAM firmó un nuevo Convenio de Cooperación con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en adelante INCAA, con fecha 30 de junio de 2011, a los fines que el INCAA organice el llamado a concursos de alcance federal correspondiente a la nueva edición del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten, será responsabilidad del INCAA.

Que por la Resolución Nº 1665/2011/INCAA se llama a Concurso para la producción de VEINTICUATRO (24) UNITARIOS DOCUMENTALES, de VEINTISEIS (26) minutos cada unitario, a razón de UN (1) UNITARIO DOCUMENTAL por provincia y UNO (1) por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse cada uno de ellos con un presupuesto total de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000.-) en un plazo máximo de NOVENTA (90) días corridos con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional, y que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino, en adelante BACUA administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

Que es necesario un Reglamento de Funcionamiento para los jurados del mencionado Concurso a fin de poder desarrollar sus actividades en el marco de un reglamento válido.

Que dicho concurso se encuentra dentro de la órbita de la UNIDAD de Fomento a la Producción de Contenidos para la TV, Internet y Videojuegos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto Nº 1248/01).

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprúebese el Reglamento de Funcionamiento de los jurados del llamado a “Concurso NOSOTROS (UNITARIO DOCUMENTAL) Segunda edición” por Resolución Nº 1665/2011/INCAA que se adjunta a la presente como ANEXO I y II.

ARTICULO 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección nacional del Registro Oficial y Archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I

CAPITULO I

ETAPAS DE EVALUACION DE LOS JURADOS

ARTICULO 1º.- Vencido el plazo fijado para las presentaciones de los proyectos en el llamado a Concurso NOSOTROS (UNITARIO DOCUMENTAL), y una vez que la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES juntamente con el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T hayan designado a los miembros del Jurado. Estos celebrarán las reuniones que se establecen siguiendo lo articulado en el presente reglamento para la selección final de los proyectos ganadores y suplentes.

ARTICULO 2º.- El Jurado interviniente recibirá por parte del Equipo de Trabajo del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales en adelante EL PLAN:

a) Bases del Llamado a Concurso.

b) Nómina de los Proyectos inscriptos en el Concurso con el nombre y apellido del presentante.

c) Reglamento del Procedimiento que debe cumplir el Jurado.

d) La designación del Jurado interviniente.

e) Planilla con los datos para contacto de los miembros de cada integrante del Jurado y los del Coordinador a cargo del mismo para facilitar la comunicación.

ARTICULO 3º.- EL PLAN convocará a la primera reunión, en la cual:

a) Se realizará la presentación formal de cada uno de los integrantes del Jurado.

b) Se establecerán dos equipos de trabajo que atenderán equitativamente las seis (6) Regiones del país. El Jurado Nº 1 evaluará las Regiones: Centro Metropolitano y Nuevo Cuyo. El Jurado Nº 2 evaluará las Regiones: CENTRO NORTE, Noreste (NEA), Noroeste (NOA) Y PATAGONIA.

c) Se establecerá el cronograma de trabajo indicando etapas parciales, reuniones presenciales y fecha de entrega de las evaluaciones definitivas.

d) Se expondrá la metodología de evaluación fijada en el ANEXO I de la presente Resolución y demás consideraciones a tener en cuenta en el proceso evaluatorio.

e) Se fijará la metodología de recepción, por parte de cada uno de los jurados, de los Proyectos admitidos por el equipo de trabajo del PLAN.

ARTICULO 4º.- El equipo de trabajo del PLAN, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos fijados en las bases del concurso, formalizará la admisión administrativa de cada uno de los proyectos, los que remitirá a los jurados designados según lo acordado en el punto e) del artículo precedente. No obstante ello los Jurados intervinientes en el Concurso podrán realizar consultas de orden jurídico a través del PLAN, para ello elaborarán un acta, la que tendrá que ser refrendada por todos los miembros del Jurado en pleno.

ARTICULO 5º.- En la fecha pautada en la primera reunión los miembros de cada uno de los Jurados deberá remitir al PLAN la Planilla de Evaluación completa de cada uno de los Proyectos recibidos la que obra como ANEXO I de la presente.

EL PLAN procesará los datos recibidos por cada miembro del Jurado de lo que resultará:

a) El Jurado Nº 1 preseleccionará hasta CINCO (5) proyectos de UNITARIOS DOCUMENTALES para televisión digital por cada una de las provincias del país que conforman las Regiones CENTRO METROPOLITANO, NOROESTE Y PATAGONIA y hasta CINCO (5) proyectos por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Jurado Nº 2 preseleccionará hasta CINCO (5) proyectos de UNITARIOS DOCUMENTALES para televisión digital por cada una de las provincias del país que conforman las Regiones CENTRO NORTE, NORESTE y NUEVO CUYO a los efectos de participar de una instancia de Coloquio para la defensa de los Proyectos. Los mismos se realizarán en cada una de las regiones, en sedes a confirmar. El Jurado Nº 1 se dividirá en TRES (3) duplas para llevar adelante los coloquios, la dupla A realizará los coloquios de los Proyectos preseleccionados de la Región CENTRO METROPOLITANO, la dupla B de la Región NOROESTE y la dupla C de la Región PATAGONIA. El Jurado Nº 2 realizará lo mismo siendo que la dupla D realizará los coloquios correspondientes a los proyectos preseleccionados de la Región CENTRO NORTE, la dupla E de la Región NORESTE y la dupla F de la Región NUEVO CUYO.

ARTICULO 6º.- El Jurado interviniente podrá declarar desierta de forma total o parcial la convocatoria en alguna Región o provincia, siendo el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales conjuntamente con el Consejo Asesor del SATVD-T, quienes decidan si se llama a una nueva convocatoria en la Región que haya ocurrido la vacancia o si se reasigna el premio a alguna otra Región o Provincia.

ARTICULO 7º.- Una vez finalizada la etapa de preselección el Jurado deberá reunirse de forma presencial a los efectos de:

a) Notificarse y Rubricar el Acta de designación de los proyectos preseleccionados.

b) Realizar un informe conjunto de cada uno de los Proyectos preseleccionados donde se fundamente y especifique de forma clara y precisa las principales debilidades y falencias que presentan los citados Proyectos.

c) Dividirse en dos equipos que llevarán adelante cada uno de los coloquios en las Regiones que le competen a cada Jurado, a saber:

Jurado 1

Centro Metropolitano.

Nuevo Cuyo.

Jurado 2

Centro Norte.

Noreste (NEA)

Noroeste (NOA)

Patagonia

ARTICULO 8º.- Concluida la etapa de Coloquios el Jurado deberá reunirse nuevamente y tratar por segunda vez los proyectos preseleccionados conjuntamente con las impresiones recabadas en las instancia de Coloquio. De esa reunión, los jurados 1 y 2 del Concurso NOSOTROS, deberán exponer:

a) En orden de prelación los proyectos seleccionados como ganadores y suplentes mencionando el nombre del Proyecto, el nombre y apellido del presentante; no podrán seleccionar un número mayor de ganadores y suplentes que el preestablecido en el llamado a Concurso que hayan evaluado, a menos que se establezca una modificación en la Reglamentación. Asimismo podrán dejar premios desiertos si así lo consideran, fundamentando esta decisión, en cuyo caso no habrá proyectos suplentes.

ARTICULO 9º.- Los Jurados del presente Concurso tendrán que cumplir con las reuniones de las etapas dispuestas en los artículos anteriores, pero eso no obsta que los mismos lleven a cabo tantas reuniones como crean convenientes para la evaluación y selección de los proyectos.

CAPITULO II: DE LAS FORMALIDADES DE LAS REUNIONES Y ACTAS

ARTICULO 10º.- EL PLAN podrá proponer el encabezamiento de las distintas actas a realizarse. Las actas a labrar por los Jurados intervinientes en el Concurso deberán contener:

a) Número de acta.

b) Numeración de cada hoja del acta.

c) Serán escritas en el anverso y reverso de cada hoja.

d) No podrán contener tachaduras ni enmiendas.

e) Deberán ser refrendadas con la asistencia de sus miembros en pleno con su firma y aclaración al pie del mismo.

f) En caso de que las actas contengan más de una hoja deberán ser inicialadas en el margen izquierdo de las mismas por todos los integrantes.

ARTICULO 11º.- Los miembros de los Jurados intervinientes en el Concurso deberán excusarse de dar tratamiento a un proyecto en particular por las causales que enumera el Artículo Nº 17º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En el caso que se cumpliera lo mencionado se deberá labrar un acta por separado dejando constancia del miembro que se excusa, mencionando el proyecto al que no podrá dar tratamiento, y la misma deberá estar refrendada por todos los miembros del Jurado interviniente.

ARTICULO 12º.- EL PLAN verificará los datos consignados en cada una de las actas producidas por los Jurados, y en caso de observarse errores materiales, los Jurados deberán labrar un nuevo acta aclaratoria sobre el error material observado.

ARTICULO 13º.- Todas las decisiones que se tomen en el seno de los Jurados intervinientes deberán realizarse por mayoría simple con la asistencia en pleno del Jurado del Concurso. Dichas decisiones serán consideradas irrecurribles en cualquier instancia.

ARTICULO 14º.- En el caso que un miembro de un Jurado designado no pueda seguir en sus funciones o desista de ser parte del mismo, se nombrará un nuevo integrante para completar el número de miembros preestablecido en el llamado a Concurso.
Nº DE REGISTRO DEL PROYECTO:
TITULO:
NOMBRE Y APELLIDO DEL EVALUADOR:
CONSIDERACIONESPUNTAJEREFERENCIA
INTERES DE LA HISTORIA
(máx. 15)
ORIGINALIDAD DEL PROYECTO
(máx. 10)
INVESTIGACION - PROYECCION DE GUION
(máx. 20)
TRATAMIENTO - VALORES TECNICOS
(máx. 15)
TRATAMIENTO - VALORES ARTISTICOS
(máx. 15)
APORTE DE LA OBRA AL DESARROLLO AUDIOVISUAL EN LA REGION
(máx. 15)
VIABILIDAD DEL PLAN DE PRODUCCION Y RODAJE
(máx. 10)
PUNTAJE TOTAL0