MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 578/2011

Registro N° 1129/2011

Bs. As., 24/8/2011

VISTO el Expediente N° 1.431.069/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 29 del Expediente N° 1.431.069/11 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES y la firma ALCLA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA, ratificado a foja 33, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo las partes convienen el pago de sumas retroactivas relacionadas con el lavado de uniformes, conforme surge de los términos del texto pactado.

Que en relación al listado de personal obrante a fojas 30/32 de autos, se advierte que el mismo no resulta materia de registración. En este orden de ideas, Ramírez Bosco ha dicho “...EI convenio es colectivo cuando sus partes no son individuos sino colectividades de individuos... es una pluralidad de individuos colectivamente considerada y, lo que es más relevante, subjetivamente no identificado ni identificable (cada individuo) sino en cuanto entre a formar parte de la colectividad...” (Ramírez Bosco, Luis, Convenciones Colectivas de Trabajo, Edit. Hammurabi, 1985, págs.15 y 55).

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el Acuerdo en todos sus términos.

Que el ámbito territorial y personal de aplicación del Acuerdo se circunscribe a la coincidencia de la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe señalar que atento al tenor del mismo procede su registro como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto N° 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárase registrado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES y la firma ALCLA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA, obrante a FOJA 29 del Expediente N° 1.431.069/11, ratificado a foja 33, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 29 del Expediente N° 1.431.069/11.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.431.069/11

Buenos Aires, 29 de agosto de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 578/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a foja 29, ratificado a foja 33 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1129/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de junio de 2011, entre el señor Javier Nicolás Pokoik García (DNI) 21.656.727, en su carácter de Secretario Gremial y de Organización de ATSA Buenos Aires, por una parte, y por la otra ALCLA SACIFIyA representada en este acto por el señor Alberto Claudio Vallega DNI 10.424.563 en su carácter de Vicepresidente, convienen celebrar un acuerdo que pondrá fin al reclamo de los trabajadores relacionado con el lavado de uniformes:

PRIMERO: Se pagará retroactivamente, desde el mes de junio de 2008 a junio 2010 a los empleados cuya nómina y en los importes que en Anexo I se adjunta a la presente en 5 fojas.

SEGUNDO: El importe total que figura para cada uno de los empleados en el Anexo I será abonado por tercios, ello durante la segunda quincena de los meses de mayo, agosto y septiembre de 2011, previa conformidad de la comisión interna y homologación por parte del MTSS.
Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Expediente N° 1.431.069/11

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 15 días del mes de junio de de 2011, siendo las 15.30 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí Dr. Adalberto Vicente Dias Secretario del Departamento de Relaciones Laborales N° 1 de la Dirección Nacional de Negociación Colectiva, Hugo José BURGUEÑO en representación de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (A.T.S.A.), por una parte y por la otra el Dr. Leandro Marcos ABIUSSO con D.N.I. 17.441.978 en su carácter de apoderado, manteniendo el domicilio constituido en calle Sarmiento N° 944 Piso 12 de la C.A.B.A. (T.E. 4326-0708) en representación de ALCLA S.A.C.I.F.I. y A.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante cedida la palabra a las partes manifiestan que venimos a ratificar en todos sus términos el acuerdo que se adjunta en este acto a las presentes actuaciones, el cual consta de 4 fojas, solicitando se proceda a su pronta homologación.

Sin más siendo las 15.30 horas se da por finalizado el acto firmando las partes ante mí que certifico.