INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 2745/2011
Bs. As., 1/11/2011
VISTO el Expediente Nº 2720/2011, y la Resolución Nº 1502/2011/INCAA y;
CONSIDERANDO:
Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN en adelante UNSAM firmó un
nuevo Convenio de Cooperación con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES en adelante INCAA, con fecha 30 de junio de 2011, a los
fines que el INCAA organice el llamado a concursos de alcance federal
correspondiente a la nueva edición del Plan Operativo de Promoción y
Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales.
Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten será responsabilidad del INCAA.
Que por la Resolución Nº 1502/2011/INCAA se llama a Concurso para la
producción de DIECIOCHO (18) SERIES DE DOCUMENTALES FEDERALES, de
CUATRO (4) capítulos cada serie, de VEINTISEIS (26) minutos cada
capítulo, a realizarse con un presupuesto total de PESOS TRESCIENTOS
MIL ($ 300.000.-) en un plazo máximo de CIENTO VEINTE (120) días
corridos con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de
identidad nacional, provincial y regional, y que integren el Banco
Audiovisual de Contenidos Universales Argentino, en adelante BACUA
administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.
Que es necesario un Reglamento de Funcionamiento para los jurados del
mencionado Concurso a fin de poder desarrollar sus actividades en el
marco de un reglamento válido.
Que dicho concurso se encuentra dentro de la órbita del Plan Operativo
de Promoción y omento de Contenidos Audiovisuales Digitales.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la
Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto Nº 1248/01).
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Aprúebese el Reglamento de Funcionamiento de los jurados
del llamado a “Concurso Series de Documental Federal. Segunda edición”
por Resolución Nº 1502/2011/INCAA que se adjunta a la presente como
ANEXO I y II.
ARTICULO 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I
CAPITULO I
ETAPAS DE EVALUACION DE LOS JURADOS
ARTICULO 1º — Vencido el plazo fijado para las presentaciones de los
proyectos en el llamados a Concurso “Series de Documental Federal”, y
una vez que la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES juntamente con el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T hayan
designado a los miembros del Jurado. Estos celebrarán las reuniones que
se establecen siguiendo lo articulado en el presente reglamento para la
selección final de los proyectos ganadores y suplentes.
ARTICULO 2º — El Jurado interviniente recibirá por parte del Equipo de
Trabajo del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos
Audiovisuales Digitales en adelante EL PLAN:
a) Bases del Llamado a Concurso.
b) Nómina de los Proyectos inscriptos en el Concurso con el nombre y apellido del presentante.
c) Reglamento del Procedimiento que debe cumplir el Jurado.
d) La designación del Jurado interviniente.
e) Planilla con los datos para contacto de los miembros de cada
integrante del Jurado y los del Coordinador a cargo del mismo para
facilitar la comunicación.
ARTICULO 3º — EL PLAN convocará a la primera reunión, en la cual:
a) Se realizará la presentación formal de cada uno de los integrantes del Jurado.
b) Se establecerán equipos de trabajo que atenderán equitativamente las SEIS (6) Regiones del país.
c) Se establecerá el cronograma de trabajo indicando etapas parciales,
reuniones presenciales y fecha de entrega de las evaluaciones
definitivas.
d) Se expondrá la metodología de evaluación fijada en el ANEXO I de la
presente Resolución y demás consideraciones a tener en cuenta en el
proceso evaluatorio.
e) Se fijará la metodología de recepción, por parte de cada uno de los
jurados, de los Proyectos admitidos por el equipo de trabajo del PLAN.
ARTICULO 4º — El equipo de trabajo del PLAN, una vez verificado el
cumplimiento de los requisitos fijados en las bases del concurso,
formalizará la admisión administrativa de cada uno de los proyectos,
los que remitirá a los jurados designados según lo acordado en el punto
e) del artículo precedente. No obstante ello los Jurados intervinientes
en el Concurso podrán realizar consultas de orden jurídico a través del
PLAN, para ello elaborarán un acta, la que tendrá que ser refrendada
por todos los miembros del Jurado en pleno.
ARTICULO 5º — En la fecha pautada en la primera reunión los miembros de
cada uno de los Jurados deberá remitir al PLAN la Planilla de
Evaluación completa de cada uno de los Proyectos recibidos la que obra
como ANEXO I de la presente.
EL PLAN procesará los datos recibidos por cada miembro del Jurado de lo que resultará:
a) El jurado preseleccionará SEIS (6) proyectos de SERIES DE
DOCUMENTALES FEDERALES para televisión digital por cada una de las
regiones del país a los efectos de participar de una instancia de
taller para el fortalecimiento de las propuestas. Los mismos se
realizarán en cada una de las regiones, en sedes a confirmar. El INCAA
designará un equipo capacitador integrado por especialistas en las
áreas de GUION, DIRECCION y PRODUCCION, que representen una estructura
federal, todo ello con el objeto de atender las necesidades específicas
de producción de las áreas geográficas correspondientes.
ARTICULO 6º — El Jurado podrá declarar desierta de forma total o
parcial la convocatoria en alguna Región o provincia, siendo el INCAA
conjuntamente con el Consejo Asesor del SATVD-T, quienes decidan si se
llama a una nueva convocatoria en la Región que haya ocurrido la
vacancia o si se reasigna el premio a alguna otra Región o Provincia.
ARTICULO 7º — Una vez finalizada la etapa de preselección el Jurado
procederá a la designación definitiva de los ganadores y suplentes.
ARTICULO 8º — Los Jurados del presente Concurso tendrán que cumplir con
las reuniones de las etapas dispuestas en los artículos anteriores,
pero eso no obsta que los mismos lleven a cabo tantas reuniones como
crean convenientes para la evaluación y selección de los proyectos.
CAPITULO II: DE LAS FORMALIDADES DE LAS REUNIONES Y ACTAS
ARTICULO 9º — EL PLAN podrá proponer el encabezamiento de las distintas
actas a realizarse. Las actas a labrar por los Jurados intervinientes
en el Concurso deberán contener:
a) Número de acta.
b) Numeración de cada hoja del acta.
c) Serán escritas en el anverso y reverso de cada hoja.
d) No podrán contener tachaduras ni enmiendas.
e) Deberán ser refrendadas con la asistencia de sus miembros en pleno con su firma y aclaración al pie del mismo.
f) En caso de que las actas contengan más de una hoja deberán ser
inicialadas en el margen izquierdo de las mismas por todos los
integrantes.
ARTICULO 10. — Los miembros de los Jurados intervinientes en el
Concurso deberán excusarse de dar tratamiento a un proyecto en
particular por las causales que enumera el Artículo Nº 17º del Código
Procesal, Civil y Comercial de la Nación. En el caso que se cumpliera
lo mencionado se deberá labrar un acta por separado dejando constancia
del miembro que se excusa, mencionando el proyecto al que no podrá dar
tratamiento, y la misma deberá estar refrendada por todos los miembros
del Jurado interviniente.
ARTICULO 11. — EL PLAN verificará los datos consignados en cada una de
las actas producidas por los Jurados, y en caso de observarse errores
materiales, los Jurados deberán labrar un nuevo acta aclaratoria sobre
el error material observado.
ARTICULO 13. — Todas las decisiones que se tomen en el seno de los
Jurados intervinientes deberán realizarse por mayoría simple con la
asistencia en pleno del Jurado del Concurso. Dichas decisiones serán
consideradas irrecurribles en cualquier instancia.
ARTICULO 12. — En el caso que un miembro de un Jurado designado no
pueda seguir en sus funciones o desista de ser parte del mismo, se
nombrará un nuevo integrante para completar el número de miembros
preestablecido en el llamado a Concurso.
CAPITULO III: NORMAS TRANSITORIAS
ARTICULO 13. — El presente reglamento será de aplicación al Concurso Series de Documental Federal.
ANEXO II
PLANILLA DE EVALUACION DEL CONCURSO SERIES DE DOCUMENTAL FEDERAL
1. IDENTIFICACION DEL PROYECTO
e.04/11/2011 N° 145061/11 v. 04/11/2011