MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 603/2011


Tope Nº 282/2011


Bs. As., 21/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.394.892/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 995 del 23 de julio de 2010 y Nº 408 del 6 de mayo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 vuelta y 4 del Expediente Nº 1.394.892/10 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa TRANSPORTE PERSONAL SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), aplicables exclusivamente al personal que cumple funciones correspondientes al servicio privado de transporte de pasajeros.

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 995/10 y registrado bajo el Nº 1038/10, conforme surge de fojas 44/46 y 49, respectivamente.

Que a fojas 71/72 del Expediente Nº 1.394.892/10 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa TRANSPORTE PERSONAL SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), aplicables exclusivamente al personal que cumple funciones correspondientes al servicio privado de transporte de pasajeros.

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 408/11 y registrado bajo el Nº 519/11, conforme surge de fojas 83/85 y 88, respectivamente.

Que a dichos acuerdos adhieren las empresas ALTO NIVEL ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA y G&M TRANSFERS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal los topes indemnizatorios que se fijan por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 98/107 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de las bases promedio mensuales y de los topes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta Instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 995 del 23 de julio de 2010 y registrado bajo el Nº 1038/10 suscripto entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa TRANSPORTE PERSONAL SOCIEDAD ANONIMA, al que adhieren ALTA NIVEL ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA y G&M TRANSFERS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para los trabajadores dependientes de estas firmas, que cumplen funciones correspondientes al servicio privado de transporte de pasajeros, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 408 del 6 de mayo de 2011 y registrado bajo el Nº 519/11 suscripto entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa TRANSPORTE PERSONAL SOCIEDAD ANONIMA, al que adhieren ALTA NIVEL ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA y G&M TRANSFERS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para los trabajadores dependientes de estas firmas, que cumplen funciones correspondientes al servicio privado de transporte de pasajeros, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte Integrante de la presente.

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por este acto.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I

Expediente Nº 1.394.892/10

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR
C/
TRANSPORTE PERSONAL SOCIEDAD ANONIMA

Adhieren
ALTO NIVEL ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA G&M TRANSFERS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Acuerdo Nº 1038/10 - Servicio Privado
01/07/2010

01/10/2010

01/11/2010

01/12/2010
$ 2.645,00

$ 2.702,00

$ 2.760,00

$ 2.817,50
$ 7.935,00

$ 8.106,00

$ 8.280,00

$ 8.452,50

ANEXO II

Expediente Nº 1.394.892/10

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR
C/
TRANSPORTE PERSONAL SOCIEDAD ANONIMA

Adhieren
ALTO NIVEL ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA
G&M TRANSFERS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Acuerdo Nº 519/11 - Servicio Privado


01/03/2011

01/07/2011

01/11/2011

01/01/2012
$ 3.310,00

$ 3.512,00

$ 3.714,00

$ 3.808,00
$ 9.930,00

$ 10.536,00

$ 11.142,00

$ 11.424,00

Expediente Nº 1.394.892/10

Buenos Aires, 23 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 603/11, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 282/11 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.