MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1217/2011

Registro Nº 1300/2011

Bs. As., 16/9/2011

VISTO el Expediente Nº 1.450.891/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 10 del Expediente Nº 1.450.891/11 obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES y la empresa ALIMENTOS MODERNOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada en autos y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES y la empresa ALIMENTOS MODERNOS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 10 del Expediente Nº 1.450.891/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 10, del Expediente Nº 1.450.891/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad con lo establecido en el artículo 245º de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.450.891/11

Buenos Aires, 20 de septiembre de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1217/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 10 del expediente principal, quedando registrado bajo el número 1300/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de mayo de 2011 entre Francisco Varela Lema, DNI Nº 93.706.457, Esteban Javier Pelozo, DNI Nº 25.868.305, Primo Villalba y Lidia Crespo en representación del Sindicato de Trabajadores de Industrias de la Alimentación, Filial Buenos Aires y Liliana Cecilia Segade, DNI Nº 22.782.922, en representación de la empresa ALIMENTOS MODERNOS S.A., se ha arribado al siguiente acuerdo:

PRIMERO: Las partes acuerdan que la empresa otorgará un incremento al personal comprendido en el CCT 244 que se desempeña bajo sistema de trabajo por equipos en turnos rotativos en jornada completa, en el concepto de monto adicional por rotación.

SEGUNDO: Las partes acuerdan que el pago aludido se determina en la suma de $ 1.100 (Pesos mil cien) mensuales, a partir de la remuneración devengada en el mes de abril de 2011.

TERCERO: El adicional otorgado por la empresa se ajustará anualmente de acuerdo al resultado de la negociación paritaria que se formalice cada año entre el Sindicato y las empresas del sector.

CUARTO: Las partes acuerdan que, de manera extraordinaria y por única vez, la empresa abonará el ajuste anual que corresponda por el resultado de la negociación paritaria actualmente en curso, una vez que se arribe a un acuerdo convencional de actividad, de la siguiente manera: (i) el 50% del incremento que se establezca en dicho acuerdo convencional, a partir del mes de mayo de 2011; y (ii) el 50% restante del incremento anual que se establezca, a partir del mes de septiembre de 2011.

QUINTO: Las partes someterán el presente acuerdo a homologación por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación.

Se firman tres ejemplares de idéntico tenor y a un mismo efecto.