MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1420/2011
Registro Nº 1486/2011
Bs. As., 19/10/2011
VISTO el Expediente Nº 1.449.291/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD OCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente Nº 1.449.291/11, obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA
ENERGIA ELECTRICA y la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, ratificado a fojas 8 y 9, conforme con lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen el pago de
una bonificación de carácter excepcional y transitorio, conforme con
los términos y condiciones del texto pactado.
Que cabe señalar que las partes son suscriptoras del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 692/05 “E”.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acredita los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acredita la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA
ELECTRICA y la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que
luce a foja 2 del Expediente Nº 1.449.291/11, ratificado a fojas 8 y 9,
conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presenta Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 2
del Expediente Nº 1.449.291/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 692/05 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.449.291/11
Buenos Aires, 24 de octubre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1420/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1486/11. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
A los 5 días del mes de mayo del año 2011 entre la Empresa
Nucleoeléctrica Argentina S.A. (N.A.S.A), con domicilio en Arribeños
3619 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “LA EMPRESA”
representada por el Dr. Guillermo Marí, Lic. Fernando Tellería y Lic.
Carlos Muiño y por parte de la Asociación de Profesionales
Universitarios del Agua y la Energía Eléctrica (APUAYE) –Personería
Gremial 698 con domicilio en Reconquista 1048 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en adelante LA ASOCIACION, representada por el/los Ing.
Jorge Arias, Ing. José Rossa, Lic. Jorge Casado, Ing. Roberto Cosentino
e Ing. Luis Angeletti, acuerdan lo siguiente:
Que teniendo en cuenta lo manifestado en la minuta de reunión de fecha
20/04/2011 las partes acuerdan realizar reuniones en forma regular a
los efectos de dar tratamiento a cuestiones de interpretación en
cuestiones que la norma convencional pueda requerirlo.
Asimismo, la parte empresaria manifiesta que, debido a determinadas
situaciones controvertidas existentes, solicita dar tratamiento al
Artículo 70 del CCT vigente.
Por último, y teniendo en cuenta la especial situación de crecimiento
por la que atraviesa la Empresa, en donde se hace imprescindible contar
con la colaboración del personal, a los efectos de poder cumplimentar
los objetivos trazados como son los de extender la vida de la Central
Nuclear Embalse como asimismo la puesta en operación de la Central
Nuclear Atucha II con las consiguientes responsabilidades y
obligaciones que esto acarrea, la partes acuerdan en otorgar a partir
del 01/11/2011 una bonificación de carácter excepcional y transitoria
consistente en un 3.5% de la remuneración mensual, normal, habitual y
permanente de los trabajadores establecidos en el convenio colectivo de
trabajo, hasta tanto se incorpore dicho porcentaje a los sueldos
básicos mensuales de convenio dentro del Primer Trimestre del año 2012.
Dicha bonificación no será tomada como base de cálculo para la
bonificación anual (BA), plus vacacional, horas extraordinarias y
sueldo anual complementario como asimismo tampoco para los conceptos de
Suplemento por Servicios Centrales (Cód. 116), Suplemento por Turnos
Rotativos por Diagrama (Código 117) y Suplemento por Guardias
Programadas (Cód. 118).
Teniendo en el acuerdo abordado, las partes ratifican su compromiso a
mantener la paz social y la mayor armonía en las relaciones laborales.
Asimismo, se deja constancia que el presente acuerdo será elevado al
Honorable Directorio de Nucleoeléctrica Argentina para su
correspondiente aprobación.
En virtud del acuerdo arribado las partes solicitarán la correspondiente homologación ante la Autoridad de Aplicación.
Siendo las 16.00 hs se firman en el lugar y fecha antes mencionadas 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.