NUEVAS DENONIMACIONES DE LOS OFICIALES GENERALES DE LA ARMADA

LEY N° 4212

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:

Art. 1°.- Los Oficiales Generales de la Armada que se denominan Comodoro, Contraalmirante  y Vicealmirante, serán respectivamente designados en lo sucesivo por las denominaciones de Contraalmirante, Vicealmirante y Almirante.

Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos AIres, a catorce de Septiembre de mil novecientos tres.

N. QUIRNO COSTA
BENITO VILLANUEVA
B. Ocampo
Secretario del Senado
Alejandro Sorondo
Sec. de la Cámara de DD.

Septiembre 24 de 1903
Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación; cúmplase, comuníquese, publíquese e insertese en el Registro Nacional.

ROCA
ONOFRE BETBEDER