NUEVAS DENONIMACIONES DE LOS OFICIALES GENERALES DE LA ARMADA
LEY N° 4212
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1°.- Los Oficiales Generales de la Armada que se denominan
Comodoro, Contraalmirante y Vicealmirante, serán respectivamente
designados en lo sucesivo por las denominaciones de Contraalmirante,
Vicealmirante y Almirante.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos AIres, a catorce de Septiembre de mil novecientos tres.
N. QUIRNO COSTA
|
BENITO VILLANUEVA
|
B. Ocampo
Secretario del Senado
|
Alejandro Sorondo
Sec. de la Cámara de DD.
|
Septiembre 24 de 1903
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación; cúmplase, comuníquese, publíquese e insertese en el Registro Nacional.
ROCA
ONOFRE BETBEDER