LEY N° 15.810
RELACIONES EXTERIORES
Apruébase el establecimiento de
relaciones diplomáticas con el Reino de Cambodia y apruébase la
creación de la Legación de la República.
Sancionada: 31 de mayo de 1961.
Promulgada: 19 de junio de 1961.
POR CUANTO:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etcétera, sancionan con fuerza de
LEY:
ARTICULO 1° - Apruébase el
establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República Argentina
y el Reino de Cambodia, formalizadas mediante el cambio de
notas firmadas en la ciudad de Bangkok, el 28 de enero de 1960 por el Representante Diplomático de la República
Argentina y el Representante Diplomático de Cambodia acreditados en Tailandia.
ARTICULO 2° - Apruébase la
creación de la Legación de la República en el Reino de Cambodia, con
sede en Pnom Penh, dispuesta por Decreto Nº 2.856-M 139 del 21 de marzo de 1960.
ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires,
a los treinta y un días del mes mayo del
año mil novecientos sesenta y uno.
J. M. GUIDO
F. F. M. MONJARDIN
Claudio A. Maffei
Eduardo T.
Oliver
Registrada bajo el Nº 15.810