MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 17/2011
Registro Nº 1722/2011
Bs. As., 16/12/2011
VISTO el Expediente Nº 1.440.010/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 42 del Expediente Nº 1.440.010/11, obra el Acuerdo
suscripto entre la FEDERACION DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL y el
SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL SEPTIMO DISTRITO SANTA FE,
por el sector sindical y la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD por el
sector empleador, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el Acuerdo de marras, las partes convienen la adhesión al
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 874/07 “E”, por parte del
SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL SEPTIMO DISTRITO SANTA FE,
extendiéndose los alcances del mismo a los trabajadores dependientes de
la organización de marras, representados por dicha asociación sindical,
con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2011.
Que el convenio colectivo precitado, fue oportunamente celebrado entre
la FEDERACION DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL y la DIRECCION NACIONAL
DE VIALIDAD.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad que desarrolla la empleadora signataria y la
representatividad de las asociaciones sindicales intervinientes,
emergente de sus respectivas personerías gremiales.
Que las partes signatarias han ratificado el Acuerdo ante el
funcionario respectivo y acreditado en autos su personería y facultades
para negociar colectivamente.
Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que
afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco
normativo, comúnmente denominado “orden público laboral” ni de otras
normas dictadas en protección del interés general.
Que se acreditaron los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2 y 42
del Expediente Nº 1.440.010/11, celebrado entre la FEDERACION DEL
PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL y el SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD
NACIONAL SEPTIMO DISTRITO SANTA FE, por el sector sindical y la
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD por el sector empleador, conforme lo
dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
remítase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el
Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2 y 42
del Expediente Nº 1.440.010/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.440.010/11
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 17/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 42 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1722/11. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación –
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES a los 19 días del mes febrero de
2011 siendo las 9 hs. se reúnen por una parte en representación del
SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL DEL 7º DISTRITO SANTA FE
los Señores MARCELO BERTOLOTTI y MIGUEL ANGEL VAZQUEZ en su calidad de
SECRETARIO GENERAL y SECRETARIO ADJUNTO, respectivamente, y en
representación de la FEDERACION DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL el
Señor RAUL CARDOZO en su carácter de SECRETARIO GENERAL y como miembros
paritarios del Convenio Colectivo de Trabajo 874/07 los Sres. OSCAR
POLETTI, CDRA. HAYDE CANO y SR. JUAN ANTONIO GHIBAUDO quienes convienen
lo siguiente:
1) La FEDERACION DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL ante el pedido de
adhesión al CONVENIO COLECTIVO 874/2007 efectuado por los
representantes del SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL DEL 7º
DISTRITO SANTA FE entidad de primer grado y con personería gremial,
expresa que no tiene objeciones para disponer se extiendan los alcances
a sus dependientes que prestan servicios en la PROVINCIA DE SANTA FE.
2) Las partes disponen ratificar el presente acuerdo ante el MINISTERIO
DE TRABAJO DE LA NACION (relaciones laborales) con el correspondiente
traslado de la presente a los miembros paritarios y representante legal
de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, requiriendo a dicho organismo
tome razón de la misma.
3) Se adjunta Acta de Asamblea y publicación de edicto.
Sin más que tratar, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Expte. 1.400.010/11
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de octubre
de 2011 , siendo las 12.00 hs. comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO,
por ante mi Dr. Raúl Osvaldo. FERNANDEZ, Jefe del DEPARTAMENTO DE
RELACIONES LABORALES N° 3, el Sr. Raúl CARDOZO, Secretario General de
la FEDERACION DEL PERSONAL DE VIALIDAD NACIONAL, juntamente con los
Sres. Marcelo BERTOLOTTI, Miguel Angel VAZQUEZ, Oscar Norberto POLETTI
y Claudio Alejandro KEUMURDJI, por el SINDICATO DEL PERSONAL DE
VIALIDAD NACIONAL DEL 7mo. DISTRITO SANTA FE, por una parte y por la
otra lo hace el Sr. Nelson PERIOTI, Administrador General de la
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, y el Dr. Rodolfo VILLA.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, los
comparecientes en el uso de la palabra MANIFIESTAN: Que a tenor del
dictamen recaído en autos, vienen personalmente a ratificar por ante
esta Autoridad de Estado el acuerdo arribado en fecha 19 de febrero de
2011, el que obra a fs. 2 del presente registro. Asimismo pactan que la
vigencia del mentado acuerdo lo es a partir del 1ro. de noviembre de
2011. En consecuencia solicitan de esta Autoridad proceda al dictado
del acto administrativo que correspondiere.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí que previa lectura y ratificación certifico.