AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
Resolución Nº 27/2012
Bs. As., 28/2/2012
VISTO la Nota SG Nº 57/11, la Ley Nº 26.728, la Ley Nº 24.804, su
Decreto Reglamentario Nº 1390 de 27 de noviembre de 1998, la Resolución
de Directorio Nº 8 del 24 de marzo de 1999 y su modificatoria
Resolución de Directorio Nº 217/11, el Decreto Nº 214 del 27 de febrero
de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 26.728 —Ley de Presupuesto General de la Administración
Nacional Ejercicio 2012— en su artículo 7º, segundo párrafo, se
exceptúa a la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), organismo autárquico
dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, de
las disposiciones previstas en el primero, a fin de proceder a la
cobertura de los cargos vacantes financiados en el Organismo.
Que la referida Ley Nº 24.804, en su Capítulo II, artículo 27,
establece que el personal de esta ARN estará sometido al régimen de la
Ley de Contrato de Trabajo y a las condiciones especiales que se
establezcan en la reglamentación, no siendo de aplicación el Régimen
Jurídico Básico de la Función Pública.
Que por Resolución de Directorio Nº 8/99 se aprobó el Reglamento del
Personal de esta ARN, el cual fue modificado por la Resolución de
Directorio Nº 217/11.
Que en el Título II “Del Personal Permanente” - Capítulo I “Ingreso:
Condiciones Generales y Requisitos Particulares” y en el Título III
“Escalafón” - Capítulo II “Selección e Ingreso” del Reglamento del
Personal de la ARN, se establecen las condiciones que deben cumplir las
personas que ocuparán los cargos vacantes financiados en esta ARN a los
fines de ser seleccionadas y su posterior ingreso a la planta
permanente de la ARN.
Que con relación a la selección e ingreso de personal el Reglamento de
Personal de la ARN, incluye las disposiciones pertinentes establecidas
en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional, aprobado por el Decreto Nº 214/06.
Que por el artículo 62 del Convenio Colectivo de Trabajo General para
la Administración Pública Nacional, aprobado por el Decreto Nº 214/06,
establece que los tipos de convocatorias que no sean abiertas,
abarcarán como mínimo al personal comprendido en el respectivo convenio
sectorial.
Que el Directorio instruyó a la GERENCIA RECURSOS HUMANOS a los fines
de tramitar las búsquedas de personal en función de las necesidades de
servicio solicitadas por las diferentes áreas de la ARN.
Que conforme a la información obrante en las citadas actuaciones la
SECRETARIA GENERAL requiere el ingreso de una persona a los fines de
desempeñarse como “Especialista en Políticas Pública y Nuclear”.
Que el Directorio resolvió asignar para dicha función la categoría Superior A, la cual se encuentra vacante y financiada.
Que el artículo 20 del Reglamento del Personal establece que el ingreso
a la ARN se producirá de acuerdo con el sistema de selección que se
aprueba en el citado Reglamento y las condiciones que se establezcan en
las bases de los respectivos concursos.
Que el Reglamento del Personal Permanente en su Capítulo I establece
las condiciones generales y requisitos particulares para el ingreso y
en su Capítulo II, Selección e Ingreso, artículo 23 establece que la
convocatoria a selección será dispuesta por el Directorio.
Que el Directorio es competente para el dictado del presente acto,
conforme lo establece la Ley Nº 24.804 en su Capítulo II, artículo 22,
incisos c) y e).
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIO:
ARTICULO 1º — Instruir a la GERENCIA RECURSOS HUMANOS de la ARN para
proceder al llamado a búsqueda interna, Planta Permanente - PP Nº 03/12
para cubrir UN (1) cargo vacante descongelado, categoría Superior A
para desempeñar funciones como “Especialista en Políticas Pública y
Nuclear” en la SECRETARIA GENERAL de la ARN.
ARTICULO 2º — La Búsqueda Interna, Planta Permanente - PP Nº 03/12
“Especialista en Políticas Pública y Nuclear” que, como Anexo I, forma
parte integrante de la presente, será publicada en la cartelera ubicada
en la GERENCIA RECURSOS HUMANOS, en la página Web de la ARN y de la
SECRETARIA DE GABINETE.
ARTICULO 3º — Los aspirantes deberán completar el Formulario adjunto a
la Búsqueda Interna Planta Permanente - PP Nº 03/12 que, como Anexo II,
forma parte integrante de la presente, al cual se podrá acceder desde
la página Web de la ARN (www.arn.gob.ar) y enviarlo a la oficina de
REGISTRO CENTRAL (Sede Central - Oficina 317). Los Formularios serán
recepcionados desde el día 7 de marzo de 2012 hasta el día 21de Marzo
de 2012 inclusive.
ARTICULO 4º — El procedimiento de selección se realizará de acuerdo con
lo establecido en el Título II “Del Personal Permanente” - Capítulo I
“Ingreso: Condiciones Generales y Requisitos Particulares” y en el
Título III “Escalafón” - Capítulo II “Selección e Ingreso” del
Reglamento del Personal de la ARN.
ARTICULO 5º — El Comité de Selección estará integrado de la siguiente manera:
1 MIEMBRO DEL DIRECTORIO o SECRETARIO GENERAL o GERENTE
1 GERENTE o JEFE DE UNIDAD o SUBGERENTE
1 RESPONSABLE DEL SECTOR SOLICITANTE
1 RESPONSABLE DE LA GERENCIA RECURSOS HUMANOS
1 REPRESENTANTE DE UN ORGANISMO EXTERNO ESPECIALISTA EN LA MATERIA DE LA BUSQUEDA
ARTICULO 6º — Actuarán como veedores del proceso de selección los siguientes representantes:
2 REPRESENTANTES de UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION.
1 REPRESENTANTE de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO.
1 REPRESENTANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES.
1 REPRESENTANTE DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
ARTICULO 7º — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL y a la GERENCIA
RECURSOS HUMANOS. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Cumplido archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO,
Presidente del Directorio.
---------
NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede
ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar
e. 07/03/2012 N° 20070/12 v. 07/03/2012