MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N° 142/2012
Registro N° 151/2012
Bs. As., 9/2/2012
VISTO el Expediente N° 1.352.314/09 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente N° 1.380.369/10, glosado a foja 35 del
expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la empresa
NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE
PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, conforme
a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en dicho acuerdo, las partes convienen abonar al personal
universitario que haya ingresado en el período comprendido entre el 1
de enero de 2008 y el 30 de junio de 2009, las diferencias salariales
correspondientes, en los términos pactados.
Que asimismo, se deja constancia que los signatarios son los firmantes
del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 692/05 “E”.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la
empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE
PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, que luce
a foja 2 del Expediente N° 1.380.369/10, glosado a foja 35 del
Expediente N° 1.352.314/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a
foja 2 del Expediente N° 1.380.369/10, glosado a foja 35 del Expediente
N° 1.352.314/09.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Luego, procédase a
la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa N° 692/05 “E”.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.352.314/09
Buenos Aires, 13 de febrero de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 142/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente 1.380.369/10
agregado como fojas 35 al expediente de referencia, quedando
registrados bajo el número 151/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de
Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
Entre la EMPRESA NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (N.A.S.A.),
con domicilio en Arribeños 3619 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en adelante “LA EMPRESA”, representada por el Dr. Guillermo MARÍ, el
Lic. Carlos MUIÑO y el Lic. Fernando TELLERÍA y la ASOCIACION DE
PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE),
(Personería Gremial N° 698), con domicilio en Reconquista 1048 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “LA ASOCIACION”,
representada por el Ing. Jorge ARIAS acuerdan lo siguiente:
Retrotraer al 01.01.08 la aplicación de lo resuelto en el punto 3) del
Acta CAI del 08.07.09 en cuanto a la equiparación por diferencias de
remuneraciones por Decreto 198/08, Ley 26.341.
Como consecuencia de ello LA EMPRESA abonará al personal universitario
cuyo ingreso se haya producido entre el período que va desde el 1/1/08
al 30/6/09 las diferencias remunerativas que correspondan.
Dichas diferencias remunerativas se verán reflejadas en los recibos de
haberes bajo el rubro Ajuste Ley 26.341 Remunerativo, cuyo pago se
efectuará en 3 (tres) cuotas consecutivas, a partir del mes de abril
del año 2010.
Asimismo, se deja constancia que dicha diferencia remunerativa no será
base de cálculo para los conceptos de Suplemento por Servicios
Centrales (Cód. 116), Suplemento por Turnos Rotativos por Diagrama
(Cód. 117) y Suplemento por Guardias Programadas.
Por último, con el acuerdo arribado queda salvada cualquier diferencia
entre las partes que pudiese existir respecto del tema en cuestión.
Siendo las 12.30 horas a los 3 días del mes de marzo de 2010 se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.