JUSTICIA

DECRETO-LEY Nº 15.244

Créase un Nuevo Juzgado Nacional en San Martín (Bs. As.)

Buenos Aires, 22 de agosto de 1956.

VISTO, que por Ley Nº 14.291 se creó en la Provincia de Buenos Aires el Juzgado Nacional de Primera Instancia con asiento en la ciudad de San Martín, con jurisdicción en los partidos de General Sarmiento, Tigre, Marcos Paz, Matanza, Merlo, Moreno, Morón, San Fernando, San Isidro, San Martín y Vicente López, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Tribunal resulta insuficiente para la atención normal de las causas que se hallan a su cargo, dada la extensión e importancia de la zona de su competencia;

Que se hace de impostergable necesidad la creación de un nuevo Juzgado Nacional con igual asiento y competencia territorial a fin de coadyuvar en sus tareas al existente y, de esta manera, lograr mayor eficiencia en los trámites judiciales;

Que por Decreto número 8.314 fue suprimido el Juzgado Nacional de Primera Instancia en la Provincia de La Pampa con asiento en General Pico;

Que es oportuno disponer el traslado del personal e instalaciones del ex Juzgado Nacional de Primera Instancia de General Pico (Provincia de La Pampa) y del Ministerio Público ante ese Juzgado al Tribunal a crearse, evitando de esta manera incurrir en nuevas erogaciones, dado que no acrecería la asignación presupuestaria;

Por ello,

El Presidente Provisional de la Nación Argentina en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con fuerza de

LEY:

Artículo 1º - En lo sucesivo, el actual Juzgado Nacional de Primera Instancia de la Ciudad de San Martín (Provincia de Buenos Aires) se denominará "Juzgado Nacional de Primera Instancia Nº 1 de San Martín (Provincia de Buenos Aires)".

Art. 2º - Créase el Juzgado Nacional de Primera Instancia N.2 con asiento en la Ciudad de San Martín (Provincia de Buenos Aires) con igual competencia territorial a la asignada al Juzgado Nacional de Primera Instancia N.1 de la misma Ciudad y provincia.

Art. 3º - Trasládase el personal, bienes y elementos pertenecientes al ex Juzgado Nacional de Primera Instancia de General Pico (Provincia de La Pampa) y al Ministerio Público ante dicho Tribunal para cumplir idénticas funciones, al Juzgado Nacional de Primera Instancia Nº 2 que se crea por el presente Decreto-Ley.

Art. 4º - Este Decreto-Ley será refrendado por el Excmo. señor Vicepresidente Provisional de la Nación y los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación y Justicia, Ejército, Marina y Aeronáutica.

Art. 5º - Anótese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y archívese.

ARAMBURU - Isaac Rojas - Carlos A. Adrogué - Arturo Ossorio Arana - Teodoro Hartung - Julio C. Krause -