Dirección Nacional de Vialidad
CORREDORES VIALES
Resolución 656/2012
Apruébanse los nuevos Cuadros
Tarifarios a aplicarse a los Contratos de Concesión del Acceso
Ricchieri y Autopista Buenos Aires-La Plata.
Bs. As., 10/4/2012
VISTO el Expediente Nº 1421/2012 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES, órgano desconcentrado dependiente de la DIRECCION
NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 2582 de fecha 29 de noviembre de 2011 del
Registro de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el cálculo
de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el 1º de
diciembre de 2008 hasta el 31 de julio de 2011 en el caso del Acceso
Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y desde el 1º de mayo
de 2008 hasta el 30 de abril de 2011 en el caso de la Autopista BUENOS
AIRES-LA PLATA, han tenido en los costos relacionados con la operación,
mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO
(PEF) de cada una de las mencionadas concesiones.
Que por el artículo 2º de la mencionada Resolución, se autorizó la
aplicación de un aumento tarifario del VEINTE (20%) POR CIENTO para
todas las categorías de los Cuadros Tarifarios vigentes al público
usuario de las Concesiones del Acceso Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES y de la Autopista BUENOS AIRES-LA PLATA.
Que actualmente el Estado Nacional, a través de la DIRECCION NACIONAL
DE VIALIDAD, en su carácter de Autoridad de Aplicación de las
Concesiones Viales vigentes, considera oportuno y conveniente aprobar
los cuadros tarifados que como ANEXOS I y II forman parte de la
presente medida, correspondientes a las Concesiones del Acceso
Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de la Autopista BUENOS
AIRES-LA PLATA, aplicando el cálculo de incidencia aprobado por la ya
mencionada Resolución AG Nº 2582/2011.
Que ha tomado la intervención de su competencia el ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de esta
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Que asimismo, ha tomado intervención la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por las Leyes Nº 17.520 y Nº 23.696, el Decreto Ley Nº
505/58, ratificado por Ley Nº 14.467, y los Decretos Nº 1020 de fecha
30 de julio de 2009, Nº 42 de fecha 25 de enero de 2007 y Nº 1057 de
fecha 21 de julio de 2010.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébanse los
nuevos Cuadros Tarifarios a aplicarse a los Contratos de Concesión del
Acceso Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y Autopista
BUENOS AIRES-LA PLATA que, como ANEXOS I y II, forman parte integrante
de la presente medida.
Art. 2º — Los Cuadros
Tarifarios que, como ANEXOS I y II, se aprueban en el artículo
precedente, deberán darse a conocer a los usuarios por las empresas AEC
SOCIEDAD ANONIMA y COVIARES SOCIEDAD ANONIMA respectivamente, a través
de su publicación durante DOS (2) días corridos, en por lo menos DOS
(2) de los principales medios periodísticos de la zona de influencia,
de manera previa a su aplicación.
Art. 3º — Notifíquese a las
empresas Concesionarias AEC SOCIEDAD ANONIMA y COVIARES SOCIEDAD
ANONIMA, por alguno de los medios previstos en el artículo 41 del
Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº
1759/72 (T.O. 1991).
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nelson G. Periotti.
ANEXO I
ACCESO RICCHIERI
AEC S.A.
CUADRO TARIFARIO
ESTACIONES AGÜERO y TRISTAN SUAREZ
Horario Normal
(*) Horario pico: lunes a viernes
habiles de 7:00 a 10:00 hs., para sentido descendente (ingreso a la
ciudad de Buenos Aires) y de 17:00 a 20:00 hs. para sentido ascendente
(salida de la ciudad de Buenos Aires).