MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 362/2012
Registro Nº 308/2012
Bs. As., 22/3/2012
VISTO el Expediente Nº 1.453.020/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 de las actuaciones de referencia obra el Acuerdo, entre
la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA
ELECTRICA (APUAYE), y la empresa CONSULSER SOCIEDAD ANONIMA, cuya
homologación las partes solicitan en los términos de lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones
económicas para los trabajadores de la empleadora comprendidos en el
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 816/06 “E”, retroactivas al 1 de
febrero de 2011, conforme los detalles allí impuestos.
Que corresponde señalar que el mencionado Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 816/06 “E”, ha sido renovado por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº
1243/11, homologado por Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1591 de
fecha 2 de noviembre de 2011.
Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la empresa signataria, y de la representatividad
de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez ello, procede la remisión de las presentes actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar
la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de
Remuneraciones y Tope Indemnizatorio, de acuerdo con la exigencia
impuesta por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 2004).
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA
ELECTRICA (APUAYE), y la empresa CONSULSER SOCIEDAD ANONIMA, obrante a
fojas 2/3 del Expediente Nº 1.453.020/11 conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº
1.453.020/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase
a la remisión de las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de
practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo con la exigencia impuesta por el artículo
245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 2004).
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del instrumento homologado, resultará aplicable lo
dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5º de la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.453.020/11
Buenos Aires, 23 de marzo de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 362/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 308/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, el 5 de abril de 2011, reunidas por una
parte, la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA
ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), representada en este acto por el Lic.
Héctor A. COACCI, en su carácter de Tesorero y, por la otra parte,
CONSULSER S.A., en adelante LA EMPRESA, representada en este acto por
el Dr. Leonardo FAIGUENBLAT, en su carácter de Apoderado, quienes
acuerdan lo siguiente:
PRIMERO. Adecuar el Sueldo Básico Mensual (art. 22 del CCT Nº 816/06
“E”) con carácter retroactivo al 1 de febrero de 2011 (01/02/2011)
incluyendo el Nivel Funcional U-V Profesional Experto con su
correspondiente remuneración. Los nuevos valores se indican en el
siguiente cuadro:
En la presente escala se ven
reflejados los aumentos salariales otorgados desde el 1 de abril de
2007 en adelante incluyendo el aumento pactado mediante la presente.
SEGUNDO. Las partes dejan constancia que el último Sueldo Básico
Mensual homologado para cada nivel al 31 de enero de 2011 se indica a
continuación:
TERCERO. Las partes acuerdan iniciar
negociaciones durante el mes de septiembre de 2011 a fin de definir las
pautas salariales para el resto del año en curso.
Leído y ratificado el presente en todos sus términos, las partes firman
al pie en el lugar de la fecha arriba indicados, tres ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, comprometiéndose a elevar el mismo para
su correspondiente homologación ante la Autoridad de Aplicación
correspondiente.