JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 164/2012

Encomiéndase a los responsables del Programa Fútbol para Todos el desarrollo de las actividades de coordinación y articulación de la transmisión y explotación comercial de la televisación para la transmisión de espectáculos de automovilismo.

Bs. As., 11/4/2012

VISTO la Ley Nº 26.522, la Resolución de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) Nº 186 de fecha 24 de febrero de 2011, la Decisión Administrativa Nº 221 del 1º de septiembre de 2009, su ampliatoria Nº 1348 del 7 de diciembre de 2011 y su modificatoria Nº 73 del 5 de marzo de 2012, el CONTRATO ENTRE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y LA FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA PARA LA TRANSMISION DE ESPECTACULOS DE AUTOMOVILISMO POR TELEVISION ABIERTA de fecha 17 de febrero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 77 de la Ley Nº 26.522 garantiza el derecho al acceso universal —a través de los servicios de comunicación audiovisual— a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos, de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad.

Que por Resolución Nº 186 del 24 de febrero de 2011, la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) determinó los eventos considerados como “acontecimientos deportivos de interés relevante”, que deben ser transmitidos en directo y en forma total por televisión abierta.

Que en el Anexo I de la citada Resolución se detallan los citados acontecimientos deportivos de interés relevante, en los que se destacan las siguientes disciplinas: fútbol, básquet, voleibol, hockey, tenis y boxeo.

Que es decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL continuar ampliando la política de cobertura nacional del deporte argentino, con el objetivo de colocar las disciplinas nacionales a la vanguardia del deporte internacional.

Que, en ese entendimiento, el automovilismo es uno de los deportes más populares de la REPUBLICA ARGENTINA, de fuerte arraigo a nivel nacional, que forma parte de la cultura e identidad de los argentinos y reviste un carácter eminentemente federal, ya que sus circuitos se extienden a lo largo de todo el país.

Que con fecha 17 de febrero de 2012, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS celebró un CONTRATO CON LA FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) para la transmisión de espectáculos de automovilismo.

Que a través del citado Contrato, la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA cedió en exclusividad a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los derechos de explotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, por cualquier sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos, de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada una de las competencias automovilísticas de la totalidad de las Categorías, a fin de permitir su acceso libre y gratuito en todo el territorio de la República.

Que en tal virtud, resulta necesario determinar el ámbito desde el cual se desarrollarán las acciones derivadas de la ejecución del Contrato aludido en los considerandos precedentes, como así también de aquellas que resulten esenciales para la transmisión de los acontecimientos deportivos de interés relevante.

Que, a su vez, por Decisión Administrativa Nº 221 del 1º de septiembre de 2009, su ampliatoria Nº 1348 del 7 de diciembre de 2011 y su modificatoria Nº 73 del 5 de marzo de 2012, se creó en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, el que tiene por finalidad la coordinación y articulación de la transmisión de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la REPUBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, en los términos del contrato celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) de fecha 20 de agosto de 2009.

Que en tal sentido, el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, viene realizando la coordinación y articulación de la transmisión de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino.

Que, en consecuencia, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través del programa citado, viene desarrollando acciones que dan ejecutoriedad a la transmisión y emisión televisiva de acontecimientos deportivos de interés general para la comunidad.

Que, en esa inteligencia y en atención a ser una actividad reciente en la cual el Estado se ha hecho legítimo cargo, corresponde recabar la experiencia desarrollada en el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS y articular la estructura organizativa y las acciones para cada actividad de aquellos acontecimientos deportivos, de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad, cuyos contenidos informativos sean considerados de interés, a fin de garantizar el derecho al acceso universal, a través de los servicios de comunicación audiovisual.

Que en atención a los tiempos urgentes de implementación y a la experiencia desarrollada por el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, es pertinente encomendar, a la Coordinación del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, la ejecución de las acciones relacionadas con la transmisión y explotación de la televisación de los eventos deportivos a desarrollarse en virtud del contrato con la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA), para la transmisión de espectáculos de automovilismo y de acontecimientos deportivos declarados de interés relevante por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA), que no se encuentren comprendidos en otros programas especiales debiendo instrumentar los medios necesarios para su accesibilidad para la población en su conjunto en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que, en virtud de lo antedicho, el Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS será asistido por el Secretario Ejecutivo del citado programa.

Que los Servicios Jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Encomiéndase a los responsables del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS el desarrollo de las actividades de coordinación y articulación de la transmisión y explotación comercial de la televisación para la transmisión de espectáculos de automovilismo en los términos del CONTRATO suscripto entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA), y de aquellos acontecimientos deportivos declarados de interés relevante por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) que no se encuentren comprendidos en otros programas especiales, debiendo instrumentar los medios necesarios para su accesibilidad para la población en su conjunto en la REPUBLICA ARGENTINA.

A tales efectos el Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS desarrollará las siguientes funciones:

1. Ejecutar las acciones relacionadas con la transmisión y explotación de la televisación de espectáculos automovilísticos, en los términos del Contrato celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA).

2. Informar y asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros sobre el desenvolvimiento de las actividades encomendadas.

3. Coordinar las tareas específicas a fin de cumplir con los objetivos asignados en la presente Decisión Administrativa.

4. Coordinar tareas con las autoridades nacionales, provinciales, y asociaciones deportivas.

5. Proyectar el Manual de Procedimientos del Programa para la ejecución del Contrato de asociación suscripto con la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA).

A los mismos fines, el Secretario Ejecutivo del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS desarrollará las siguientes funciones:

1. Efectuar estudios, evaluaciones y diagnósticos para identificar y proponer las modificaciones normativas o administrativas que se requieran para el mejor desarrollo de las actividades encomendadas.

2. Administrar los fondos y recursos del Programa y supervisar el destino de los ingresos.

3. Implementar un sistema de contralor y seguimiento global de los proyectos asignados.

4. Instrumentar los medios necesarios para la transmisión de acontecimientos deportivos declarados de interés relevante por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) que no se encuentren comprendidos en otros programas especiales, para su accesibilidad para la población en su conjunto, en la REPUBLICA ARGENTINA.

Art. 2º — Confórmase el COMITE DE COORDINACION DE GESTION, de acuerdo con lo establecido por el Contrato celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA), para la transmisión de espectáculos de automovilismo por televisión abierta, el cual estará integrado por CINCO (5) miembros, de los cuales TRES (3) serán representantes del ESTADO NACIONAL, designados por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y DOS (2) representarán a la FADRA.

Art. 3º — La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS brindará al citado Programa el apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo de las acciones que por el presente se encomiendan al PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.