JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 164/2012
Encomiéndase a los responsables del
Programa Fútbol para Todos el desarrollo de las actividades de
coordinación y articulación de la transmisión y explotación comercial
de la televisación para la transmisión de espectáculos de automovilismo.
Bs. As., 11/4/2012
VISTO la Ley Nº 26.522, la Resolución de la AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) Nº 186 de fecha 24 de
febrero de 2011, la Decisión Administrativa Nº 221 del 1º de septiembre
de 2009, su ampliatoria Nº 1348 del 7 de diciembre de 2011 y su
modificatoria Nº 73 del 5 de marzo de 2012, el CONTRATO ENTRE LA
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y LA FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO
DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA PARA LA TRANSMISION DE ESPECTACULOS
DE AUTOMOVILISMO POR TELEVISION ABIERTA de fecha 17 de febrero de 2012,
y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 77 de la Ley Nº 26.522 garantiza el derecho al acceso
universal —a través de los servicios de comunicación audiovisual— a los
contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos
deportivos, de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad.
Que por Resolución Nº 186 del 24 de febrero de 2011, la AUTORIDAD
FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) determinó los
eventos considerados como “acontecimientos deportivos de interés
relevante”, que deben ser transmitidos en directo y en forma total por
televisión abierta.
Que en el Anexo I de la citada Resolución se detallan los citados
acontecimientos deportivos de interés relevante, en los que se destacan
las siguientes disciplinas: fútbol, básquet, voleibol, hockey, tenis y
boxeo.
Que es decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL continuar ampliando la
política de cobertura nacional del deporte argentino, con el objetivo
de colocar las disciplinas nacionales a la vanguardia del deporte
internacional.
Que, en ese entendimiento, el automovilismo es uno de los deportes más
populares de la REPUBLICA ARGENTINA, de fuerte arraigo a nivel
nacional, que forma parte de la cultura e identidad de los argentinos y
reviste un carácter eminentemente federal, ya que sus circuitos se
extienden a lo largo de todo el país.
Que con fecha 17 de febrero de 2012, la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS celebró un CONTRATO CON LA FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO
DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) para la transmisión de
espectáculos de automovilismo.
Que a través del citado Contrato, la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO
DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA cedió en exclusividad a la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS los derechos de explotación primarios y
secundarios, por sí o por terceros, por cualquier sistema o
procedimiento audiovisual en distintos formatos, de las imágenes y/o
sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada una de las
competencias automovilísticas de la totalidad de las Categorías, a fin
de permitir su acceso libre y gratuito en todo el territorio de la
República.
Que en tal virtud, resulta necesario determinar el ámbito desde el cual
se desarrollarán las acciones derivadas de la ejecución del Contrato
aludido en los considerandos precedentes, como así también de aquellas
que resulten esenciales para la transmisión de los acontecimientos
deportivos de interés relevante.
Que, a su vez, por Decisión Administrativa Nº 221 del 1º de septiembre
de 2009, su ampliatoria Nº 1348 del 7 de diciembre de 2011 y su
modificatoria Nº 73 del 5 de marzo de 2012, se creó en la órbita de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, el que
tiene por finalidad la coordinación y articulación de la transmisión de
la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la REPUBLICA
ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACION DEL FUTBOL
ARGENTINO, en los términos del contrato celebrado entre la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) de
fecha 20 de agosto de 2009.
Que en tal sentido, el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, viene realizando la
coordinación y articulación de la transmisión de la televisación de los
Torneos de Fútbol Argentino.
Que, en consecuencia, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través
del programa citado, viene desarrollando acciones que dan ejecutoriedad
a la transmisión y emisión televisiva de acontecimientos deportivos de
interés general para la comunidad.
Que, en esa inteligencia y en atención a ser una actividad reciente en
la cual el Estado se ha hecho legítimo cargo, corresponde recabar la
experiencia desarrollada en el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS y articular
la estructura organizativa y las acciones para cada actividad de
aquellos acontecimientos deportivos, de encuentros futbolísticos u otro
género o especialidad, cuyos contenidos informativos sean considerados
de interés, a fin de garantizar el derecho al acceso universal, a
través de los servicios de comunicación audiovisual.
Que en atención a los tiempos urgentes de implementación y a la
experiencia desarrollada por el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, es
pertinente encomendar, a la Coordinación del PROGRAMA FUTBOL PARA
TODOS, la ejecución de las acciones relacionadas con la transmisión y
explotación de la televisación de los eventos deportivos a
desarrollarse en virtud del contrato con la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO
DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA), para la transmisión de
espectáculos de automovilismo y de acontecimientos deportivos
declarados de interés relevante por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA), que no se encuentren
comprendidos en otros programas especiales debiendo instrumentar los
medios necesarios para su accesibilidad para la población en su
conjunto en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que, en virtud de lo antedicho, el Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA
TODOS será asistido por el Secretario Ejecutivo del citado programa.
Que los Servicios Jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Encomiéndase a
los responsables del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS el desarrollo de las
actividades de coordinación y articulación de la transmisión y
explotación comercial de la televisación para la transmisión de
espectáculos de automovilismo en los términos del CONTRATO suscripto
entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la FUNDACION DEL
AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA), y de
aquellos acontecimientos deportivos declarados de interés relevante por
parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
(AFSCA) que no se encuentren comprendidos en otros programas
especiales, debiendo instrumentar los medios necesarios para su
accesibilidad para la población en su conjunto en la REPUBLICA
ARGENTINA.
A tales efectos el Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS desarrollará las siguientes funciones:
1. Ejecutar las acciones relacionadas con la transmisión y explotación
de la televisación de espectáculos automovilísticos, en los términos
del Contrato celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA).
2. Informar y asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros sobre el desenvolvimiento de las actividades encomendadas.
3. Coordinar las tareas específicas a fin de cumplir con los objetivos asignados en la presente Decisión Administrativa.
4. Coordinar tareas con las autoridades nacionales, provinciales, y asociaciones deportivas.
5. Proyectar el Manual de Procedimientos del Programa para la ejecución
del Contrato de asociación suscripto con la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO
DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA).
A los mismos fines, el Secretario Ejecutivo del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS desarrollará las siguientes funciones:
1. Efectuar estudios, evaluaciones y diagnósticos para identificar y
proponer las modificaciones normativas o administrativas que se
requieran para el mejor desarrollo de las actividades encomendadas.
2. Administrar los fondos y recursos del Programa y supervisar el destino de los ingresos.
3. Implementar un sistema de contralor y seguimiento global de los proyectos asignados.
4. Instrumentar los medios necesarios para la transmisión de
acontecimientos deportivos declarados de interés relevante por parte de
la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA)
que no se encuentren comprendidos en otros programas especiales, para
su accesibilidad para la población en su conjunto, en la REPUBLICA
ARGENTINA.
Art. 2º — Confórmase el COMITE
DE COORDINACION DE GESTION, de acuerdo con lo establecido por el
Contrato celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(FADRA), para la transmisión de espectáculos de automovilismo por
televisión abierta, el cual estará integrado por CINCO (5) miembros, de
los cuales TRES (3) serán representantes del ESTADO NACIONAL,
designados por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y DOS (2)
representarán a la FADRA.
Art. 3º — La JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS brindará al citado Programa el apoyo técnico y
administrativo necesario para el desarrollo de las acciones que por el
presente se encomiendan al PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.